DIAN - Resolución 000668 de 2025
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 000668 de 2025
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2025
Información Pública
RESOLUCIÓN NÚMERO
668 (16/09/2025) modifica la Resolución No. 361 del 20/05/2024
CODIGO DIRECCION SECCIONAL: 89
CODIGO DEPÉNDENCIA: 201
CODIGO ACTO ADMINISTRATIVO: 633
EL DIRECTOR SECCIONAL DE ADUANAS DE CÚCUTA (A) De conformidad con el Decreto No. 1742 del 22 de diciembre de 2020 y en ejercicio de las facultades delegadas mediante las Resoluciones Nos. 00083, 00084 del 27 de agosto de 2021 y Resolución N°007534 del 8 de julio de 2025. CONSIDERANDO Que, el literal 9 del artículo 03 de la Resolución No. 84 del 27 de agosto de 2021, determina: Seccionales Delegados las siguientes funciones: conformidad con las necesidades del servicio, garantizando el mínimo de tiempo . Que mediante R esolución No. 361 del 20/05/2024, se estableció a partir de la misma fecha el horario laboral para los servidores públicos de la División de la Operación Aduanera y del Grupo Interno de Trabajo de Viajeros de la Dirección Seccional de Aduanas Cúcuta, encargados de desempeñar sus funciones en los Puentes Internacionales Unión, Simón Bolívar, Atanasio Girardot y Francisco de Paula Santander del departamento de Norte de Santander, el siguiente (zona horaria de Colombia): Para los puentes Internacionales Simón Bolívar y Francisco de Paula Santander:
Viajeros De lunes a domingo: desde las 5:00 a.m. y hasta las 8:00 p.m.
Ingreso y salida de carga De lunes a viernes: Desde las 8:00 a.m. y hasta las 6:00 p.m.
Sábado: Desde las 8:00 a.m. y hasta las 12:00 m.
Para Puente Internacional Unión en Puerto Santander: Viajeros De lunes a domingo: Desde las 5:00 a.m. y hasta las 8:00 p.m. Ingreso y salida de carga De lunes a viernes: Desde las 8:00 a.m. y hasta las 4:00 p.m.
Sábado: Desde las 8:00 a.m. y hasta las 12:00 m.RESOLUCIÓN NÚMERO 668 DEL 16/09/2025 Hoja No. 2
Continuación de la Resolución: Por medio de la cual se modifica la Resolución No. 361 del 20/05/2024 por medio de la cual se establece el horario laboral para los funcionarios de la Dirección Seccional de Aduanas de Cúcuta que deben desempeñar sus funciones en los Puentes Internacionales Unión, Simón Bolívar, Atanasio Girardot y Francisco de Paula Santander del departamento de Norte de Santander en atención a la Mesa Técnica Bilateral de Control Fronterizo Colombia Venezuela celebrada el 14 de mayo de 2024.
Información Pública Para Puente Internacional Atanasio Girardot: Viajeros De lunes a domingo: Desde las 5:00 a.m. y hasta las 12:00 de la noche
Ingreso y salida de carga De lunes a viernes: Desde las 8:00 a.m. y hasta las 6:00 p.m.
Sábado: Desde las 8:00 a.m. y hasta las 12:00 m.
Importaciones Temporales de Medios de Transporte de Turista De lunes a viernes: Desde las 5:00 a.m. y hasta las 8:00 p.m.
Sábado: Desde las 8:00 a.m. y hasta las 12:00 m.
Se hace necesario ajustar el horario laboral en el Puente Internacional Unión en Puerto Santander con el fin de optimizar el uso del recurso humano, garantizar la seguridad de los funcionarios que se deben trasladar a laborar a este paso de frontera y mejorar la eficiencia en la atención de las operaciones de control aduanero en concordancia con la dinámica actual de flujo de viajeros y mercancías. Por lo anteriormente expuesto, el Director Seccional de Aduanas de Cúcuta (A), RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO: Modificar el artículo primero de la R esolución No. 361 del 20/05/2024, el cual quedará así: ARTÍCULO PRIMERO: Establecer a partir del 20 de mayo de 2024 como horario laboral para los servidores públicos de la División de la Operación Aduanera y del Grupo Interno de Trabajo de Viajeros de la Dirección Seccional de Aduanas Cúcuta, que deben desempeñar sus funciones en los Puentes Internacionales Unión, Simón Bolívar, Atanasio Girardot y Francisco de Paula Santander del departamento de Norte de
Santander, el siguiente (zona horaria de Colombia): Para los Puentes Internacionales Simón Bolívar y Francisco de Paula Santander: Viajeros: De lunes a domingo: desde las 5:00 a.m. y hasta las 8:00 p.m.
Ingreso y salida de carga: De lunes a viernes: desde las 8:00 a.m. y hasta las 6:00 p.m.
Sábado: desde las 8:00 a.m. y hasta las 12:00 m.
Para Puente Internacional Unión en Puerto Santander: Viajeros: De lunes a domingo: desde las 8:00 a.m. y hasta las 4:00 p.m.
Ingreso y salida de carga: De lunes a viernes: desde las 8:00 a.m. y hasta las 4:00 p.m.
Sábado: desde las 8:00 a.m. y hasta las 12:00 m.RESOLUCIÓN NÚMERO 668 DEL 16/09/2025 Hoja No. 3
Continuación de la Resolución: Por medio de la cual se modifica la Resolución No. 361 del 20/05/2024 por medio de la cual se establece el horario laboral para los funcionarios de la Dirección Seccional de Aduanas de Cúcuta que deben desempeñar sus funciones en los Puentes Internacionales Unión, Simón Bolívar, Atanasio Girardot y Francisco de Paula Santander del departamento de Norte de Santander en atención a la Mesa Técnica Bilateral de Control Fronterizo Colombia Venezuela celebrada el 14 de mayo de 2024.
Información Pública Para Puente Internacional Atanasio Girardot: Viajeros: De lunes a domingo: desde las 5:00 a.m. y hasta las 12:00 de la noche.
Ingreso y salida de carga: De lunes a viernes: desde las 8:00 a.m. y hasta las 6:00 p.m.
Viajeros: De lunes a domingo: desde las 5:00 a.m. y hasta las 12:00 de la noche.
Ingreso y salida de carga: De lunes a viernes: desde las 8:00 a.m. y hasta las 6:00 p.m.
Sábado: desde las 8:00 a.m. y hasta las 12:00 m.
Importaciones Temporales de Medios de Transporte de Turista: De lunes a viernes: desde las 5:00 a.m. y hasta las 8:00 p.m.
ARTÍCULO SEGUNDO: Comunicar a través del G rupo Interno de Trabajo de Documentación de la División Administrativa y Financiera de la Dirección Seccional de Aduanas de Cúcuta, el contenido de la presente resolución a través del correo institucional a los servidores públicos relacionados a continuación, así:
SERVIDORES PÚBLICOS IDENTIFICACIÓN CORREO ELECTRÓNICO
EFREN LEONARDO ZAMBRANO CORZO 13.463.812 ezambranoc@dian.gov.co JUDERKIS EIMIRIDA MENDOZA ARIAS 60.364.942 jmendozaa@dian.gov.co GONZALO GUTIÉRREZ ROJAS 13.443.879 ggutierrezr@dian.gov.co ARTÍCULO TERCERO: Contra la presente Resolución no procede recurso alguno.
ARTÍCULO CUARTO: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en San José de Cúcuta, a los dieciséis (16) días del mes de septiembre de 2025 CARLOS EMILIO PÉREZ GÓMEZ Director Seccional de Aduanas de Cúcuta (A)
Proyectó: María Mónica Plata Jiménez
División de Talento Humano DSA Cúcuta
Aprobó: Gonzalo Gutiérrez Rojas
CARLOS EMILIO PÉREZ GÓMEZ Director Seccional de Aduanas de Cúcuta (A)
Proyectó: María Mónica Plata Jiménez
División de Talento Humano DSA Cúcuta
Aprobó: Gonzalo Gutiérrez Rojas
Jefe División de Talento Humano (A) DSA Cúcuta
Revisó: Andrea Tatiana Uron Ortíz
Despacho DSA Cúcuta
Revisó: Mario Alberto Martínez Manrique
Despacho DSA Cúcuta