DIAN - Resolución 000924 de 30-01-2026
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 000924 de 30-01-2026
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario, Aduanero y Cambiario
- Año
- —
Información Pública Clasificada
RESOLUCIÓN NÚMERO
( )
Por la cual se justifica la contratación directa No CD-00-040-2026 que tiene por objeto el “SERVICIO
DE MANTENIMIENTO INTEGRAL PREVENTIVO Y CORRECTIVO CON INCLUSIÓN DE
REPUESTOS PARA LAS UPS MARCA LIEBERT DE LA DIAN”
LA SUBDIRECTORA DE COMPRAS Y CONTRATOS DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL
DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES
En uso de sus facultades legales y en especial de las conferidas por la Ley 80 de 1993 y Ley 1150 de 2007 y el artículo 2.2.1.2.1.4.1 del Decreto 1082 de 2015, y
C O N S I D E R A N D O
Que, la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN, conformidad con lo establecido por el Decreto 1071 de 1999 está organizada como una Unidad Administrativa Especial del orden Nacional, de carácter eminentemente técnico y especializado, con personería jurídica, autonomía administrativa y presupuestal, y con patrimonio propio, adscrita al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, cuyo objeto es coadyuvar a garantizar la seguridad fiscal del Estado Colombiano y la protección del Orden Público Económico Nacional, mediante la administración y control al debido cumplimiento de las obligaciones tributarias, aduaneras y cambiarias y la facilitación de las operaciones de comercio exterior en condiciones de equidad, transparencia y legalidad.
Que, la competencia para contratar en las entidades estatales la tiene el jefe o representante legal (Art.11, L.80/1993)
de las operaciones de comercio exterior en condiciones de equidad, transparencia y legalidad.
Que, la competencia para contratar en las entidades estatales la tiene el jefe o representante legal (Art.11, L.80/1993)
Que, la representación legal de la UAE -DIAN está a cargo del Director General, quien podrá delegarla de conformidad con las normas vigentes (Art.2, D.1071/1999)
Que, los jefes y los representantes legales de las entidades estatales podrán delegar total o parcialmente la competencia para celebrar contratos y desconcentrar la realización de licitaciones en los servidores públicos que desempeñen cargos del nivel directivo o ejecutivo o en sus equivalentes (Art.12, L.80/1993)
Que, el Director General de la DIAN delegó al Subdirector de Compras y Contratos la competencia para celebrar los contratos o convenios cuyo valor sea inferior a 3500 salarios mínimos mensuales legales vigentes o que no tengan cuantía, que se adjudiquen en el Nivel Central de la UAE -DIAN, independientemente de la modalidad de selección o de su lugar de ejecución mediante el Art. 2, Num. 1 de la Resolución No. 000089 del 03 de septiembre de 2021
Que, de conformidad con el artículo 2.2.1.2.1.4.1. del Decreto 1082 de 2015, la Entidad Estatal debe señalar en un acto administrativo la justificación para contratar bajo la modalidad de contratación directa, el cual debe contener: (i) La causal que invoca para contratar directamente; (ii) el objeto del contrato, (iii) el presupuesto para la contratación, (iv) las condiciones que exigirá al contratista, y (v) el lugar en el cual
el cual debe contener: (i) La causal que invoca para contratar directamente; (ii) el objeto del contrato, (iii) el presupuesto para la contratación, (iv) las condiciones que exigirá al contratista, y (v) el lugar en el cual los interesados pueden consultar los estudios y documentos previos. Que, la subdirección de Infraestructura tecnológica y de operaciones, señala que: “(…) El proceso de contratación que se pretende adelantar está relacionado con el funcionamiento de la Entidad respecto a la disponibilidad en los recursos Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC), puntualmente al mantenimiento preventivo y las rutinas de mantenimientos correctivos de las UPS marca LIEBERT, No. 924
Fecha: 2026-01-30RESOLUCIÓN NÚMERO de Hoja No2.
Por la cual se justifica la contratación directa para el “SERVICIO DE MANTENIMIENTO
INTEGRAL PREVENTIVO Y CORRECTIVO CON INCLUSIÓN DE REPUESTOS PARA LAS
UPS MARCA LIEBERT DE LA DIAN".
Información Pública Clasificada que son el soporte eléctrico regulado de cada seccional a nivel nacional, sitios alternos y en el nivel central. El enfoque es mejorar la infraestructura y los procesos que sostienen los servicios tecnológicos para garantizar que estén accesibles en todo momento, sin interrupciones significativas. Este objetivo implica robustecer la capacidad de los sistemas de Tecno logías de la Información TI, mejorar la gestión del soporte técnico y establecer prácticas de mantenimiento proactivo para aumentar la confiabilidad y el tiempo de actividad de los servicios críticos que la DIAN ofrece a los contribuyentes y al público en general.(…)” “(…) La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) cuenta en algunas de sus sedes a nivel
tiempo de actividad de los servicios críticos que la DIAN ofrece a los contribuyentes y al público en general.(…)” “(…) La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) cuenta en algunas de sus sedes a nivel nacional con noventa y dos (92) equipos de potencia ininterrumpida (UPS) marca LIEBERT con sus respectivos bancos de baterías para atender la infraestructura de eq uipos de Tecnologías de la Información (TI) (comunicación, servidores y estaciones de trabajo), los cuales permiten mantener la suficiencia de potencia regulada requerida en momentos de inconvenientes eléctricos en la red de energía comercial, con el fin de evitar pérdidas de información y/o daño de equipos de cómputo. Dado que el propósito de una unidad de potencia ininterrumpida (UPS) es proporcionar una fuente de energía con tensión regulada estable y continua independientemente de las perturbaciones que puedan existir en la red comercial se hace imprescindible contratar el servicio de mantenimiento preventivo y correctivo, con inclusión de repuestos para obtener una solución rápida e idónea de los problemas técnicos que se puedan presentar, reducie ndo al máximo los riesgos que puedan afectar la infraestructura tecnológica, la productividad y atención a usuarios.(…)”
Que, para la celebración del contrato que tiene por objeto el SERVICIO DE MANTENIMIENTO INTEGRAL PREVENTIVO Y CORRECTIVO CON INCLUSIÓN DE REPUESTOS PARA LAS UPS MARCA LIEBERT DE LA DIAN la modalidad de selección del contratista corresponde a la Contratación Directa prevista en el artículo 2, numeral 4, literal g) de la Ley 1150 de 2007, porque se trata de contratación cuando no existe pluralidad de oferentes en el mercado. Lo anterior en concordancia con
Directa prevista en el artículo 2, numeral 4, literal g) de la Ley 1150 de 2007, porque se trata de contratación cuando no existe pluralidad de oferentes en el mercado. Lo anterior en concordancia con el articulo 2.2.1.2.1.4.8 del decreto 1082 de 2015 según se indica en la solicitud de adquisición y en los estudios previos, así:
“(…) De conformidad con la documentación aportada por VERTIV COLOMBIA S.A.S., se acredita la calidad de representante exclusivo para el territorio de la República de Colombia de la marca LIEBERT, conforme a la certificación expedida el 7 de abril de 2022 expedida por Robert M. Wolfe, en su condición de Vice President, General Counsel – Global Corporate Legal de VERTIV GROUP CORPORATION.
En la referida certificación se indica expresamente: (…) “Exclusividad: Vertiv Group Corporation declara que las entidades de Vertiv Latinoamérica son entidades exclusivas y debidamente autorizadas para proveer los servicios —tales como instalación, puesta en marcha, puesta en servicio, mantenimiento, entre otros— y los productos en sus respectivos países (…). La presente declaración tendrá una vigencia de cinco (5) años contados a partir de la fecha de su emisión”.
La información anterior fue ratificada mediante correo electrónico del día 28 de enero de 2026, enviado por el Gerente de Ventas para el territorio de Colombia, Venezuela y Ecuador José Gregorio Borges S., quien manifestó: “(…) Aclaramos que a la fecha la cer tificación de exclusividad adjunta permanece vigente por cuanto la misma fue suscrita el 7 de abril de 2022 y su vigencia es por un período de 5 años es decir hasta abril 6 de 2027. Con base en lo anterior permanece vigente lo indicado en cuanto a la
vigente por cuanto la misma fue suscrita el 7 de abril de 2022 y su vigencia es por un período de 5 años es decir hasta abril 6 de 2027. Con base en lo anterior permanece vigente lo indicado en cuanto a la exclusividad en prestación de servicios a equipos UPSs marca VERTIV de la base instalada actualmente en la Entidad.(…)”.
Así mismo, en la certificación declara que Vertiv Group Corporation es propietaria de las marcas “Avocent, Geist, Liebert, NetSure and Vertiv”.
El acta del 9 de diciembre de 2024 formaliza el consentimiento de los accionistas y directores de Vertiv Corporation y Vertiv Intermediate Holding II Corporation. En ella, Robert M. Wolfe es elegido director de Vertiv Corporation. Adicionalmente, se le nom bra Vicepresidente y Secretario de Vertiv Corporation, y como Funcionario, Vicepresidente, Asesor Jurídico General y Secretario de Vertiv Intermediate Holding No. 924 Fecha: 2026-01-30RESOLUCIÓN NÚMERO de Hoja No3.
Por la cual se justifica la contratación directa para el “SERVICIO DE MANTENIMIENTO
INTEGRAL PREVENTIVO Y CORRECTIVO CON INCLUSIÓN DE REPUESTOS PARA LAS
UPS MARCA LIEBERT DE LA DIAN".
Información Pública Clasificada II Corporation. Su firma también figura en los consentimientos de los directores de ambas corporaciones.
De acuerdo con lo anterior, se solicitó oferta formal mediante correo electrónico del 19 de noviembre de 2025 a la firma VERTIV COLOMBIA S.A.S , adjuntando la necesidad, el objeto, obligaciones contractuales requeridas y demás condiciones que se exigirán al contratista, detalladas en el presente estudio previo.
2025 a la firma VERTIV COLOMBIA S.A.S , adjuntando la necesidad, el objeto, obligaciones contractuales requeridas y demás condiciones que se exigirán al contratista, detalladas en el presente estudio previo.
VERTIV COLOMBIA SAS, presentó Propuesta Servicio De Mantenimiento Preventivo Y Correctivo Para las UPS marca LIEBERT, con fecha 15 de enero de 2026, adjuntando además los documentos que justifican su contratación directa.
El día 21 de enero de 2026, a través de una mesa de trabajo mediante la plataforma teams, se realizó una solicitud de actualización del requerimiento, ratificado por correo electrónico el día 23 de enero de
2026. La firma VERTIV COLOMBIA S.A.S presentó la oferta No. CO -CO-25-2123-0 mediante correo electrónico del 23/01/2026, realizando los ajustes correspondientes.
Revisada la oferta de VERTIV COLOMBIA S.A.S, la Subdirección de Infraestructura Tecnológica y de Operaciones, concluyó que cumple con las condiciones requeridas para la ejecución del objeto y las obligaciones contractuales requeridas, de acuerdo con la causal de contratación directa citada.
En consecuencia, se recomienda al ordenador del gasto su contratación para atender la necesidad de prestar los servicios de mantenimiento de las UPS marca Liebert de la Entidad a nivel nacional. Teniendo en cuenta que la firma VERTIV COLOMBIA S.A.S ., identificada con el Nit. 800.252.589 -9, es el representante exclusivo para el territorio de Colombia de la marca LIEBERT, tal como consta en la certificación anexa al presente documento, expedida por Robert M. Wolfe de VERTIV GROUP
representante exclusivo para el territorio de Colombia de la marca LIEBERT, tal como consta en la certificación anexa al presente documento, expedida por Robert M. Wolfe de VERTIV GROUP CORPORATION de fecha 7 de abril de 2022, se acredita la causal de contratación directa.
Por lo anterior, la Subdirectora de Infraestructura Tecnológica y de Operaciones , mediante Formato FT-FI-2617 “Solicitud de Adquisición”, justifica la contratación directa con la firma VERTIV COLOMBIA S.A.S., identificada con el Nit. 800.252.589 -9 y recomienda al ordenador del gasto su contratación para atender la necesidad descrita anteriormente.(…)”
Que, el valor estimado del contrato será hasta por QUINIENTOS SETENTA Y SEIS MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL TRECIENTOS DIECISIETE PESOS ($ 576.474.317) M/CTE, incluido el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.), cuando a ello hubiere lugar y demás impuestos, tasas, contribuciones de carácter nacional y/o municipal de carácter legal, costos directos e indirectos. La determinación del valor estimado del contrato se e fectúa con base en la oferta presentada por
VERTIV COLOMBIA SAS NIT 800.252.589-9, así:
Ítem Descripción Cant. Medida Valor Unitario Incluido IVA Valor Total Incluido IVA 1 Tres (3) rutinas de mantenimientos preventivos para 92 UPS marca LIEBERT con sus respectivos bancos de baterías, conforme el anexo de especificaciones técnicas. 1 UN $533,772,516 $533,772,516 2 Bolsa de dinero para mantenimientos correctivos (repuestos, accesorios e
con sus respectivos bancos de baterías, conforme el anexo de especificaciones técnicas. 1 UN $533,772,516 $533,772,516 2 Bolsa de dinero para mantenimientos correctivos (repuestos, accesorios e insumos). 1 UN $42,701,801 $42,701,801 Valor Total, Incluido IVA $576,474,317
El valor del presupuesto se encuentra cubierto por el certificado de disponibilidad presupuestal No. 16726 de fecha 28 de enero de 2026.
El presupuesto oficial para el Proceso de selección se distribuye así:
No. 924 Fecha: 2026-01-30RESOLUCIÓN NÚMERO de Hoja No4.
Por la cual se justifica la contratación directa para el “SERVICIO DE MANTENIMIENTO
INTEGRAL PREVENTIVO Y CORRECTIVO CON INCLUSIÓN DE REPUESTOS PARA LAS
UPS MARCA LIEBERT DE LA DIAN".
Información Pública Clasificada Rubro Descripción Línea del PAA
A-02-02-02-008007
SERVICIOS DE MANTENIMIENTO, REPARACIÓN E
INSTALACIÓN (EXCEPTO SERVICIOS DE CONSTRUCCIÓN) 127
Que, los estudios previos pueden ser consultados en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública - SECOP II www.colombiacompra.gov.co y en la Subdirección de Compras y Contratos de la DIAN, ubicada en la Carrera 7 No. 6C-54 piso 8º, Edificio Sendas, en Bogotá, D.C.
En mérito de lo anterior.
RESUELVE
ubicada en la Carrera 7 No. 6C-54 piso 8º, Edificio Sendas, en Bogotá, D.C.
En mérito de lo anterior.
RESUELVE
ARTICULO PRIMERO. Declarar que se encuentra justificada la causal de contratación directa del Proceso de Contratación No. CD-00-040-2026 publicado en SECOP II , para el SERVICIO DE MANTENIMIENTO INTEGRAL PREVENTIVO Y CORRECTIVO CON INCLUSIÓN DE REPUESTOS PARA LAS UPS MARCA LIEBERT DE LA DIAN , de conformidad con lo dispuesto en el literal i) del numeral 4 del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007, artículo 2.2.1.2.1.4.11 del Decreto 1082 de 2015 y la parte motiva de este acto.
ARTICULO SEGUNDO: Ordenar la publicación del presente acto administrativo en SECOP II y en la página web de la UAE-DIAN www.dian.gov.co, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a su expedición, en cumplimiento del artículo 2.2.1.1.1.7.1. del Decreto 1082 de 2015 y artículo 10 de la Ley 1712 de 2014.
ARTÍCULO TERCERO: Contra la presente resolución no procede recurso, de conformidad con el artículo 75 de la Ley 1437 de 2011, por ser un acto de trámite.
ARTÍCULO CUARTO: La presente resolución rige a partir de su publicación en SECOP II.
Para constancia se firma en Bogotá, D.C.,
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
DIANA ESPERANZA RAMIREZ CASTAÑO
Subdirectora de Compras y Contratos
Para constancia se firma en Bogotá, D.C.,
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
DIANA ESPERANZA RAMIREZ CASTAÑO
Subdirectora de Compras y Contratos
Revisó: Stev Leonardo Torres Cristancho, Gestor II, Subdirección de Compras y Contratos Proyectó: Dora Consuelo Gonzalez Villamil – Gestor IV – Subdirección de Compras y Contratos.
No. 924 Fecha: 2026-01-30