🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

DIAN - Resolución 005281 de 2025

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
DIAN - Resolución 005281 de 2025
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2025

RESOLUCIÓN NÚMERO No. 005281

(10 de junio de 2025)

“Por la cual se habilita el trabajo en casa para los funcionarios de la Dirección Seccional de Impuestos de Cali”

LA DIRECTORA SECCIONAL DE IMPUESTOS DE CALI

En ejercicio de las facultades legales, reglamentarias y en especial a las dispuestas en el Numeral 9 del Artículo 3º de la Resolución No. 000084 del 27 de agosto del 2021, mediante la cual el Director General de la UAE Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales delegó la facultad a los Directores Seccionales para establecer el horario de trabajo en su respectiva Dirección, la Resolución 000035 del 15 de marzo del 2022 y la Resolución 005281 del 6 de julio de 2023,

CONSIDERANDO

Que el numeral 9° del artículo 3° de la Resolución 000084 del 27 de agosto de 2021, faculta a los Directores Seccionales y Directores Seccionales Delegados establecer el horario de trabajo en su respectiva Dirección Seccional, de conformidad con las necesi dades del servicio, garantizado el mínimo de tiempo laboral vigente y el horario de atención al público.

Que la Ley 2088 de 2021, regula la habilitación de trabajo en casa como una forma de prestación del servicio en situaciones ocasionales, excepcionales o especiales, que se presenten en el marco de una relación laboral, legar y reglamentaria con el Estado, sin que conlleve variación de las condiciones laborales establecidas o pactadas al inicio de la relación laboral.

Que mediante la Resolución 000035 del 15 de marzo del 2022, la UAE Dirección de Impuestos y

laborales establecidas o pactadas al inicio de la relación laboral.

Que mediante la Resolución 000035 del 15 de marzo del 2022, la UAE Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN, habilitó el trabajo en casa como forma transitoria de prestación del servicio en situaciones ocasionales, excepcionales o especiales, dictó lineamientos g enerales para su aplicación y delegó funciones a los Directores Seccionales del nivel local.

Que el trabajo en casa está definido como una forma de prestación del servicio transitoria, justificada en la ocurrencia de una situación ocasional, excepcional o especial, entendidas como aquellas circunstancias imprevisibles o irresistibles que generan r iesgos para el servidor o la inconveniencia para que éste se traslade hasta el lugar de trabajo o haga uso de las instalaciones de la Entidad.

Que de acuerdo con la Resolución 000371 del 30 de marzo de 2023, se establecieron los horarios de la jornada laboral para la Dirección Seccional de Impuestos de Cali, de lunes a viernes, de 7:30 a.m. a 4:30 p.m. de 8:00 a.m. a 5:00 p.m. y de 8:30 a.m. a 5:30.

Que como es de conocimiento público ha n sido convocadas movilizaciones para el próximo 11 de junio de 2025 y se prevén marchas, concentraciones, plantones y congregaciones en los diferentes puntos de las ciudades de Colombia, incluida Santiago de Cali.

Que en aras de velar por la seguridad de los funcionarios de la Seccional de Impuestos de Cali y usuarios en general, y como medida de prevención frente al riesgo público, la Directora Seccional de Impuestos de Cali habilita el trabajo en casa para los fun cionarios de la Dirección Seccional de

usuarios en general, y como medida de prevención frente al riesgo público, la Directora Seccional de Impuestos de Cali habilita el trabajo en casa para los fun cionarios de la Dirección Seccional de Impuestos de Cali.

R E S U E L V E:

ARTICULO 1°: Habilitación de trabajo en casa. Habilitar el trabajo en casa para los funcionarios de la Dirección Seccional de Impuestos de Cali el día 11 de junio de 2025 , quienes laborarán en los horarios ya establecidos, de acuerdo con la Resolución 000371 del 30 de marzo de 2023.

Parágrafo 1º: En caso de persistir la situación especial mencionada en la parte considerativa de esta resolución, se podrá prorrogar automáticamente el trabajo en casa hasta que estasRESOLUCIÓN NÚMERO 005281 del 10 de junio de 2025 Hoja No. 2

Continuación de la Resolución 005281 del 10 de junio de 2025 “Por la cual se habilita el trabajo en casa para los funcionarios de la Dirección Seccional de Impuestos de Cali ” _______________________________________________________________________________ circunstancias sean superadas. Una vez superada esta situación especial, se les informará a los servidores públicos, quienes deberán retornar a su sitio de trabajo en la fecha que sea informada para el efecto.

ARTICULO 2º: Elementos de trabajo. Los jefes de los Grupos Internos de Trabajo deberán coordinar con sus colaboradores, la disposición de los elementos de trabajo (instrumentos, equipos y demás herramientas), y se acordará si serán provistos por el servidor público o conforme con los recu rsos que tenga disponibles la Dirección Seccional de Impuestos de Cali.

Parágrafo 1º: En caso de que los equipos sean provistos por la Seccional, los funcionarios públicos

que tenga disponibles la Dirección Seccional de Impuestos de Cali.

Parágrafo 1º: En caso de que los equipos sean provistos por la Seccional, los funcionarios públicos serán responsables del cuidado, destinación y custodia de estos, en caso de daño o mal uso, el servidor deberá asumir la responsabilidad de lo ocurrido. Para el efecto, se suscribirá entre las partes un formato que además de las características del equipo se indicarán las condiciones en las que se entrega.

Parágrafo 2º: Los documentos y/o expedientes retirados de la sede de la Dirección Seccional se relacionarán en el formato de autorización de salida de elementos con la del jefe inmediato para su seguimiento y control.

Parágrafo 3º: Es responsabilidad de todo servidor público preservar la privacidad de la información por la que, ante el uso inadecuado, el servidor público será responsable por el mal manejo de la información.

ARTICULO 3°: Lugar de trabajo en casa. La prestación del servicio de los funcionarios habilitados para el trabajo en casa se llevará a cabo en el domicilio registrado por el servidor público en Mi portal – Kactus. Cualquier modificación de la dirección deberá ser registrada por el servidor púb lico en el mismo aplicativo.

ARTICULO 4°: Jornada de trabajo. La modalidad de trabajo en casa se desarrollará en las mismas condiciones laborales que el trabajo presencial, en tal sentido la jornada laboral se debe desarrollar dentro de los horarios establecidos.

ARTICULO 5°: Responsabilidad del jefe. Los jefes inmediatos serán responsables de garantizar el cumplimiento del horario de trabajo por parte de los funcionarios a su cargo.

ARTICULO 6º: Publicación. Publicar la presente resolución en lugar visible al público de la Dirección

cumplimiento del horario de trabajo por parte de los funcionarios a su cargo.

ARTICULO 6º: Publicación. Publicar la presente resolución en lugar visible al público de la Dirección Seccional y en la página web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN

ARTICULO 7°: Comunicación. Comunicar a través de la División de Talento , el contenido de la presente resolución a través de los co rreos institucionales de los funcionarios de la Dirección Seccional de Impuestos de Cali.

ARTICULO 8°. Vigencia: La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

PUBLIQUESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE

Dada en Santiago de Cali, a los diez (10) días del mes mayo de 2025

MARITZA ALEXANDRA DIAZ GRANADOS

Directora Seccional de Impuestos Cali

Proyectó: Diana Carolina Ramírez Molano

Revisó: Nesly Leal Saa

Consultar sobre este documento ...