DIAN - Resolución 000437 de 2026
Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 000437 de 2026
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2026
No. 437
Fecha: 2026
RESOLUCION POR MEDIO DEL CUAL SE MODIFICA TEMPORALMENTE EL HORARIO DE TRABAJO Y ATENCION AL PUBLICO PARA EL DESARROLLO DE INTEGRACION RECREATIVA Y CULTURAL DENOMINADA “MOMENTOS QUE UNEN DIAN 2026” EN LA DIRECCION SECCIONAL DE IMPUESTOS Y ADUANAS DE QUIBDO EL DIRECTOR SECCIONAL DE IMPUESTOS Y ADUANAS DE QUIBDO En uso de las facultades delegadas y en especial las conferidas en la Resolución numero 000084 del 27 de agosto del 2021, en el artículo 3 numeral 9, la Resolución 007139 del 27 de junio del 2025 en su artículo 21°, prorrogada mediante la Resolución número 8559 del 16 de junio del 2026 y, CONSIDERANDO: Que, la resolución N° 000084 del 27 de agosto del 2021 en el artículo 3 numeral 9 le delega a los Directores Seccionales la facultad para establecer el horario de trabajo en sus respectivas Direcciones Seccionales, de conformidad con las necesidades de servicios, garantizando el mínimo de temporal vigente y el horario de atención al público. Que, dentro del plan operativo de Bienestar 2026 las actividades de integración recreativa y cultural denominada "Momentos Que Unen DIAN 2026” son una estrategia institucional de bienestar, orientada a fortalecer la integración, el clima laboral y la cultura organizacional, mediante la participación voluntaria de las personas servidoras públicas. Que, teniendo en cuenta los lineamientos establecidos para el desarrollo de las actividades contempladas en el Plan de Bienestar del año 2026, la Seccional Quibdó definió un cronograma que garantiza la participación de los servidores públicos actividad de
Que, teniendo en cuenta los lineamientos establecidos para el desarrollo de las actividades contempladas en el Plan de Bienestar del año 2026, la Seccional Quibdó definió un cronograma que garantiza la participación de los servidores públicos actividad de integración recreativa y cultural denominada “Momentos Que Unen” DIAN 2026. Que, con el propósito de propiciar espacios de integración, bienestar y fortalecimiento del clima organizacional, que permitan la participación de los servidores públicos de la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Quibdó en las actividades deportivas, recreativas y culturales programadas dentro del plan operativo de Bienestar 2026, se hace necesario modificar transitoriamente la jornada laboral del día 02 de octubre de 2026. Que, en dada a la importancia institucional de la actividad y al impacto positivo que genera la participación de los servidores de la Dirección Seccional, se considera procedente modificar la jornada laboral del día viernes 2 de octubre de 2026, desde las 12:00 m. hasta las 4:45 p.m., con el fin de facilitar el desarrollo de la actividad programada en el marco de integración recreativa y cultural denominada “Momentos Que Unen DIAN 2026. Que, la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Quibdó, garantizará la atención a los usuarios prestando el servicio de recepción, notificación y envió de correspondencia a través de la división Administrativa y Financiera en el horario de 7:00 a.m. a 12:00 m. Que, la modificación del horario laboral y de atención al público, adoptado en la presente resolución, será de carácter temporal, debiéndose normalizar vencido el plazo indicado. 09-29No. 437 Fecha: 2026-09-29
la modificación del horario laboral y de atención al público, adoptado en la presente resolución, será de carácter temporal, debiéndose normalizar vencido el plazo indicado. 09-29No. 437 Fecha: 2026-09-29
RESOLUCION NUMERO de Hoja No.2
Continuación de la Resolución por medio del cual se modifica temporalmente el horario de trabajo y atención al público en la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Quibdó. Que, en mérito de lo expuesto el Director Seccional de Impuestos y Aduanas de Quibdó, RESUELVE: ARTICULO PRIMERO: Modificar temporalmente el horario de trabajo y atención al público para los servidores de la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Quibdó por el día 02 de octubre del 2026, estableciendo el horario laboral de 7.00 am. a 12.00 m. garantizando el servicio y atención al público de conformidad con lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución.
PARAGRAFO: El servidor público que no opte por el horario señalado en el artículo primero del presente acto, cumplirá con su horario habitual.
ARTICULO SEGUNDO: Los jefes de cada División, serán los responsables de garantizar el cumplimiento del horario de trabajo y la participación de los funcionarios en la actividad, que mediante la presente resolución se establece en la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Quibdó.
ARTICULO TERCERO: A través de la División de la Administrativa y Financiera de la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Quibdó, comuníquese el contenido de esta providencia por medio electrónico, utilizando el correo Institucional a la jefe de la División
Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Quibdó, comuníquese el contenido de esta providencia por medio electrónico, utilizando el correo Institucional a la jefe de la División de Servicio al Ciudadano, Yaneth Palacios Copete al correo al (ypalaciosc@dian.gov.co), a la jefe de la División de Fiscalización y Liquidación Tributaria, Aduanera y Cambiaria Giorly Yuviza Ortiz Hernandez (Igortizh(Ddian.gov.co), al jefe de la División Administrativa y Financiera Jaminton Gonzalez Espinoza (jgonzaleze@dian.gov.co), al jefe de la División de Recaudo y Cobranzas Yhonatan Sanchez Urán (ysanchezu@dian.gov.co), asi como al Director Seccional Lindor Emilio Palacios Lloreda (lpalaciosl@dian.gov.co) y a la funcionaria que proyectó el acto administrativo Ana Floriza Waldo Mosquera (awaldom1@dian.gov.co).
ARTICULO CUARTO: Comunicar el contenido de la presente resolución a través del LDSECC-IMP-ADU-QUIBDO (O dian.gov.co a los funcionarios de la Dirección Seccional de
Impuestos y Aduanas de Quibdó.
ARTICULO QUINTO: Publicar la presente resolución en lugares visibles al público de la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Quibdó y en la página web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN (www.dian.gov.co) para observancia de los diferentes usuarios.
ARTICULO SEXTO: La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLIQUESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE,
Dada en Quibdó, LINDOR EMILIO PALACIOS LLOREDA Director Seccional de Impuestos y Aduanas de Quibdó (A)
PUBLIQUESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE,
Dada en Quibdó, LINDOR EMILIO PALACIOS LLOREDA Director Seccional de Impuestos y Aduanas de Quibdó (A)
Proyectó: Ana Floriza Waldo Mosquera.