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DIAN - Resolución 003331 de 2026

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 003331 de 2026
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2026

Información Pública

RESOLUCIÓN NÚMERO 003331 (5 de agosto de 2026)

“Por la cual se adopta temporalmente la modalidad de trabajo en casa y se modifica la jornada laboral de los servidores públicos de la Dirección Seccional de Impuestos de Cali”

EL DIRECTOR DE LA SECCIONAL DE IMPUESTOS DE CALI (A)

De conformidad con la Ley 2088 de 2021, la Resolución 000035 del 15 de marzo del 2022, la Resolución N° 000371 del 30 de marzo de 2023, en uso de las facultades delegadas en el numeral 9 del Artículo 3° de la Resolución N° 000084 del 27 de agosto de 2021, el Artículo 2° de la Resolución 009821 del 09 de julio de 2026, y

CONSIDERANDO

Que, la Ley 2088 de 2021 reguló la habilitación de trabajo en casa como una forma de prestación del servicio en situaciones ocasionales, excepcionales o especiales, que se presenten en el marco de una relación laboral, legal y reglamentaria con el Estado o con el sector privado, sin que con lleve variación de las condiciones laborales establecidas o pactadas al inicio de la relación laboral.

Que mediante la Resolución 000035 del 15 de marzo del 2022, la UAE Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN, habilitó el trabajo en casa como forma transitoria de prestación del servicio en situaciones ocasionales, excepcionales o especiales, dic tó lineamientos generales para su aplicación y delegó funciones a los Directores Seccionales del nivel local.

Que, el numeral 9 del artículo 3º de la Resolución 000084 del 27 de agosto de 2021, delegó en los

su aplicación y delegó funciones a los Directores Seccionales del nivel local.

Que, el numeral 9 del artículo 3º de la Resolución 000084 del 27 de agosto de 2021, delegó en los Directores Seccionales y Directores Seccionales Delegados establecer el horario de trabajo en su respectiva Dirección Seccional, de conformidad con las necesidades del servicio, garantizando el cumplimiento del mínimo legal de la jornada laboral vigente y el horario de atención al público.

Que, mediante la Resolución N° 000371 del 30 de marzo de 2023, se estableció el horario laboral de trabajo para los funcionarios de la Dirección Seccional de Impuestos de Cali.

Que las autoridades distritales de Santiago de Cali han informado la ejecución de operativos especiales de movilidad y controles viales en sectores estratégicos de la ciudad desde el día 6 de agosto de 2026, con ocasión de la llegada de delegaciones nacion ales e internacionales y el desarrollo de las actividades preparatorias del acto de posesión presidencial.

Que, en atención a las circunstancias anteriormente descritas, resulta procedente adoptar medidas administrativas transitorias de carácter preventivo orientadas a garantizar el adecuado desarrollo de las actividades institucionales y la continuidad en la prestación del servicio.

Que la modalidad de trabajo en casa constituye un mecanismo excepcional que permite garantizar la continuidad en la prestación del servicio cuando se presentan circunstancias ocasionales, excepcionales o especiales que impiden o dificultan el desarrollo normal de las actividades de manera presencial.

Que, en todo caso, se requiere mantener la atención presencial en aquellas dependencias que por la naturaleza de sus funciones deban garantizar la continuidad del servicio a los usuarios y ciudadanos.

Que, en mérito de lo expuesto,

presencial.

Que, en todo caso, se requiere mantener la atención presencial en aquellas dependencias que por la naturaleza de sus funciones deban garantizar la continuidad del servicio a los usuarios y ciudadanos.

Que, en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º. Autorizar, para el día 6 de agosto de 2026, la prestación del servicio bajo la modalidad de trabajo en casa a los servidores públicos de la Dirección Seccional de Impuestos de Cali cuyas funciones puedan desarrollarse de manera remota y que cuenten con las condiciones técnicas y tecnológicas necesarias para ello, tales como equipo de cómputo, acceso a internet, acceso a la red institucional y disponibilidad para el uso de los aplicativos requeridos para el ejercicio de sus funciones.RESOLUCIÓN NÚMERO 003331 del 5 de agosto de 2026 Hoja 2

Continuación de la Resolución “Por la cual se adopta temporalmente la modalidad de trabajo en casa y se modifica la jornada laboral de los servidores públicos de la Dirección Seccional de Impuestos de Cali” _____________________________________________________________________________

Información Pública PARÁGRAFO 1. Corresponderá a los Jefes de División, y Jefes de Grupo Interno de Trabajo determinar los servidores públicos que podrán desarrollar sus actividades bajo la modalidad de trabajo en casa y verificar el cumplimiento de las condiciones señaladas en el presente artículo.

PARÁGRAFO 2. Los servidores públicos autorizados para desarrollar trabajo en casa deberán permanecer disponibles durante toda la jornada laboral ordinaria, atender oportunamente los correos institucionales, llamadas, reuniones virtuales y demás actividades propias del servicio.

PARÁGRAFO 2. Los servidores públicos autorizados para desarrollar trabajo en casa deberán permanecer disponibles durante toda la jornada laboral ordinaria, atender oportunamente los correos institucionales, llamadas, reuniones virtuales y demás actividades propias del servicio.

ARTÍCULO 2º. Modificar temporalmente, para el día 6 de agosto de 2026, la jornada laboral de los servidores públicos que deban prestar sus servicios de manera presencial en la Dirección Seccional de Impuestos de Cali, estableciendo un horario continuo de trabajo de 7:00 a. m. a 3:00 p. m.

PARÁGRAFO 1. La atención de la ventanilla única de correspondencia de entrada, el día 6 de agosto de 2026, tendrá los siguientes horarios:

1. Ventanilla única de correspondencia virtual corresp_entrada_caliimp@dian.gov.co: de 7:00 a.m. a 3:00 p.m

2. Ventanilla única de correspondencia física: En el horario de 7:00 a.m. a 3:00 p.m. en jornada continua

PARÁGRAFO 2. La atención en los puntos de contacto, el día 6 de agosto de 2026, tendrán los siguientes horarios:

  • Punto de Contacto Cali Centro (calle 11 No. 3-18, Edificio Antiguo BCH): de 7:00 a. m. a 3:00 p. m.
  • Punto de Contacto Cali Sur (CC Holguines Trade Center - Local 126): de 7:00 a. m. a 3:00 p. m.

ARTÍCULO 3º. Los Jefes de División y Jefes de Grupos Internos de Trabajo con personal a cargo deberán garantizar el cumplimiento del horario establecido y la adecuada

7:00 a. m. a 3:00 p. m.

ARTÍCULO 3º. Los Jefes de División y Jefes de Grupos Internos de Trabajo con personal a cargo deberán garantizar el cumplimiento del horario establecido y la adecuada prestación del servicio.

ARTÍCULO 4º. Comunicar, a través de la División de Talento Humano, el contenido de la presente resolución a los correos institucionales de los servidores públicos de la Dirección Seccional de Impuestos de Cali.

ARTÍCULO 5º. Publicar la presente resolución en la página web de la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas y en un lugar visible al público de la Dirección Seccional de Impuestos de Cali.

ARTÍCULO 6º. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y aplica únicamente para el día jueves 6 de agosto de 2026.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Santiago de Cali, a los 5 días del mes de agosto de 2026

JAVIER BELTRAN LOSADA Director de la Seccional de Impuestos de Cali (A)

Aprobó: Stefanny Ortega Puente – Jefe División de Talento Humano

Revisó: Alvaro Javier Andrade Izao – Gestor III

Proyectó: Sandra Liliana Reyes Castiblanco – Gestor I

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