DIAN - Resolución 000238 de 15-12-2025
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 000238 de 15-12-2025
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2025
—IACNRESOLUCIÓN NUMERO 000238)Por medio de la cual, en desarrollo del articulo 868 del Estatuto Tributario, se sustituye elartículo 1.2.1 del Titulo 2 de la Parte 1 de la Resolución Unica en Materia Tributaria,Aduanera y Cambiaria de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN,Resolución 000227 de 2025, para fijar el valor de la Unidad de Valor Tributario — UVTaplicable para el año 2026EL DIRECTOR GENERAL (E) DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIALDIRECCION DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALESEn uso de las facultades legales y en especial la dispuesta en el artículo 868 del EstatutoTributario, y
CONSIDERANDOQue la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN expidió la Resolución 000227 de 2025, Única en Materia Tributaria, Aduanera yCambiaria, para compilar y racionalizar las normas que rigen el sector y contar coninstrumentos jurídicos únicos vigente en los términos del artículo 65 del CPACA.Que el Estatuto Tributario en su artículo 868 establece la Unidad de Valor Tributario UVTcomo la medida de valor que permite ajustar los valores contenidos en las disposicionesrelativas a los impuestos y obligaciones administrados por la Unidad Administrativa EspecialDirección de Impuestos y Aduanas Nacionales —DIAN.Que la disposición que reglamenta el artículo 868 del Estatuto Tributario y que sustituye elartículo 1.2.1. de la Resolución 000227 de 2025, Única en Materia Tributaria, Aduanera yCambiaria y que se retira para incorporar el artículo relacionado con los ajustes por el añogravable 2026, conserva su vigencia para el cumplimiento de sus obligaciones sustancialesy formales de los contribuyentes que les aplique esta Unidad de Valor Tributario -UVT.Que la norma citada establece que el reajuste de la UVT se efectuará anualmente en lavariación del Índice de Precios al Consumidor — IPC para ingresos medios en el periodocomprendido entre el 1 de octubre del año anterior al gravable y la misma fecha del añoinmediatamente anterior a este, certificada por el Departamento Administrativo Nacional deEstadística -DANE.Que de conformidad con la Metodología General del Índice de Precios
al Consumidor — IPCvigente (documento con código: DSO-IPC-MET-001, Versión 7, de fecha 26 de diciembrede 2019, del Departamento Administrativo Nacional de Estadística — DANE), el IPC de |hogares de ingresos medios (con resultados hasta diciembre de 2018) es enlazable con losresultados del IPC para los hogares de ingresos de clase media, a partir de enero de 2019.Que de acuerdo con la certificación 205971 del 9 de octubre de 2025, recibida medianteOficio número 202510079964 de la misma fecha, suscrito por el Coordinador GITInformación y Servicio al Ciudadano de la Dirección de Difusión y Cultura Estadística (DICE)del Departamento Administrativo Nacional de Estadística -DANE, la variación del indice deprecios al consumidor para “clase media” en el periodo comprendido entre el 1 de octubrede 2025 y el 1 de octubre de 2024, fue de 5.17%.qía |RESOLUCIÓN NÚMERO 900238 4g, 15 DIC 2025 Hoja No.2Continuación de la Resolución “Por medio de la cual, en desarrollo del artículo 868 del Estatuto Tributario, sesustituye el artículo 1.2,1 del Título 2 de la Parte 1 de la Resolución 227 de 2025, para fijar el valor de laUnidad de Valor Tributario — UVT aplicable para el año 2026”.
Que la subdirectora de Estudios Económicos (A) de la Dirección de Gestión Estratégica yde Analítica, mediante oficio número 100152176-0707 del 18 de noviembre de 2025,certificó el cálculo del valor actualizado de la Unidad de Valor Tributario — UVT para el año2026, en cincuenta y dos mil trescientos setenta y cuatro pesos ($52.374).Que, por lo anterior, se hace necesario establecer mediante la presente Resolución, el valorde la Unidad de Valor Tributario — UVT, que regirá para el año 2026, y sustituir el artículo1.2.1. del Título 2 de la Parte 1 de la Resolución 000227 de 2025.Que el proyecto de resolución fue publicado en el sitio web de la Unidad AdministrativaEspecial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales — DIAN, dando cumplimiento alartículo 8, numeral 8 de la Ley 1437 de 2011, en concordancia con lo previsto en el numeral1 del artículo 32 de la Resolución 000091 de 2021, modificada por la Resolución 000007de 2025, con el objeto de recibir comentarios sobre el contenido, previamente a suexpedición.En mérito de lo expuesto,RESUELVEArtículo 1. Sustitución del artículo 1.2.1. del Título 2 de la Parte 1 de la Resolución000227 de 2025, Unica en Materia Tributaria, Aduanera y Cambiaria. Sustitúyase elartículo 1.2.1. del Título 2 de la Parte 1 de la Resolución 000227 de 2025, Única en MateriaTributaria, Aduanera
y Cambiaria, así:“Artículo 1.2.1. Valor de la Unidad de Valor Tributario - UVT. Fijar en cincuenta ydos mil trescientos setenta y cuatro pesos ($52.374) el valor de la Unidad de ValorTributario -UVT que regirá durante el año 2026.”Artículo 2. Publicación. Publicar la presente Resolución en el Diario Oficial, deconformidad con el artículo 65 del Código Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.Artículo 3. Vigencia. La presente Resolución rige a partir del día siguiente a la fecha de supublicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASEDada en Bogotá, D.C.,a los15 DIC 202 CARLOS EMILIO BETANCOURT GALEANODirector General (E)Proyectó: Ma. del Rosario Guzman Rodriguez — Gestor II de la Subdirección de E pag onomicosReviso: Diana Marcela Parra Garzón — Subdirectora de Estudios Económicos aeDavid Gustavo Suárez Castellanos — Director de Gestión Estratégica y de Analíticay Lil G AGEJulián Arturo Niño Mejía — Asesor de la Dirección de Gestión Jurídica ;::- _ - fDaniela Carolina Garzón Rey — Asesora de la Dirección General iniAprobó: Gustavo Alfredo Peralta Figueredo — Director de Gestión Juridica