DIAN - Resolución 000505 de 2025
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 000505 de 2025
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2025
RESOLUCION NUMERO
505 (22/07/2025) “Por la cual se modifica el horario de trabajo en la Dirección Seccional de Aduanas de Cúcuta”
CÓDIGO DIRECCIÓN SECCIONAL: 89
CODIGO DEPENDENCIA: 201
CODIGO ACTO ADMINISTRATIVO: 9882
EL DIRECTOR SECCIONAL DE ADUANAS DE CÚCUTA (A) De conformidad con el Decreto No. 1742 del 22 de diciembre de 2020 y en ejercicio de las facultades delegadas mediante las Resoluciones Nos. 00083, 00084 del 27 de agosto de 2021 y Resolución N007534 del 8 de julio de 2025. CONSIDERANDO Que, el literal 9 del artículo 03 de la Resolución No. 84 del 27 de agosto de 2021, determina: “Artículo 03: Delegar en los Directores Seccionales Locales y los Directores Seccionales Delgados las siguientes funciones: (...) 9. Establecer el horario de trabajo en su respectiva Dirección Seccional, de conformidad con las necesidades del servicio, garantizando el mínimo de tiempo laboral vigente y el horario de atención al público. (...)” Que, en el numeral 2 de la Circular No. 000023 del 17 de julio del 2014, expedida por la Dirección General de la U.A.E. Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, se establece que: “En la época de realización de acontecimientos que hagan parte del folclor o de la cultura local y/o nacional, los Directores Seccionales en ejercicio de la facultad que les fue delegada podrán en conformidad con lo establecido en el inciso segundo del artículo 33 del Decreto 1042 de 1978, distribuir la jornada ordinaria
la cultura local y/o nacional, los Directores Seccionales en ejercicio de la facultad que les fue delegada podrán en conformidad con lo establecido en el inciso segundo del artículo 33 del Decreto 1042 de 1978, distribuir la jornada ordinaria de los días en que estos se celebren, sin afectar la debida prestación del servicio público, adecuando los horarios de trabajo con el propósito que los servidores públicos puedan asistir y/o participar en los mismos”. Que, la Alcaldía Municipal de San José de Cúcuta mediante Decreto No. 0240 del 07 de julio de 2025, declaró el 25 de julio de 2025 como día cívico, en el marco de las Ferias de Cúcuta 2025. Por lo anterior y en aras de propiciar espacios de bienestar que permita la participación de los funcionarios y sus familias en estos eventos culturales, se hace necesario establecer una jornada laboral especial garantizándose la prestación del servicio. RESUELVE ARTÍCULO 1°. MODIFICAR el horario laboral por el día 25 de julio de 2025 mediante jornada laboral continua de 7:30 a.m. a 1:00 p.m., para los funcionarios públicos de la Dirección Seccional de Aduanas de Cúcuta, por las razones expuestas en la parte considerativa de esta resolución, exceptuando aquellos los funcionarios que laboran en los lugares de ingreso y salida de mercancías (puentes Internacionales y aeropuerto), y funcionarios del GIT de Documentación que el jefe inmediato considere que deben realizar sus actividades de forma presencial para el correcto funcionamiento de la Entidad y el cumplimiento de sus objetivos.
GRESOLUCION NUMERO 505 DEL 22/07/2025 Hoja No. 2
que el jefe inmediato considere que deben realizar sus actividades de forma presencial para el correcto funcionamiento de la Entidad y el cumplimiento de sus objetivos.
GRESOLUCION NUMERO 505 DEL 22/07/2025 Hoja No. 2
Continuación de la Resolución por la cual se modifica el horario de trabajo en la Dirección Seccional de Aduanas de Cúcuta. PARÁGRAFO PRIMERO. Garantizar la prestación del servicio al público a cargo de la División de Administrativa y Financiera en lo relacionado a la notificación de actos administrativos y recepción de correspondencia por parte del GIT de Documentación de la Seccional. PARÁGRAFO SEGUNDO. Los servidores públicos de la División Jurídica atenderán las audiencias programadas en los procesos en los cuales actúen como apoderados de la entidad. PARÁGRAFO TERCERO. Garantizar la prestación del servicio al público a cargo de la División Operación Aduanera en lo relacionado con la prestación del servicio en los lugares de arribo para el ingreso y la salida de mercancías en puentes internacionales y aeropuerto, a través del GIT Viajeros de la Seccional. PARÁGRAFO CUARTO. Los servidores públicos que no deseen acogerse al horario establecido deberán manifestarlo por correo electrónico a su jefe inmediato y cumplir con su horario habitual. ARTÍCULO 2°. Corresponde a los jefes de División y Grupos Internos de Trabajo garantizar el cumplimiento del horario establecido en la presente Resolución y la adecuada y continua prestación del servicio. ARTÍCULO 3°. A través de la División de talento Humano comunicar la presente resolución a los servidores públicos de la Dirección Seccional de Aduanas de Cúcuta.
prestación del servicio. ARTÍCULO 3°. A través de la División de talento Humano comunicar la presente resolución a los servidores públicos de la Dirección Seccional de Aduanas de Cúcuta. ARTÍCULO 4°. Publicar esta resolución en lugar visible al público de la Dirección Seccional de Aduanas de Cúcuta y en la página web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en San José de Cúcuta, a los veintidós (22) días del mes de julio de 2025 ? v cna lite, (Ll CARLOS EMILIO PÉREZ GÓME Director Seccional de Aduanas de Cuguta (A)
Revisó: Gonzalo Gutiérrez Rojas
Jefe División de Talento Humano (A)
Proyectó: María Mónica'Plata Jiménez
División de Talento Humano