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DIAN - Resolución 001085 de 2026

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 001085 de 2026
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2026

R E S O L U C I O N NUMERO 001085 DEL 18 DE AGOSTO DE 2026

Por la cual se modifica el horario de trabajo de la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas Nacionales de Sincelejo

El DIRECTOR SECCIONAL DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES DE

SINCELEJO (A)

De conformidad con las facultades delegadas mediante el artículo 3° de la Resolución número 000084 del 27 de agosto de 2021 y el artículo 4° de la resolución número 008559 del 16 de junio de 2026 y

C O N S I D E R A N D O

Que el numeral 2 del artículo 7 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo contencioso Administrativo, establece que la administración deberá garantizar atención personal al público, como mínimo durante cuarenta (40) horas a la semana.

Que, a nivel nacional los directores Seccionales tendrán la potestad de fijar el horario de entrada y salida que consideren apropiado, de acuerdo con las cargas de trabajo, las necesidades del servicio y en especial garantizando la debida atención al público.

Que, en virtud de lo anterior, se hace necesario establecer un horario de trabajo para los funcionarios de esta Seccional, que se ajuste a lo expuesto en la parte considerativa del presente acto administrativo, como en efecto se dispondrá.

Por lo anterior, el Director Seccional de Impuestos y Aduanas de Sincelejo (A)

R E S U E L V E:

ARTICULO 1º.- A partir de la fecha de vigencia de la presente resolución, establecer los siguientes horarios de trabajo en la dirección seccional de impuestos y aduanas de Sincelejo de lunes a viernes, en jornada continua:

ARTICULO 1º.- A partir de la fecha de vigencia de la presente resolución, establecer los siguientes horarios de trabajo en la dirección seccional de impuestos y aduanas de Sincelejo de lunes a viernes, en jornada continua:

  • 7:00 am a 4:00pm • 7:30am a 4:30pm • 8:00am a 5:00pm

Parágrafo 1. En aras de garantizar la debida prestación del servicio, los servidores públicos previa concertación con sus jefes, inmediatos podrán optar por uno de los horarios establecidos, con la posibilidad de alternarlos, siempre y cuando entre uno y otro cambio tr anscurra al menos seis (6) meses; caso en el cual el servidor público deberá indicar los motivos sustentados que ameriten el cambio de horario.

ARTICULO 2º .- La atención al público en División de Servicio al ciudadano será de 8:00am a 4:00pm.

ARTICULO 3º.- La atención al público en la ventanilla de correspondencia física ubicada en la sede principal (Calle 23 N° 18 -77. Sincelejo), será de 08:00am a 04:00pm.

ARTICULO 4º.-. el horario de madres cabeza de hogar será de 8:00am a 5:00pm. sin embargo, en vista de su condición de madres cabeza de hogar, su jornada laboral iniciara a las 7:30am y culminara a las 4:30pm.Continuación de la Resolución número 001085 del 18/08/2026

ARTICULO 5º. Los funcionarios dispondrán de 1 hora de almuerzo, en turnos coordinado por los

culminara a las 4:30pm.Continuación de la Resolución número 001085 del 18/08/2026

ARTICULO 5º. Los funcionarios dispondrán de 1 hora de almuerzo, en turnos coordinado por los jefes inmediatos, asegurando que durante toda la jornada laboral se garantice la oportuna atención y prestación del servicio.

ARTICULO 6°. – Todos los servidores públicos de la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas Nacionales de Sincelejo serán responsables del cumplimiento del horario establecido y tanto jefes de División como el jefe de grupo interno de Trabajo son responsables de implementar los controles necesarios para garantizar la debida prestación del servicio.

ARTICULO 7°. – La presente resolución rige a partir del 19 de agosto 2026.

COMUNÍQUESE Y CUMPLASE

YESSID ALFREDO BERRIO MARTINEZ Director Seccional de Impuesto y Aduanas de Sincelejo (A)

Proyecto: Arnold Martinez Gil

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