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DIAN - Resolución 003412 de 2026

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 003412 de 2026
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2026

Información Pública

RESOLUCIÓN NÚMERO 003412 (14 de agosto de 2026)

“Por la cual se adopta temporalmente la modalidad de trabajo en casa en la Dirección Seccional de Impuestos de Cali”

EL DIRECTOR DE LA SECCIONAL DE IMPUESTOS DE CALI (A)

De conformidad con la Ley 2088 de 2021, la Resolución No. 000035 del 15 de marzo del 2022, la Resolución No. 000371 del 30 de marzo de 2023, en uso de las facultades delegadas en el numeral 9 del Artículo 3° de la Resolución No. 000084 del 27 de agosto de 2021 concordante con el Artículo 2° de la Resolución 009821 del 09 de julio de 2026, y

CONSIDERANDO

Que, la Ley 2088 de 2021 , reguló la habilitación de trabajo en casa como una forma de prestación del servicio en situaciones ocasionales, excepcionales o especiales, que se presenten en el marco de una relación laboral, legal y reglamentaria con el Estado o con el sector privado, sin que conlleve variación de las condiciones laborales establecidas o pactadas al inicio de la relación laboral.

Que, mediante la Resolución 000035 del 15 de marzo de 2022, la UAE Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN, habilitó el trabajo en casa como forma transitoria de prestación del servicio en situaciones ocasionales, excepcionales o especiales, así como dictó los lineamientos generales para su aplicación y delegó tales funciones a los Directores Seccionales del nivel local.

Que, el numeral 9 del artículo 3° de la Resolución 000084 del 27 de agosto de 2021 , delegó en los

aplicación y delegó tales funciones a los Directores Seccionales del nivel local.

Que, el numeral 9 del artículo 3° de la Resolución 000084 del 27 de agosto de 2021 , delegó en los Directores Seccionales y Directores Seccionales Delegados establecer el horario de trabajo en su respectiva dirección seccional , de conformidad con las necesidades del servicio, garantizando el cumplimiento del mínimo legal de la jornada laboral vigente y el horario de atención al público.

Que, mediante la Resolución N o. 000371 del 30 de marzo de 2023 , se estableció el horario laboral de trabajo para los funcionarios de la Dirección Seccional de Impuestos de Cali.

Que, el día 10 de agosto de 2026 , se presentó un movimiento sísmico en el territorio colombiano, con impacto directo en el distrito de Cali y en diferentes Municipios del Departamento del Valle del Cauca, derivándose de ello afectaciones en la movilidad, evacuaciones preventivas de edificaciones y la necesidad de adelantar verificaciones de las condiciones de seguridad de la infraestructura física dond e se presta el servicio por parte de la Dirección Seccional de Impuestos de Cali.

Que, mediante la Resolución N o.003355 del 10 de agosto de 2026 , se autorizó temporalmente la prestación del servicio bajo la modalidad de trabajo en casa para los servidores públicos de la Dirección Seccional de Impuestos de Cali, durante el periodo comprendido entre los días 10 al 14 de agosto de 2026, como medida preventiva orientada a garantizar la protección del personal de la Entidad y lograr la continuidad en el desarrollo de las labores propias para mantener el servicio.

Que, a la fecha y dado el alcance de las consecuencias del evento sísmico, continúan en proceso las

como medida preventiva orientada a garantizar la protección del personal de la Entidad y lograr la continuidad en el desarrollo de las labores propias para mantener el servicio.

Que, a la fecha y dado el alcance de las consecuencias del evento sísmico, continúan en proceso las actividades de verificación, evaluación y seguimiento de las condiciones de seguridad de toda la infraestructura física donde opera la Dirección Seccional de Impuestos de Cali, con el fin de proceder con la implementación de las medidas correctivas recomendadas por las áreas técnicas competentes, situación que demanda mantener temporalmente mecanismos que reduzcan la presencialidad en las instalaciones de la Entidad, orientados a proteger la integridad de los servidores públicos, contratistas, usuarios y demás personas que acuden presencialmente a nuestros puntos de atención , procurando simultáneamente la continuidad y eficiencia en la prestación del servicio mediante el uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones.

Que, las circunstancias de emergencia derivadas del suceso sísmico ocurrido el 10 de agosto de 2026 y las actividades de verificación de condiciones de seguridad en infraestructura que aún se encuentran en desarrollo en los inmuebles en los cuales la Dirección Seccional de Impuestos de Cali presta sus servicios, constituyen una circunstancia ocasional, excepcional y especial en los términos de la Ley 2088 de 2021 y de la Resolución 000035 del 15 de marzo de 2022, la cual habilita la implementación temporal de la modalidad de trabajo en casa como mecanismo para asegurar la continuidad del servicio público y sobre todo preservar la seguridad de nuestros servidores, colaboradores y usuarios .

Que, en mérito de lo expuesto,RESOLUCIÓN NÚMERO 003412 del 14 de agosto de 2026 Hoja 2

todo preservar la seguridad de nuestros servidores, colaboradores y usuarios .

Que, en mérito de lo expuesto,RESOLUCIÓN NÚMERO 003412 del 14 de agosto de 2026 Hoja 2

Continuación de la Resolución “Por la cual se adopta temporalmente la modalidad de trabajo en casa en la Dirección Seccional de Impuestos de Cali” _____________________________________________________________________________

Información Pública

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º. Autorizar, el día martes 18 de agosto de 2026, la prestación del servicio bajo la modalidad de trabajo en casa para los servidores públicos de la Dirección Seccional de Impuestos de Cali.

PARÁGRAFO 1. La atención de l Grupo Interno de Trabajo de Documentación y la ventanilla única de correspondencia de entrada se prestará de manera presencial , el día 18 de agosto de 2026, en los siguientes horarios:

1. Ventanilla única de correspondencia virtual corresp_entrada_caliimp@dian.gov.co: de 8:00 a.m. a 5:00 p.m.

2. Ventanilla única de correspondencia física: de 8:00 a.m. a 4:00 p.m . en jornada continúa

PARÁGRAFO 2. La atención al público en los puntos de contacto de Servicio al Ciudadano, el día 18 de agosto de 2026, se prestará de manera presencial en los siguientes horarios:

  • Punto de Contacto Cali Centro - Calle 11 No. 3-18, Edificio Antiguo BCH

Atención al público: de 8:00 a. m. a 4:00 p. m. (Jornada continua) Horario laboral: de 8:00 a. m. a 5:00 p. m.

Atención al público: de 8:00 a. m. a 4:00 p. m. (Jornada continua) Horario laboral: de 8:00 a. m. a 5:00 p. m.

  • Punto de Contacto Cali Sur - Centro Comercial Holguines Trade Center, L-126

Atención al público: de 8:00 a. m. a 4:00 p. m. (Jornada continua) Horario laboral: De 8:00 a. m. a 5:00 p. m.

PARÁGRAFO 3. Los Jefes de División y Jefes de Grupos Internos de Trabajo asistirán de manera presencial en las sedes habituales de trabajo.

ARTÍCULO 2º. Los Jefes de División y Jefes de Grupos Internos de Trabajo con personal a cargo deberán realizar el seguimiento al cumplimiento de las actividades asignadas y garantizar la adecuada prestación del servicio durante la medida de trabajo en casa.

ARTÍCULO 3º. Comunicar, a través de la División de Talento Humano, el contenido de la presente resolución a los correos institucionales de los servidores públicos de la Dirección Seccional de Impuestos de Cali.

ARTÍCULO 4º. Publicar la presente resolución en la página web de la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas y en un lugar visible al público de la Dirección Seccional de Impuestos de Cali.

ARTÍCULO 5º. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y aplica únicamente para el día 18 de agosto de 2026.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Santiago de Cali, a los 14 días del mes de agosto de 2026

para el día 18 de agosto de 2026.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Santiago de Cali, a los 14 días del mes de agosto de 2026

JAVIER BELTRAN LOSADA Director de la Seccional de Impuestos de Cali (A)

Aprobó: Stefanny Ortega Puente – Jefe División de Talento Humano

Revisó: Víctor Manuel Carabali Gonzalez – Gestor II

Proyectó: Sandra Liliana Reyes Castiblanco – Gestor I

Vo.Bo.: Stephannya Ossa González-Gestor IIDivisión Jurídica.

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