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DIAN - Resolución 000253 de 2025

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 000253 de 2025
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2025

RESOLUCIÓN

Por la cual se establece, de manera excepcional, el horario de trabajo y de atención al público en la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Arauca para los días 04 y 05 de diciembre de 2025

EL DIRECTOR SECCIONAL DE IMPUESTOS Y ADUANAS DE ARAUCA (ASIGNADO)

De conformidad con lo establecido y en ejercicio de las facultades legales, en especial las conferidas en las Resoluciones números 000084 del 27 de agosto de 2021 y 0009173 del 1 de octubre de 2024, y

CONSIDERANDO

Que el Programa de Bienestar Laboral 2025 se estructura en torno a dimensiones fundamentales que abordan de manera integral el bienestar físico, emocional, social y profesional de los servidores públicos de la DIAN, garantizando así una visión holística de su desarrollo personal y laboral.

Que dicho Programa incorpora una sección orientada al Salario Emocional, con el propósito de reconocer y promover beneficios intangibles como la calidad de vida, la flexibilidad laboral y el sentido de pertenencia, lo cual contribuye significativamente al fortalecimiento del compromiso, la motivación y la satisfacción de los colaboradores con la Entidad.

Que mediante la Circular 0023 de 2014, “Flexibilización de horarios para eventos regionales”, se establece que en época de realización de acontecimientos que hagan parte del folclor o de la cultura local y/o nacional, los Directores Seccionales, en ejercic io de la facultad delegada por el Director General, podrán distribuir la jornada ordinaria de trabajo sin afectar la prestación del servicio, adecuando los horarios laborales con el fin de permitir que los servidores públicos asistan o participen en dichos eventos.

General, podrán distribuir la jornada ordinaria de trabajo sin afectar la prestación del servicio, adecuando los horarios laborales con el fin de permitir que los servidores públicos asistan o participen en dichos eventos.

Que, en el municipio de Arauca, el día 04 de diciembre se celebra anualmente el Día de la Araucanidad, fecha destinada a exaltar la identidad cultural araucana, las tradiciones llaneras, la memoria histórica del pueblo araucano y sus manifestaciones artísticas, musicales y gastronómicas. Así mismo, del 04 al 08 de diciembre de cada año se desarrollan las Fiestas Patronales de Santa Bárbara de Arauca, una de las manifestaciones culturales más representativas de la región, que integra lo religioso, lo artístico y lo llanero, en cuyo marco se realizan diversos eventos tradicionales, procesiones, actividades religiosas, actos institucionales y expresione s culturales propias del territorio.

Que con el fin de propiciar espacios que favorezcan el desarrollo integral de los servidores públicos y el fortalecimiento de la integración familiar, así como de permitir que los funcionarios participen o hagan uso responsable del salario emocional otorgado, se hace necesario flexibilizar el horario de trabajo y de atención al público los días 4 y 5 de diciembre de 2025, sin afectar la adecuada prestación del servicio.

En mérito de lo anteriormente expuesto, este Despacho,

RESUELVE

ARTÍCULO 1º. Establecer, de manera excepcional, el horario de trabajo y de atención al público en la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Arauca para el día 04 de diciembre de 2025, en jornada continua de 7:00 a. m. a 1:00 p. m.

la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Arauca para el día 04 de diciembre de 2025, en jornada continua de 7:00 a. m. a 1:00 p. m.

Parágrafo 1. El Puesto de Control del Puente Internacional General José Antonio Páez continuará prestando el servicio, en caso de requerirse, para facilitar inaplazables operaciones de comercio exterior que impliquen trámites administrativos y la inspección de mercancías.

Parágrafo 2. Con el fin de garantizar la recepción de comunicaciones oficiales de entrada que se generen el 05 de diciembre de 2025 entre las 8:00 a. m. y 9:00 a. m., y desde las 3:00 p. m. hasta las 4:00 p. m. , se dispone para tal efecto el correo institucional: corresp_entrada_arauca@dian.gov.co.

ARTÍCULO 3º. Los jefes de División deberán garantizar la adecuada prestación del servicio al público en las fechas indicadas en los artículos anteriores y velar por el cumplimiento del horario laboral por parte de los funcionarios a su cargo.

ARTÍCULO 4º. La presente resolución aplica únicamente para el horario de trabajo y de atención al público correspondiente a los días 04 y 05 de diciembre de 2025.

A partir del 09 de diciembre de 2025, se retomará el horario habitual establecido en la Resolución N.º 259 del 11 de octubre de 2022, expedida por esta Dirección Seccional.

ARTÍCULO 5º. Comuníquese el contenido de la presente resolución a todos los servidores públicos de la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Arauca mediante correo electrónico institucional.

ARTÍCULO FINAL. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

de la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Arauca mediante correo electrónico institucional.

ARTÍCULO FINAL. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Arauca, a los veintiocho (28) días del mes de noviembre de dos mil veinticinco (2025).

JOSÉ LIBARDO CASTILLO OSPINA Director Seccional de Impuestos y Aduanas de Arauca (A)

Revisó y aprobó: José Libardo Castillo Ospina.

Proyectó: Endy Ruth Jiménez Reyes.

No. 253 Fecha: 2025-11-28

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