🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

DIAN - Resolución 001112 de 2026

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
DIAN - Resolución 001112 de 2026
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2026

Información Pública

RESOLUCIÓN NÚMERO

( )

"Por la cual se prorroga hasta el 18 de agosto de 2026 la habilitación de trabajo en casa establecida mediante la Resolución 1089 del 10 de agosto de 2026 y se dictan otras disposiciones" Cod. 9882

EL DIRECTOR SECCIONAL DE ADUANAS CALI (A)

En uso de las facultades legales y en especial las dispuestas por los artículos 7, 8, 9 y 10 del Decreto 0927 del 7 de junio 2023 y en ejercicio de las facultades legales conferidas por el artículo 70 del Decreto 1742 de 2020 y el numeral 3 del artículo 3 de la Resolución 000084 de 2021 y,

C O N S I D E R A N D O

Que, de acuerdo con el artículo 2 de la Ley 1523 de 2012 "(...) La gestión del riesgo es responsabilidad de todas las autoridades y de los habitantes del territorio colombiano (...)".

Que, la Ley 2088 de 2021 reguló la habilitación de trabajo en casa como una forma de prestación del servicio en situaciones ocasionales, excepcionales o especiales, que se presenten en el marco de una relación laboral, legal y reglamentaria con el Estado o con el sector privado, sin que conlleve variación de las condiciones laborales establecidas o pactadas al inicio de la relación laboral.

Que el Gobierno Nacional mediante el Decreto 1171 de 2026 declaró la situación de desastre de carácter nacional a causa del movimiento telúrico ocurrido en el territorio nacional durante el día 10 de agosto de 2026 en diferentes departamentos, dentro de los cuales se encuentra el departamento del Valle del Cauca.

carácter nacional a causa del movimiento telúrico ocurrido en el territorio nacional durante el día 10 de agosto de 2026 en diferentes departamentos, dentro de los cuales se encuentra el departamento del Valle del Cauca.

Que mediante la Resolución 000035 del 15 de marzo del 2022, la UAE Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN, habilitó el trabajo en casa como forma transitoria de prestación del servicio en situaciones ocasionales, excepcionales o especiales, dictó lineamientos generales para su aplicación y delegó funciones a los Directores Seccionales del nivel local.

Que mediante la Resolución 00663 del 16 de mayo del 2019, el Director Seccional de Aduanas de Cali estableció el horario laboral y de atención al público en la Dirección Seccional de Aduanas de Cali.

Que mediante la Resolución 000580 del 31 de marzo de 2022 corregida y adicionada por las Resoluciones 000536 del 26 de abril del 2023 y 000786 del 15 de junio de 2023, el Director Seccional de Aduanas de Cali estableció la jornada de trabajo por el sistema de turnos en la Dirección Seccional de Aduanas de Cali. No. 1112

Fecha: 2026-08-17RESOLUCIÓN NÚMERO de Hoja No. 2

Continuación de la Resolución “Por la cual se prorroga hasta el 18 de agosto de 2026 la habilitación de trabajo en casa establecida mediante la Resolución 1089 del 10 de agosto de 2026 y se dictan otras disposiciones” _______________________________________________________________________________

Información Pública

Que el día 10 de agosto de 2026 se presentó un fuerte sismo con epicentro en San José del Palmar, Chocó, evento que fue sentido en diferentes zonas del país, incluida la ciudad de

_______________________________________________________________________________

Información Pública

Que el día 10 de agosto de 2026 se presentó un fuerte sismo con epicentro en San José del Palmar, Chocó, evento que fue sentido en diferentes zonas del país, incluida la ciudad de Santiago de Cali.

Que, atendiendo las recomendaciones de las autoridades nacionales competentes en materia de gestión del riesgo de desastres, relacionadas con la evacuación de edificaciones, la revisión de posibles daños estructurales y la adopción de medidas preventivas, mediante la Resolución 1089 del 10 de agosto de 2026 se habilitó, de manera excepcional y preventiva, el trabajo en casa para los servidores públicos de la Dirección Seccional de Aduanas de Cali cuyas funciones fueran susceptibles de ser desarrolladas bajo dicha modalidad, durante el periodo comprendido entre el 10 y el 14 de agosto de 2026.

Que, en desarrollo de las acciones posteriores al evento sísmico, una comisión conformada por ingenieros y arquitectos del Nivel Central de la U.A.E DIAN realizó la inspección física y estructural de las edificaciones de la Dirección Seccional de Aduanas de Cali, con el propósito de verificar las condiciones de las instalaciones.

Que, de acuerdo con la información técnica comunicada a esta Dirección Seccional por los profesionales que realizaron la inspección, no se evidenciaron afectaciones estructurales que comprometieran el uso de las edificaciones ni la seguridad de los servidores públicos.

Que, con fundamento en la información técnica comunicada a la Dirección Seccional, se informó a los servidores públicos que el retorno a las labores presenciales en las diferentes sedes de la Seccional se realizaría a partir del día 18 de agosto de 2026.

Que, con fundamento en la información técnica comunicada a la Dirección Seccional, se informó a los servidores públicos que el retorno a las labores presenciales en las diferentes sedes de la Seccional se realizaría a partir del día 18 de agosto de 2026.

Que dentro del desarrollo del proceso de verificación de las condiciones de las edificaciones se encontraba prevista la radicación del documento técnico correspondiente a la inspección realizada por la comisión de ingenieros y arquitectos del Nivel Central.

Que dicho trámite documental no alcanzó a culminarse dentro del término inicialmente previsto, por lo cual, a la fecha de expedición del presente acto administrativo, se encuentra pendiente la radicación y formalización del documento técnico correspondiente.

Que, en consideración a lo anterior, y con el propósito de culminar esta etapa documental, resulta necesario mantener de manera excepcional y preventiva la modalidad de Trabajo en Casa durante la jornada laboral del día 18 de agosto de 2026.

Que la presente medida se adopta con fundamento en el estado del trámite de formalización de la documentación técnica derivada de la inspección realizada, y no obedece a la comunicación de nuevos hallazgos o afectaciones estructurales en las edificaciones de la Dirección Seccional de Aduanas de Cali.

Que la prórroga de la medida debe garantizar, durante su vigencia, la continuidad de la prestación del servicio, el cumplimiento de la jornada laboral, las disposiciones relacionadas con el sistema de turnos y las responsabilidades de los jefes inmediatos establecidas en la Resolución 1089 del 10 de agosto de 2026.

No. 1112 Fecha: 2026-08-17RESOLUCIÓN NÚMERO de Hoja No. 3

10 de agosto de 2026.

No. 1112 Fecha: 2026-08-17RESOLUCIÓN NÚMERO de Hoja No. 3

Continuación de la Resolución “Por la cual se prorroga hasta el 18 de agosto de 2026 la habilitación de trabajo en casa establecida mediante la Resolución 1089 del 10 de agosto de 2026 y se dictan otras disposiciones” _______________________________________________________________________________

Información Pública Que, en mérito de lo expuesto,

R E S U E L V E

ARTÍCULO 1°. PRÓRROGA DE LA HABILITACIÓN DE TRABAJO EN CASA. Prorrogar hasta el día dieciocho (18) de agosto de 2026 la excepcional habilitación de trabajo en casa establecida mediante la Resolución 1089 del 10 de agosto de 2026, para los servidores públicos de la Dirección Seccional de Aduanas de Cali cuyas funciones sean susceptibles de ser desarrolladas bajo dicha modalidad de trabajo.

ARTÍCULO 2°. ALCANCE DE LA PRÓRROGA. Durante la jornada laboral del 18 de agosto de 2026 continuarán aplicándose las disposiciones establecidas en la Resolución 1089 del 10 de agosto de 2026, que resulten compatibles con la presente prórroga.

ARTÍCULO 3°. COMUNICAR. Comunicar a través de la División de Talento Humano por medio del buzón comunicaciones_cali_adu@dian.gov.co, el contenido de la presente Resolución a los correos institucionales de los servidores públicos de la Dirección Seccional de Aduanas de Cali.

ARTÍCULO 4°. PUBLICAR. Publicar la presente Resolución en la página web de la

de la presente Resolución a los correos institucionales de los servidores públicos de la Dirección Seccional de Aduanas de Cali.

ARTÍCULO 4°. PUBLICAR. Publicar la presente Resolución en la página web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIANy en un lugar visible al público de la Dirección Seccional de Aduanas de Cali.

ARTÍCULO 5°. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de l día dieciocho (18) de agosto de 2026.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE,

Dado en Santiago de Cali, a los diecisiete (17) días del mes de agosto de 2026.

JORGE LUCIANO BEDOYA CADAVID Director Seccional de Aduanas de Cali (A)

Revisó: Julián Felipe Cano Leitón, Gestor I 301 01 – División de Talento Humano Proyectó: Diana Carolina Ramírez Molano – jefe de la División de Talento Humano (A) No. 1112 Fecha: 2026-08-17

Consultar sobre este documento ...