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DIAN - Resolución 000772 de 2025

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 000772 de 2025
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2025

RESOLUCIÓN 772

09 de septiembre 2025

Por la cual se establece el punto principal de atención y el horario a los c ontribuyentes y usuarios en la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Tuluá y se establecen otras disposiciones en relación con los puntos de atención transitorios.

EL DIRECTOR SECCIONAL DE IMPUESTOS Y ADUANAS DE TULUA

En uso de las facultades legales conferidas en el artículo 2° de la Resolución 007795 del 27 de agosto 2024, Decreto 2117 de 1992 y el numeral 9° del artículo 3º de la Resolución número 000084 del 27 de agosto de 2021 y,

C O N S I D E R A N D O:

Que la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, es el organismo encargado de la administración, control y vigilancia del cumplimiento de las obligaciones tributarias, aduaneras y cambiarias en el país, conforme los establece el artículo 1° de la Ley 6 de 1992.

Que, en virtud de su misión institucional, la DIAN tiene el compromiso de garantizar la correcta y eficiente atención de los contribuyentes y usuarios del sistema tributario, aduanero y cambiario brindado los medios y servicios necesarios para asegurar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de manera oportuna.

Que, en este sentido, y en concordancia con la normativa vigente, la DIAN tiene como objetivo facilitar la interacción con los contribuyentes y usuarios a través de la provisión de servicios de atención adecuados y accesibles, en particular, en las diferen tes Direcciones Seccionales de Impuestos, entre ellas la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Tuluá.

de servicios de atención adecuados y accesibles, en particular, en las diferen tes Direcciones Seccionales de Impuestos, entre ellas la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Tuluá.

Que, con el fin de mejorar la atención y acercar los servicios de la DIAN a los ciudadanos de la jurisdicción correspondiente, se hace necesario establecer los horarios de atención en el punto ubicado en la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Tuluá y regular los horarios en los puntos de atención transitorios que se dispongan en los diferentes municipios de la jurisdicción.

Que conforme a los dispuesto en el artículo 4° de la Ley 1437 de 2011(Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo) los entes públicos deben garantizar la accesibilidad y la transparencia de los trámites, lo cual incluye la adecuación de los horarios de atención al público. Por lo antes expuesto este Despacho,RESOLUCIÓN 772 de 09 de septiembre 2025 Hoja No. 2

Continuación de la Resolución por la cual se establece el punto principal de atención y el horario a los contribuyentes y usuarios en la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Tuluá y se establecen otras disposiciones en relación con los puntos de atención transitorios _______________________________________________________________________________

R E S U E L V E:

ARTICULO 1°. – Comunicar, que el punto principal de atención a los contribuyentes y usuarios de la División de Servicio al Ciudadano de la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Tuluá es la Carrera 26 Nro. 27 – 82 Primer Piso – Tuluá – Valle del Cauca.

usuarios de la División de Servicio al Ciudadano de la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Tuluá es la Carrera 26 Nro. 27 – 82 Primer Piso – Tuluá – Valle del Cauca.

ARTÍCULO 2°. –El horario de atención a los contribuyentes y usuarios de la División de Servicio al Ciudadano de la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Tuluá para el mes de septiembre 2025 quedara así:

Lunes a viernes: 7:00 a.m. A 5:00 p.m. Jornada continua Sábados 8:00 a.m. A 1:00 p.m.

ARTÍCULO 3°. – Con el fin de mejorar la accesibilidad de los contribuyentes y usuarios a los servicios de la DIAN, se podrán instalar de manera transitoria puntos de atención en los diferentes municipios que conforman la jurisdicción de la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Tuluá, en el horario de ocho de la mañana (8:00 a.m.) hasta las tres de la tarde (3:00 p.m.), en jornada continua, según las necesidades del servicio y en atención a la demanda de los usuarios.

ARTÍCULO FINAL. - La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Tuluá, a los nueve (9) días del mes de septiembre 2025.

Gilberto Jesus Calao Gonzalez Director Seccional de Impuestos y Aduanas de Tuluá

Proyectó: María Elena Patiño Solis

Gestor I 301 01RESOLUCIÓN 772 de 09 de septiembre 2025 Hoja No. 2

Director Seccional de Impuestos y Aduanas de Tuluá

Proyectó: María Elena Patiño Solis

Gestor I 301 01RESOLUCIÓN 772 de 09 de septiembre 2025 Hoja No. 2

Continuación de la Resolución por la cual se establece el punto principal de atención y el horario a los contribuyentes y usuarios en la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Tuluá y se establecen otras disposiciones en relación con los puntos de atención transitorios _______________________________________________________________________________

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