DIAN - Resolución 003514 de 2025
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 003514 de 2025
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2025
RESOLUCIÓN NÚMERO No. 3514 (24 de julio de 2025)
“Por la cual se modifica temporalmente el horario de trabajo y de atención al público en la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Girardot.”
EL DIRECTOR SECCIONAL DE IMPUESTOS Y ADUANAS DE GIRARDOT (A)
En uso de las facultades legales y en especial a las dispuestas en el decreto 1742 de 2020, el numeral 9 del Artículo 3º de la Resolución No. 000084 del 27 de agosto del 2021, y la Resolución No. 00 2550 del 14 de marzo de 2025, y
CONSIDERANDO
Que de conformidad con el numeral 9 del Artículo 3° de la Resolución 000084 del 27 de agosto de 2021, se delegó a los directores seccionales locales y directores seccionales delegados establecer el horario de trabajo en su respectiva Dirección Seccional, de conformidad con las necesidades del servicio, garantizando el mínimo de tiempo laboral vigente y el horario de atención al público.
Que mediante artículo 1° de la Resolución No. 6205 del 29 de octubre de 2024 el Director Seccional de Impuestos y Aduanas de Girardot, establece tres (3) horarios de trabajo para los funcionarios de la Dirección de Impuestos y Aduanas de Girardot, y median te artículo 1° de la resolución 6942 del 3 de diciembre de 2024 adiciona el artículo 5° a la resolución 6205 de octubre 29 de 2024 donde se establece el horario de atención al público en la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Girardot.
diciembre de 2024 adiciona el artículo 5° a la resolución 6205 de octubre 29 de 2024 donde se establece el horario de atención al público en la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Girardot.
Que el Programa Nacional de Bienestar 2023 -2026, establece el numeral 6.3.5 Eje 5: Identidad y Vocación por el Servicio Público lo siguiente:
Fomento del sentido de pertenencia y la vocación por el servicio público: Este componente hace referencia a aquellas actividades encaminadas a desarrollar el sentido de pertenencia en las servidoras y los servidores públicos respecto de la visión, la misión y los objetivos estratégicos de la entidad, con el propósito de lograr su compromiso, que se sientan identificados con la entidad pública y entiendan la importancia de la labor que desempeñan para prestar un servicio de calidad y eficaz que satisfaga las expectativas de los grupos de interés.
Así mismo, comprende actividades relacionadas con promover la vocación por el servicio público en las servidoras y los servidores públicos en lo que tiene que ver con brindar el mejor servicio y de calidad a los grupos de interés, mejoramiento continuo de las capacidades y competencias propias, así como estar siempre abiertos y abiertas al aprendizaje de nuevos conocimientos, mantener una buena conducta dentro y fuera del horario laboral, poner en práctica de manera constante el respeto tanto con los compañ eros como a quienes prestan atención y motivar a las y los compañeros al constante mejoramiento y al trabajo colaborativo. (Subrayado fuera de texto)
Que, en virtud de lo anterior, el día 30 de julio de 2025, se dispondrá un espacio de celebración y reconocimiento, con el objetivo de fortalecer la identidad institucional y promover la integración y
(Subrayado fuera de texto)
Que, en virtud de lo anterior, el día 30 de julio de 2025, se dispondrá un espacio de celebración y reconocimiento, con el objetivo de fortalecer la identidad institucional y promover la integración y bienestar de los servidores públicos. Esta experiencia busca generar momentos de unión, reflexión y disfrute, que contribuyan al fortalecimiento del sentido de pertenencia y a la consolidación de la cultura organizacional.
En mérito de lo anteriormente expuesto, el Director Seccional de Impuestos y Aduanas de Girardot (A),
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Establecer, para todos los servidores públicos de la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Girardot, el horario de trabajo para el miércoles 30 de julio de 2025, de 7:30am a 12:00m, conforme a las consideraciones establecidas en el presente acto administrativo.
ARTICULO SEGUNDO: Establecer el horario de atención al público en la Dirección Seccional de
Impuestos y Aduanas de Girardot para el miércoles 30 de julio de 2025, de 8:00am a 12:00m.RESOLUCIÓN NÚMERO 3514 del 24/07/2025 Hoja No. 2 de 2
Continuación de la Resolución Por la cual se modifica temporalmente el horario de trabajo y de atención al público en la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Girardot _______________________________________________________________________________
Parágrafo 1: La prestación del servicio de recepción de correspondencia se desarrollará en el horario habitual, de 8:00 a.m. a 4:00 p.m. en jornada continua. El jefe de área deberá garantizar la prestación de este servicio.
Parágrafo 1: La prestación del servicio de recepción de correspondencia se desarrollará en el horario habitual, de 8:00 a.m. a 4:00 p.m. en jornada continua. El jefe de área deberá garantizar la prestación de este servicio.
ARTICULO TERCERO: Los jefes de División, serán los responsables de garantizar el cumplimiento y la participación de los funcionarios en la actividad, que mediante la presente resolución se establece en la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Girardot.
ARTICULO CUARTO: La presente resolución rige únicamente para el horario de trabajo y de atención durante el día 30 de julio de 2025.
A partir del día 31 de julio de 2025, se retomará el horario establecido en la Resolución N°6205 del 29 de octubre de 2024, expedida por esta Dirección Seccional.
ARTICULO QUINTO: Comunicar a la ciudadanía en general a través de la página web de la Entidad, y en lugar visible en la cartelera externa de la sede administrativa.
ARTICULO SEXTO: A través de la División de Administrativa y Financiera c omunicar la presente resolución a todos los funcionarios públicos de la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Girardot, mediante el correo electrónico institucional.
ARTÍCULO SEPTIMO: La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Girardot, julio 24 de 2025
Cesar Augusto Medina Jimenez Director Seccional de Impuestos y Aduanas de Girardot (A)
Proyectó: JPalmaG
Dada en Girardot, julio 24 de 2025
Cesar Augusto Medina Jimenez Director Seccional de Impuestos y Aduanas de Girardot (A)
Proyectó: JPalmaG
Revisó: MPardoU
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