DIAN - Resolución 003283 de 2026
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 003283 de 2026
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2026
Información Pública Clasificada
RESOLUCIÓN NÚMERO 003283 (30 de julio de 2026)
“Por la cual se realiza una ampliación de horario en la Dirección Seccional de Impuestos de Cali”
EL DIRECTOR DE LA SECCIONAL DE IMPUESTOS DE CALI (A)
De conformidad con las facultades delegadas en el numeral 9 del Artículo 3° de la Resolución N° 000084 del 27 de agosto de 2021, el Artículo 2° de la Resolución 009821 del 09 de julio de 2026, y
CONSIDERANDO
Que, mediante correo electrónico institucional de fecha 29 de julio de 2026, el Jefe de la División de Servicio al Ciudadano, John Jairo Hoyos González, solicitó la autorización para ampliar el horario laboral y de atención al ciudadano de los funcionarios de los Grupos Internos de Trabajo de Servicio al Ciudadano – Cali Centro y Cali Sur, que prestan sus servicios en los Puntos de Contacto Cali Centro, ubicado en la Calle 11 No. 3 -18, Edificio Antiguo BCH, y Cali Sur, ubicado en el Centro Comercial Holguines Trade Center, en atención a los Lineamientos de la Estrategia Institucional de Servicio para Renta Personas Naturales Año Gravable 2025, con el fin de garantizar la atención oportuna de los trámites asociados a los vencimientos para la presentación de la Declaración de Renta de Personas Naturales correspondiente al año gravable 2025, cuya demanda requiere la prestación del servicio en horarios extendidos.
Que la ampliación del horario laboral y de atención al ciudadano se aplicará durante el período comprendido entre el 1 de agosto y el 12 de septiembre de 2026, incluyendo la prestación del servicio
prestación del servicio en horarios extendidos.
Que la ampliación del horario laboral y de atención al ciudadano se aplicará durante el período comprendido entre el 1 de agosto y el 12 de septiembre de 2026, incluyendo la prestación del servicio los días sábados 1, 15, 22 y 29 de agosto de 2026, así como el 5 y 12 de septiembre de 2026.
Punto de contacto Cali Centro Horario de atención al contribuyente: • Lunes a jueves: 7:00 a.m. a 4:00 p.m. (Jornada continua) • Viernes: 7:00 a.m. a 3:00 p.m. (Jornada continua) • Sábados: 8:00 a.m. a 11:00 a.m.
Horario laboral: • Lunes a jueves: 7:00 a.m. a 5:00 p.m. • Viernes: 7:00 a.m. a 4:00 p.m. • Sábados: 8:00 a.m. a 12:00 m.
Punto de contacto Cali Sur Horario de atención al contribuyente: • Lunes a viernes: 7:00 a.m. a 4:00 p.m. (Jornada continua) • Sábados: 8:00 a.m. a 11:00 a.m.
Horario laboral: • Lunes a viernes: 7:00 a.m. a 5:00 p.m. • Sábados: 8:00 a.m. a 12:00 m.
Que, mediante el numeral 9 del Artículo 3° de la Resolución N° 000084 del 27 de agosto de 2021, el Director General de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), delegó a los Directores Seccionales Locales y en los Directores Seccionales Delegados, la
Director General de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), delegó a los Directores Seccionales Locales y en los Directores Seccionales Delegados, la facultad de establecer el horario de trabajo en su respectiva Dirección Seccional, de conformidad con las necesidades del servicio, garantizando el mínimo de tiempo laboral vigente y el horario de atención al público.
Que, por lo anterior, la Dirección Seccional de Impuestos de Cali, es competente para proferir el presente acto administrativo.
Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,RESOLUCIÓN NÚMERO 003283 del 30 de julio de 2026 Hoja 2
Continuación de la Resolución “Por la cual se realiza una ampliación de horario en la Dirección Seccional de Impuestos de Cali” _____________________________________________________________________________
Información Pública Clasificada
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Ampliar el horario de laboral y de atención al ciudadano de los funcionarios del Grupo Interno de Trabajo de Servicio al Ciudadano – Cali Centro, quienes prestan sus servicios en el Punto de Contacto Cali Centro, ubicado en la Calle 11 No. 3 -18, Edificio Antiguo BCH, durante el período comprendido entre el 1 de agosto al 12 de septiembre de 2026, incluyendo los sábados 1, 15, 22 y 29 de agosto 2026, así como el 5 y 12 de septiembre de 2026, conforme al siguiente detalle:
Punto de contacto Cali Centro Horario de atención al contribuyente: • Lunes a jueves: 7:00 a.m. a 4:00 p.m. (Jornada continua)
el 5 y 12 de septiembre de 2026, conforme al siguiente detalle:
Punto de contacto Cali Centro Horario de atención al contribuyente: • Lunes a jueves: 7:00 a.m. a 4:00 p.m. (Jornada continua) • Viernes: 7:00 a.m. a 3:00 p.m. (Jornada continua) • Sábados: 8:00 a.m. a 11:00 a.m.
Horario laboral: • Lunes a jueves: 7:00 a.m. a 5:00 p.m. • Viernes: 7:00 a.m. a 4:00 p.m. • Sábados: 8:00 a.m. a 12:00 m.
ARTÍCULO 2º. Ampliar el horario de laboral y de atención al ciudadano de los funcionarios del Grupo Interno de Trabajo de Servicio al Ciudadano – Cali Sur, quienes prestan sus servicios en el Punto de Contacto Cali Sur, ubicado el Centro Comercial Holguines Trade Center, durante el período comprendido entre el 1 de agosto al 12 de septiembre de 2026, incluyendo los sábados 1, 15, 22 y 29 de agosto 2026, así como el 5 y 12 de septiembre de 2026, conforme al siguiente detalle:
Punto de contacto Cali Sur Horario de atención al contribuyente: • Lunes a viernes: 7:00 a.m. a 4:00 p.m. (Jornada continua) • Sábados: 8:00 a.m. a 11:00 a.m.
Horario laboral: • Lunes a viernes: 7:00 a.m. a 5:00 p.m. • Sábados: 8:00 a.m. a 12:00 m.
Horario laboral: • Lunes a viernes: 7:00 a.m. a 5:00 p.m. • Sábados: 8:00 a.m. a 12:00 m.
ARTÍCULO 3º. Los jefes de los Grupos Internos de Trabajo deberán garantizar el cumplimiento del horario establecido y la adecuada prestación del servicio.
ARTÍCULO 4º. Comunicar, a través de la División de Talento Humano, el contenido de la presente resolución a los correos institucionales de los servidores públicos de la Dirección Seccional de Impuestos de Cali.
ARTÍCULO 5º. Publicar la presente resolución en la página web de la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas y en un lugar visible al público de la Dirección Seccional de Impuestos de Cali.
ARTÍCULO 6º. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Santiago de Cali, a los 30 días del mes de julio de 2026
JAVIER BELTRAN LOSADA Director de la Seccional de Impuestos de Cali (A)
Aprobó: Stefanny Ortega Puente – Jefe División de Talento Humano
Revisó: Alvaro Javier Andrade Izao – Gestor III
Proyectó: Sandra Liliana Reyes Castiblanco – Gestor I