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DIAN - Resolución 000663 de 2025

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 000663 de 2025
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2025

RESOLUCIÓN NÚMERO 663 (8 de agosto de 2025) “Por la cual se da por terminado el trabajo en casa para algunos funcionarios de la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Sogamoso” LA DIRECTORA SECCIONAL DE IMPUESTOS Y ADUANAS DE SOGAMOSO En uso de las facultades legales y en especial las dispuestas en la Ley 2088 de 2021, Decreto 1083 de 2015, Decreto 1742 de 2020, Resolución No. 000084 de 2021, Resolución No. 654 de 5 de agosto de 2025, Resolución 002549 del 14 de marzo de 2025, Resolución 003718 del 10 de abril de 2025, y CONSIDERANDO Que, mediante resolución 654 de fecha 5 de agosto de 2025 se habilitó temporalmente el trabajo en casa para algunos funcionarios de la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Sogamoso a partir de la misma fecha y hasta tanto fuera superada la circunstancia excepcional que dio origen a la expedición de esta decisión. Que, finalizados los bloqueos generados por los campesinos y mineros en las diferentes regiones del país, incluida la ciudad de Sogamoso y municipios aledaños, que impedían el transito normal de los ciudadanos, se da por superada la circunstancia excepcional que dio origen a la habilitación del trabajo en casa a algunos servidores públicos de esta seccional; por tanto, no existe situación que impida el desplazamiento a la sede de la entidad, lo que hace necesario dar por terminado el trabajo en casa. En mérito de lo anteriormente expuesto, este Despacho, RESUELVE ARTICULO 1“: Dar por terminado el trabajo en casa habilitado mediante resolución 654 de fecha

a la sede de la entidad, lo que hace necesario dar por terminado el trabajo en casa. En mérito de lo anteriormente expuesto, este Despacho, RESUELVE ARTICULO 1“: Dar por terminado el trabajo en casa habilitado mediante resolución 654 de fecha 5 de agosto de 2025 para algunos servidores públicos de la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Sogamoso y, en consecuencia, ordenar el retorno al trabajo presencial, a partir del día hábil siguiente a la comunicación de esta resolución. ARTICULO 2”: Los servidores deberán cumplir el horario de trabajo establecido y concertado con el jefe inmediato de acuerdo con la Resolución 563 del 2 de julio de 2025, expedida por la Directora Seccional de Impuestos y Aduanas de Sogamoso. ARTICULO 3°. Comunicar a los servidores públicos de Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Sogamoso el contenido de la presente resolución, al correo electrónico institucional por medio del buzón del Despacho y de su publicación en la página WEB de la Entidad. ARTICULO 4”. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición. COMUNÍQUESE Y CUMPLASE Dada en Sogamoso, a los 8 días del mes de agosto de 2025. ANA LUCÍA Firmado digitalmente

por ANA LUCÍA

GARCÍA GARCÍA GALLO Fecha: 2025.08.08

GALLO 14:46:05 -05'00' ANA LUCIA GARCIA GALLO Directora seccional de impuestos y aduanas de Sogamoso

Proyectó: Katherine Alexandra Naranjo Pérez

Revisó: Lina Fabiola Vargas Palacios

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