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DIAN - Resolución 001977 de 08-04-2026

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 001977 de 08-04-2026
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario, Aduanero y Cambiario
Año

Información Pública Clasificada

RESOLUCIÓN NÚMERO 001977 (8 de abril de 2026)

“Por la cual se declaran administrativamente hábiles los días 11, 18 y 25 de abril de 2026, y se amplía el horario laboral para los funcionarios de la División de Recaudo y Cobranzas de la Dirección Seccional de Impuestos de Cali”

EL DIRECTOR DE LA SECCIONAL DE IMPUESTOS DE CALI (A)

En uso de las facultades delegadas en el numeral 9 del Artículo 3° de la Resolución N° 000084 del 27 de agosto de 2021, el artículo 1° de la Resolución 004548 del 06 de abril de 2026, y

CONSIDERANDO

Que, mediante correo electrónico institucional del 1 de abril de 2026, la Jefe de la División de Recaudo y Cobranzas asignada, Paula Andrea Uribe Campeon, solicitó establecer como días hábiles los sábados 11, 18 y 25 de abril de 2026 , y ampliar el horario laboral entre las 8:00 a.m. y las 3:00 p.m. a todos los funcionarios de la División de Recaudo y Cobranzas, con el propósito de avanzar en la generación de actuaciones relacionadas con la gestión de cartera.

Que, mediante el numeral 9 del Artículo 3° de la Resolución N°000084 del 27 de agosto de 2021, el Director General de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), delegó a los Directores Seccionales Locales y en los Directores Seccionales Delegados, la facultad de establecer el horario de trabajo en su respectiva Dirección Seccional, de conformidad con las necesidades

delegó a los Directores Seccionales Locales y en los Directores Seccionales Delegados, la facultad de establecer el horario de trabajo en su respectiva Dirección Seccional, de conformidad con las necesidades del servicio, garantizando el mínimo de tiempo laboral vigente y el horario de atención al público.

Que, por lo anterior, la Dirección Seccional de Impuestos de Cali, es competente para proferir el presente acto administrativo.

Que, en mérito de lo anterior,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º. Declarar administrativamente como día hábil, los sábados 11, 18 y 25 de abril de 2026 , para todos los funcionarios ubicados en la División de Recaudo y Cobranzas de la Dirección Seccional de Impuestos de Cali.

ARTÍCULO 2° Como consecuencia de lo anterior , ampliar el horario laboral entre las 8:00 a.m. y las 3:00 p.m. los sábados 11, 18 y 25 de abril de 2026, para todos los funcionarios ubicados en la División de Recaudo y Cobranzas de la Dirección Seccional de Impuestos de Cali .

PARÁGRAFO: La anterior ampliación del horario laboral, aplica para los servidores públicos que no se encuentren en ninguna situación administrativa.

ARTÍCULO 3º. Comunicar, a través de la División de Talento Humano, el contenido de la presente resolución a los correos institucionales de los servidores públicos de la Dirección Seccional de Impuestos de Cali.

ARTÍCULO 4º. Publicar la presente resolución en la página web de la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas, y en un lugar visible al público de la Dirección Seccional de Impuestos de Cali.

ARTÍCULO 4º. Publicar la presente resolución en la página web de la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas, y en un lugar visible al público de la Dirección Seccional de Impuestos de Cali.

ARTÍCULO 5º. La presente resolución rige únicamente los días 11, 18 y 25 de abril de 2026 y se comunica a los servidores públicos de la Dirección Seccional de Impuestos de Cali, para su conocimiento y cumplimiento.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Santiago de Cali, a los 8 días del mes de abril de 2026

RUBEN DARIO LIS MUÑOZ Director de la Seccional de Impuestos de Cali (A)

Aprobó: Stefanny Ortega Puente – Jefe División de Talento Humano

Revisó: Víctor Manuel Carabali Gonzalez – Gestor II

Proyectó: Carlos Cesar Guerra Manrique – Analista III

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