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DIAN - Resolución 005089 de 2025

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 005089 de 2025
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2025

RESOLUCIÓN NÚMERO No. 005089

( 27 de mayo de 2025 )

Por la cual se habilita el trabajo en casa para los funcionarios de la Dirección Seccional de Impuestos de Cali

LA DIRECTORA SECCIONAL DE IMPUESTOS DE CALI

En ejercicio de las facultades legales, reglamentarias y en especial a las dispuestas en el Numeral 9 del Artículo 3º de la Resolución No. 000084 del 27 de agosto del 2021, mediante la cual el Director General de la UAE Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales delegó la facultad a los Directores Seccionales para establecer el horario de trabajo en su respectiva Dirección, la Resolución 000035 del 15 de marzo del 2022 y la Resolución 005281 del 6 de julio de 2023,

CONSIDERANDO

Que el numeral 9° del artículo 3° de la Resolución 000084 del 27 de agosto de 2021, faculta a los Directores Seccionales y Directores Seccionales Delegados establecer el horario de trabajo en su respectiva Dirección Seccional, de conformidad con las necesi dades del servicio, garantizado el mínimo de tiempo laboral vigente y el horario de atención al público.

Que la Ley 2088 de 2021, regula la habilitación de trabajo en casa como una forma de prestación del servicio en situaciones ocasionales, excepcionales o especiales, que se presenten en el marco de una relación laboral, legal y reglamentaria con el Estado, sin que conlleve variación de las condiciones laborales establecidas o pactadas al inicio de la relación laboral.

Que mediante la resolución 000035 del 15 de marzo del 2022, la UAE Dirección de Impuestos y

condiciones laborales establecidas o pactadas al inicio de la relación laboral.

Que mediante la resolución 000035 del 15 de marzo del 2022, la UAE Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN, habilitó el trabajo en casa como forma transitoria de prestación del servicio en situaciones ocasionales, excepcionales o especiales, dictó lineamientos generales para su aplicación y delegó funciones a los Directores Seccionales del nivel local.

Que de acuerdo con la resolución 000371 del 30 de marzo de 2023, se establecieron los horarios de la jornada laboral para la Dirección Seccional de Impuestos de Cali, de lunes a viernes, de 7:30 a.m. a 4:30 p.m. de 8:00 a.m. a 5:00 p.m. y de 8:30 a.m. a 5:30 y se derogó la resolución 00162 1 del 8 de noviembre de 2022.

Que como es de conocimiento público ha sido convocado un Paro Nacional a realizarse el próximo 28 y 29 de mayo de 2025, programando distintos puntos de concentración, plantones y movilizaciones en las diferentes ciudades de Colombia, incluida la ciudad de Santiago de Cali.

Que en aras de velar por la seguridad de los funcionarios de la Seccional de Impuestos de Cali y usuarios en general, y como medida de prevención frente al riesgo público, la Directora Seccional de Impuestos de Cali habilita el trabajo en casa para los funcionarios de la Dirección Seccional de Impuestos de Cali.

R E S U E L V E:

ARTICULO 1°: Habilitación de trabajo en casa. Habilitar el trabajo en casa para los funcionarios de la Dirección Seccional de Impuestos de Cali los días 28 y 29 de mayo de 2025, quienes laborarán

R E S U E L V E:

ARTICULO 1°: Habilitación de trabajo en casa. Habilitar el trabajo en casa para los funcionarios de la Dirección Seccional de Impuestos de Cali los días 28 y 29 de mayo de 2025, quienes laborarán en los horarios ya establecidos, de acuerdo con la Resolución 000371 del 30 de marzo de 2023.

ARTICULO 2º: Elementos de trabajo . Los jefes de los Grupos Internos de Trabajo deberán coordinar con sus colaboradores, la disposición de los elementos de trabajo (instrumentos, equipos y demás herramientas), y se acordará si serán provistos por el servidor público o conforme con los recursos que tenga disponibles la Dirección Seccional de Impuestos de Cali.RESOLUCIÓN NÚMERO 005089 del 27 de mayo de 2025 Hoja No. 2

Continuación de la Resolución “Por la cual se habilita el trabajo en casa para los funcionarios de la Dirección Seccional de Impuestos de Cali” _______________________________________________________________________________

Parágrafo 1º: En caso de que los equipos sean provistos por la Seccional, los funcionarios públicos serán responsables del cuidado, destinación y custodia de estos, en caso de daño o mal uso, el servidor deberá asumir la responsabilidad de lo ocurrido. Para el efecto, se suscribirá entre las partes un formato que además de las características del equipo se indicarán las condiciones en las que se entrega.

Parágrafo 2º: Es responsabilidad de todo servidor público preservar la privacidad de la información por la que, ante el uso inadecuado, el servidor público será responsable por el mal manejo de la información.

ARTICULO 3°: Lugar de trabajo en casa. La prestación del servicio de los funcionarios habilitados

por la que, ante el uso inadecuado, el servidor público será responsable por el mal manejo de la información.

ARTICULO 3°: Lugar de trabajo en casa. La prestación del servicio de los funcionarios habilitados para el trabajo en casa se llevará a cabo en el domicilio registrado por el servidor público en Mi portal – Kactus. Cualquier modificación de la dirección deberá ser registrada por el servidor público en el mismo aplicativo.

ARTICULO 4°: Jornada de trabajo. La modalidad de trabajo en casa se desarrollará en las mismas condiciones laborales que el trabajo presencial, en tal sentido la jornada laboral se debe desarrollar dentro de los horarios establecidos.

ARTICULO 5°: Responsabilidad del jefe. Los jefes inmediatos serán responsables de garantizar el cumplimiento del horario de trabajo por parte de los funcionarios a su cargo.

ARTICULO 6º: Publicación. Publicar la presente resolución en lugar visible al público de la Dirección Seccional y en la página web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN

ARTICULO 7°: Comunicación. Comunicar a través de la División de Talento , el contenido de la presente resolución a través de los co rreos institucionales de los funcionarios de la Dirección Seccional de Impuestos de Cali.

ARTICULO 8°. Vigencia: La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

PUBLIQUESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE

Dada en Santiago de Cali, a los veintisiete (27) días del mes mayo de 2025

MARITZA ALEXANDRA DIAZ GRANADOS

Directora Seccional de Impuestos Cali

Proyectó: Diana Carolina Ramírez Molano

MARITZA ALEXANDRA DIAZ GRANADOS

Directora Seccional de Impuestos Cali

Proyectó: Diana Carolina Ramírez Molano

Revisó: Nesly Leal Saa

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