DIAN - Resolución 000336 de 2026
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 000336 de 2026
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2026
No. 336
Fecha: 2026
RESOLUCIÓN POR MEDIO DEL CUAL SE MODIFICA TEMPORALMENTE EL HORARIO DE TRABAJO Y ATENCIÓN AL PUBLICO PARA EL DESARROLLO DE LOS JUEGOS DEPORTIVOS Y ENCUENTROS CULTURALES DIAN — FASE LOCAL DE INTEGRACIÓN DIAN 2026 EN LA DIRECCIÓN SECCIONAL DE IMPUESTOS Y ADUANAS DE QUIBDÓ EL DIRECTOR SECCIONAL DE IMPUESTOS Y ADUANAS DE QUIBDO En uso de las facultades delegadas y en especial las conferidas en la Resolución número 000084 del 27 de agosto del 2021, en el artículo 3 numeral 9, la Resolución 007139 del 27 de junio del 2025 en su artículo 21° y la Resolución número 8559 del 16 de junio del 2026.
CONSIDERANDO: Que, la resolución N 000084 del 27 de agosto del 2021 en el artículo 3 numeral 9 le delega a los Directores Seccionales la facultad para establecer el horario de trabajo en sus respectivas Direcciones Seccionales, de conformidad con las necesidades de servicios, garantizando el mínimo de temporal vigente y el horario de atención al público.
Que, los Juegos Deportivos y Encuentros Culturales DIAN son una estrategia institucional de bienestar, orientada a fortalecer la integración, el clima laboral y la cultura organizacional, mediante la participación voluntaria de las personas servidoras públicas. Esta iniciativa se desarrollará en un ciclo bienal, estructurado en fases local y nacional, y se regirá por criterios de inclusión, juego limpio y gestión del riesgo de carácter periódico. La Integración DIAN representan el máximo evento deportivo y cultural de la Entidad, realizado una vez al año en sede fija, distribuido en dos fases:
y gestión del riesgo de carácter periódico. La Integración DIAN representan el máximo evento deportivo y cultural de la Entidad, realizado una vez al año en sede fija, distribuido en dos fases: Una fase local como iniciación del ciclo selectivo y de preparación de los deportistas y artistas que representarán a las Direcciones Seccionales de Impuestos y Aduanas; Direcciones Seccionales de Aduanas, Direcciones Seccionales de Impuestos, Direcciones Delegadas de Impuestos y Aduanas y el Nivel Central; y otra fase nacional donde se encontrarán los equipos deportivos, deportistas individuales y los grupos culturales, ganadores en la primera fase de los juegos deportivos, recreativos y culturales locales. Que, teniendo en cuenta los lineamientos establecidos para el desarrollo de las actividades contempladas en el Plan de Bienestar del año 2026, la Seccional Quibdó definió un cronograma que garantiza la participación de los servidores públicos en los Juegos de Integración DIAN - Fase Local 2026. Que, con el propósito de propiciar espacios de integración, bienestar y fortalecimiento del clima organizacional, que permitan la participación de los servidores públicos de la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Quibdó en las actividades deportivas y culturales programadas dentro de los Juegos de Integración DIAN, Fase Local 2026, se hace necesario modificar transitoriamente la jornada laboral del día 06 de agosto de 2026. Que, dada la importancia institucional de esta actividad y el impacto positivo que genera en la integración, el bienestar y la participación de los funcionarios de la Seccional, se considera procedente modificar el horario laboral para el jueves 06 de agosto de 2026, a partir de las 2:00
integración, el bienestar y la participación de los funcionarios de la Seccional, se considera procedente modificar el horario laboral para el jueves 06 de agosto de 2026, a partir de las 2:00 p.m., con el fin de facilitar el desarrollo de las actividades programadas en el marco de los Juegos de Integración DIAN, Fase Local 2026. > 08-05No. 336 Fecha: 2026-08-05
RESOLUCIÓN NÚMERO de Hoja No.2
Continuación de la Resolución por medio del cual se modifica temporalmente el horario de trabajo y atención al público en la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Quibdó. Que, la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Quibdó, garantizará la atención a los usuarios prestando el servicio de recepción, notificación y envió de correspondencia a través de la división Administrativa y Financiera en el horario de 7:00 a.m. a 1:00 p.m. Que, la modificación del horario laboral y de atención al público, adoptado en la presente resolución, será de carácter temporal, debiéndose normalizar vencido el plazo indicado. Que, en mérito de lo expuesto el Directora Seccional de Impuestos y Aduanas de Quibdó, RESUELVE: ARTICULO PRIMERO: Modificar temporalmente el horario de trabajo y atención al público para los servidores de la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Quibdó por el día 06 de octubre del 2026, estableciendo el horario laboral de 7.00 a.m. a 1.00 p.m. garantizando el servicio y atención al público de conformidad con lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución.
PARAGRAFO: El servidor público que no opte por el horario señalado en el artículo primero del
atención al público de conformidad con lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución.
PARAGRAFO: El servidor público que no opte por el horario señalado en el artículo primero del presente acto, cumplirá con su horario habitual.
ARTICULO SEGUNDO: Los jefes de cada División, serán los responsables de garantizar el cumplimiento del horario de trabajo y la participación de los funcionarios en la actividad, que mediante la presente resolución se establece en la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de
Quibdó.
ARTICULO TERCERO: A través de la División de la Administrativa y Financiera de a Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Quibdó, comuníquese el contenido de esta providencia por medio electrónico, utilizando el correo Institucional a la jefe de la División de Servicio al Ciudadano, Isabel del Carmen Mena Hinestroza al correo al (imenah@dian.gov.co), a la jefe de la División de Fiscalización y Liquidación Tributaria, Aduanera y Cambiaria Giorly Yuviza Ortiz Hernandez
(Igortizn@dian.gov.co), al jefe de la División Administrativa y Financiera Jaminton Gonzalez Espinoza (jgonzaleze@dian.gov.co), al jefe de la División de Recaudo y Cobranzas Yhonatan Sanchez Urán (ysanchezu@dian.gov.co), al Director Seccional Lindor Emilio Palacios Lloreda (Ipalacioslddian.gov.co) y a la funcionaria que proyectó el acto administrativo Ana Floriza Waldo Mosquera (awaldom1@dian.gov.co).
ARTICULO CUARTO: Comunicar el contenido de la presente resolución a través del LD-SECCIMP-ADU-QUIBDO@dian.gov.co a los funcionarios de la Dirección Seccional de Impuestos y
Aduanas de Quibdó.
ARTICULO CUARTO: Comunicar el contenido de la presente resolución a través del LD-SECCIMP-ADU-QUIBDO@dian.gov.co a los funcionarios de la Dirección Seccional de Impuestos y
Aduanas de Quibdó.
ARTICULO QUINTO: Publicar la presente resolución en lugares visibles al público de la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Quibdó y en la página web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN (www.dian.gov.co) para observancia de los diferentes usuarios.
ARTICULO SEXTO: La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLIQUESE, COMUNIQUESE CIOS LLOREDA Director Seccional de Impuestos y Aduanas de Quibdó (A)
Proyectó: Ana Floriza Waldo Mosquera.