DIAN - Resolución 000350 de 2026
Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 000350 de 2026
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2026
RESOLUCIÓN
Por la cual se modifica parcialmente la Resolución 259 de 11 octubre de 2022, mediante la cual se estableció el horario laboral y de atención público para la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Arauca
EL DIRECTOR SECCIONAL DE IMPUESTOS Y ADUANAS DE ARAUCA (A)
En uso de las facultades legales y en especial las dispuestas en las resoluciones 000084 de 27 de agosto de 2021 y 004383 de 30 de marzo de 2026, y
CONSIDERANDO
Que, de conformidad con las necesidades del servicio y con el propósito de fortalecer la capacidad de respuesta institucional, garantizando la oportunidad, continuidad y eficiencia en la prestación de los servicios a cargo de la Entidad durante el horario de atención al público, resulta necesario modificar los horarios de trabajo establecidos en el artículo primero de la Resolución 259 de 11 de octubre de 2022, suprimiendo uno de los horario vigentes y ajustando otro de ellos, con el fin de asegurar una may or disponibilidad de servidores públicos desde el inicio de la jornada laboral y atención al público, para atender de manera oportuna los requerimientos, trámites, servicios y demás actividades institucionales a cargo de la Dirección Seccional.
Que, en consecuencia, resulta procedente adecuar los horarios de trabajo establecidos en la Resolución 259 de 11 de octubre de 2022 a las necesidades actuales del servicio.
RESUELVE
ARTICULO PRIMERO: Modificar el artículo primero de la Resolución 259 de 11 de octubre de 2022, el
cual quedará así:
“ARTICULO PRIMERO: A partir del 01 de octubre de 2026, establecer los siguientes horarios del
ARTICULO PRIMERO: Modificar el artículo primero de la Resolución 259 de 11 de octubre de 2022, el
cual quedará así:
“ARTICULO PRIMERO: A partir del 01 de octubre de 2026, establecer los siguientes horarios del trabajo en la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Arauca, de lunes a viernes, en jornada continua:
- 07:30 a. m a 04:20 p. m. • 08:00 a. m a 04:50 p. m.”
ARTICULO SEGUNDO: Modificar el parágrafo 1° del artículo primero de la Resolución 259 de 11 de
octubre de 2022, el cual quedará así:
“Parágrafo 1°: Teniendo en cuenta que debe primar la debida prestación de servicio, los funcionarios, previa concertación con su jefe inmediato, deberán optar por uno de los dos horarios establecidos y tendrán la posibilidad de cambiarlo siempre y cuanto entre uno y otr o cambio transcurran mínimo seis (6) meses; para cuyo caso deberán sustentar los motivos que ameriten el cambio de horario.”
ARTÍCULO TERCERO: Las demás disposiciones contenidas en las Resolución 259 de 11 de octubre de 2022 continúan vigentes y sin modificación.
ARTÍCULO CUARTO: Publicar la presente resolución a través de la página web de la Entidad.
ARTÍCULO QUINTO: Comunicar la presente resolución al correo electrónico de los servidores públicos de la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Arauca.
ARTICULO FINAL: La presente resolución rige a partir de su expedición.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
de la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Arauca.
ARTICULO FINAL: La presente resolución rige a partir de su expedición.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Arauca, a los veintitrés (23) días del mes de septiembre del 2026.
JOSÉ LIBARDO CASTILLO OSPINA Director Seccional de Impuestos y Aduanas de Arauca (A) No. 350
Fecha: 2026-09-23