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DIAN - Resolución 001081 de 2026

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 001081 de 2026
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2026

Información Pública Clasificada

RESOLUCIÓN NÚMERO

( )

"Por la cual se habilita, de manera excepcional, el trabajo en casa para los servidores públicos de la Dirección seccional de Aduanas de Cali por el día 6 de agosto de 2026 y se dictan otras disposiciones" Cod. 9882

EL DIRECTOR SECCIONAL DE ADUANAS DE CALI (A)

En ejercicio de las facultades legales, reglamentarias y en especial las delegadas en el numeral 9° del artículo 3° de la Resolución 000084 del 27 de agosto de 2021 y,

C O N S I D E R A N D O:

Que, la Ley 2088 de 2021 reguló la habilitación de trabajo en casa como una forma de prestación del servicio en situaciones ocasionales, excepcionales o especiales, que se presenten en el marco de una relación laboral, legal y reglamentaria con el Estado o con el sector privado, sin que conlleve variación de las condiciones laborales establecidas o pactadas al inicio de la relación laboral.

Que mediante la Resolución 000035 del 15 de marzo del 2022, la UAE Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN, habilitó el trabajo en casa como forma transitoria de prestación del servicio en situaciones ocasionales, excepcionales o especiales, dictó lineamientos generales para su aplicación y delegó funciones a los Directores Seccionales del nivel local.

Que mediante la Resolución 00663 del 16 de mayo del 2019, el Director Seccional de Aduanas de Cali estableció el horario laboral y de atención al público en la Dirección Seccional de Aduanas de Cali.

Que mediante la Resolución 00663 del 16 de mayo del 2019, el Director Seccional de Aduanas de Cali estableció el horario laboral y de atención al público en la Dirección Seccional de Aduanas de Cali.

Que mediante la Resolución 000580 del 31 de marzo de 2022 corregida y adicionada por las Resoluciones 000536 del 26 de abril del 2023 y 000786 del 15 de junio de 2023, el Director Seccional de Aduanas de Cali estableció la jornada de trabajo por el sistema de turnos en la Dirección Seccional de Aduanas de Cali.

Que las autoridades distritales de la ciudad de Santiago de Cali han informado la ejecución de operativos especiales de movilidad, controles viales, restricciones de circulación y cierres en sectores estratégicos de la ciudad desde el día 6 de agosto de 2026, con ocasión de la llegada de delegaciones nacionales e internacionales y el desarrollo de las actividades preparatorias del acto de posesión presidencial.

No. 1081

Fecha: 2026-08-05RESOLUCIÓN NÚMERO 000714 del Hoja No. 2

Continuación de la Resolución: “Por la cual se habilita, de manera excepcional, el trabajo en casa para los servidores públicos de la Dirección seccional de Aduanas de Cali por el día 6 de agosto de 2026 y se dictan otras disposiciones” ________________________________________________________________________

Información Pública Clasificada Que las medidas de seguridad, los cierres viales y las restricciones a la movilidad antes descritas configuran una situación excepcional que podrían afectar la seguridad e integridad personal, así como el desplazamiento de determinados servidores públicos hacia sus sedes habituales de trabajo,

Que las medidas de seguridad, los cierres viales y las restricciones a la movilidad antes descritas configuran una situación excepcional que podrían afectar la seguridad e integridad personal, así como el desplazamiento de determinados servidores públicos hacia sus sedes habituales de trabajo, comprometiendo la continuidad en la prestación del servicio de la Dirección Seccional de Aduanas de Cali, motivo por el cual, resulta pertinente adoptar medidas preventivas orientadas a preservar su integridad y garan tizar la continuidad del servicio mediante la habilitación del trabajo en casa durante el día seis (6) de agosto de 2026 con especial fundamento en el artículo 7 de la Ley 2088 de 2021.

Que la referida habilitación de trabajo en casa está dirigida para los servidores publicos de la Dirección Seccional de Aduanas de Cali cuyas funciones sean sus ceptibles de ser desarrolladas bajo dicha modalidad de trabajo.

Que, en todo caso, se requiere mantener la atención presencial en aquellas dependencias que por la naturaleza de sus funciones deban garantizar la continuidad del servicio a los usuarios y ciudadanos.

Que, en mérito de lo expuesto,

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1°. HABILITACIÓN DE TRABAJO EN CASA. Habilitar el trabajo en casa por el día seis (06) de agosto de 2026 para los servidores públicos de la Dirección Seccional de Aduanas de Cali cuyas funciones sean susceptibles de ser desarrolladas bajo dicha modalidad de trabajo.

ARTÍCULO 2°. ALCANCE DE LA HABILITACIÓN. Corresponderá a los jefes inmediatos de los Despachos, Divisiones y Grupos Internos de Trabajo de la Dirección

desarrolladas bajo dicha modalidad de trabajo.

ARTÍCULO 2°. ALCANCE DE LA HABILITACIÓN. Corresponderá a los jefes inmediatos de los Despachos, Divisiones y Grupos Internos de Trabajo de la Dirección Seccional de Aduanas de Cali determinar los servidores públicos a quienes se aplicará la habilitación del trabajo en casa prevista en el artícul o anterior, teniendo en cuenta que las funciones propias de sus empleos sean susceptibles de desarrollarse bajo dicha modalidad y que se garantice la continuidad en la prestación del servicio.

PARAGRAFO 1°. JORNADA DE TRABAJO. La modalidad de trabajo en casa se desarrollará en las mismas condiciones laborales que el trabajo presencial, en tal sentido la jornada laboral se debe desarrollar dentro de los horarios establecidos.

ARTÍCULO 3°. ELEMENTOS DE TRABAJO. Los jefes de l os Despachos, Divisiones y Grupos Internos de Trabajo deberán coordinar con sus colaboradores, la disposición de los elementos de trabajo (instrumentos, equipos y demás herramientas), y se acordará si serán provistos por el servidor público o conforme con los recursos que tenga dis ponibles la Dirección Seccional de Aduanas de Cali. No. 1081 Fecha: 2026-08-05RESOLUCIÓN NÚMERO 000714 del Hoja No. 3

Continuación de la Resolución: “Por la cual se habilita, de manera excepcional, el trabajo en casa para los servidores públicos de la Dirección seccional de Aduanas de Cali por el día 6 de agosto de 2026 y se dictan otras disposiciones” ________________________________________________________________________

Información Pública Clasificada

servidores públicos de la Dirección seccional de Aduanas de Cali por el día 6 de agosto de 2026 y se dictan otras disposiciones” ________________________________________________________________________

Información Pública Clasificada

PARAGRAFO 1°. En caso de que los equipos sean provistos por la Seccional, los funcionarios públicos serán responsables del cuidado, destinación y custodia de estos, en caso de daño o mal uso, el servidor deberá asumir la responsabilidad de lo ocurrido. Para el efecto, se suscribirá entre las partes un formato que además de las características del equipo en el cual se indicarán las condiciones en las que se entrega.

PARAGRAFO 2°. Es responsabilidad de todo servidor público preservar la privacidad de la información por la que, ante el uso inadecuado, el servidor público será responsable por el mal manejo de la información.

ARTÍCULO 4°. LUGAR DE TRABAJO EN CASA. La prestación del servicio de los funcionarios habilitados para el trabajo en casa se llevará a cabo en el domicilio registrado por el servidor público en Mi portal – Kactus. Cualquier modificación de la dirección deberá ser registrada por el servidor público en el mismo aplicativo.

ARTÍCULO 5°. MODIFICAR por el día seis (06) de agosto de 2026 el horario laboral de los servidores públicos adscritos a la División de Servicio al Ciudadano y Grupo Interno de Trabajo de Documentación de la Dirección Seccional de Aduanas de Cali que deban prestar presencialmente el servicio, estableciendo el horario laboral de 07:00 a.m. a 03:00 p.m. en jornada continua.

PARAGRAFO 1°. La atención a la ciudadanía y la radicación de documentos deberán

laboral de 07:00 a.m. a 03:00 p.m. en jornada continua.

PARAGRAFO 1°. La atención a la ciudadanía y la radicación de documentos deberán garantizarse de manera presencial.

ARTÍCULO 6°. MODIFICAR por el día seis (06) de agosto de 2026 el horario laboral de los servidores públicos de la Dirección Seccional de Aduanas de Cali a los que no les es susceptible desarrollar sus funciones bajo la modalidad de trabajo en casa y por tanto, deben ejercer sus funciones presencialmente, estableciendo el horario laboral de 07:00 a.m. a 03:00 p.m. en jornada continua.

ARTÍCULO 7°. CONTINUIDAD DEL SERVICIO . Los servidores públicos de la Dirección seccional de Aduanas de Cali cuya jornada laboral se encuentra establecida por el sistema de turnos conforme a las Resoluciones: 580 de 2022, 536 de 2023 y 786 de 2023 deberán garantizar la continuidad de la presta ción del servicio bajo las disposiciones de tales actos administrativos.

ARTÍCULO 8°. RESPONSABILIDAD DE LOS JEFES INMEDIATOS. Los jefes inmediatos serán responsables de garantizar el cumplimiento del horario de trabajo por parte de los funcionarios a su cargo. No. 1081 Fecha: 2026-08-05RESOLUCIÓN NÚMERO 000714 del Hoja No. 4

Continuación de la Resolución: “Por la cual se habilita, de manera excepcional, el trabajo en casa para los servidores públicos de la Dirección seccional de Aduanas de Cali por el día 6 de agosto de 2026 y se dictan otras disposiciones” ________________________________________________________________________

servidores públicos de la Dirección seccional de Aduanas de Cali por el día 6 de agosto de 2026 y se dictan otras disposiciones” ________________________________________________________________________

Información Pública Clasificada

ARTÍCULO 9°. COMUNICAR a través de la División de Talento Humano por medio del buzón <comunicaciones_cali_adu@dian.gov.co>, el contenido de la presente Resolución a los correos institucionales de los servidores públicos de la Dirección Seccional de Aduanas de Cali.

ARTÍCULO 10°. PUBLICAR la presente Resolución en la página web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIANy en un lugar visible al público de la Dirección Seccional de Aduanas de Cali.

ARTÍCULO 11º. VIGENCIA La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE,

Dada en Santiago de Cali, a los cinco (05) días del mes de agosto de 2026

JORGE LUCIANO BEDOYA CADAVID Director Seccional de Aduanas de Cali (A)

Aprobó: Diana Carolina Ramírez Molano – Jefe de la División de Talento Humano de la DSA Cali (A) Revisó: Elizabeth Guerrero Escalante – Gestor IV 304 04 - Despacho Revisó: Walther Alonso Bernal Peña – Gestor IV 304 04 – División de Talento Humano Proyectó: Julián Felipe Cano Leiton – Gestor I 301 01 - División de Talento Humano No. 1081 Fecha: 2026-08-05

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