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DIAN - Resolución 005858 de 2025

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 005858 de 2025
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2025

Información Pública

RESOLUCIÓN NÚMERO

( )

Por la cual se justifica el proceso de contratación directa No. CD-00-061-2025, cuyo objeto es “Servicio de mantenimiento y calificación con adquisición de repuestos y/o consumibles para los equipos de las marcas OBLF y ANALYTIK JENA para la Subdirección del Laboratorio Aduanero”

LA SUSCRITA SUBDIRECTORA DE COMPRAS Y CONTRATOS DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA

ESPECIAL DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES

En uso de sus facultades legales y en especial de las conferidas por la Ley 80 de 1993 y Ley 1150 de 2007 y el artículo 2.2.1.2.1.4.1 del Decreto 1082 de 2015,

C O N S I D E R A N D O

Que la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN, de conformidad con lo establecido por el Decreto 1071 de 1999, está organizada como una Unidad Administrativa Especial del orden Nacional, de carácter eminentemente t écnico y especializado, con personería jurídica, autonomía administrativa y presupuestal, y con patrimonio propio, adscrita al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, cuyo objeto es coadyuvar a garantizar la seguridad fiscal del Estado Colombiano y la protección del orden público económico nacional, mediante la administración y control al debido cumplimiento de las obligacion es tributarias, aduaneras y cambiarias y la facilitación de las operaciones de comercio exterior en condiciones de equidad, transparencia y legalidad.

Que mediante el artículo 2, numeral 1 de la Resolución 000089 del 3 de septiembre 2021, el Director General

tributarias, aduaneras y cambiarias y la facilitación de las operaciones de comercio exterior en condiciones de equidad, transparencia y legalidad.

Que mediante el artículo 2, numeral 1 de la Resolución 000089 del 3 de septiembre 2021, el Director General de la DIAN delegó en el Subdirector de Compras y Contratos de la Entidad, la competencia para celebrar los contratos y convenios cuyo valor sea inferior a 3.500 salarios mínimos mensuales legales vigentes o que no tengan cuantía, que se adjudiquen en el Nivel Central de la UAE-DIAN, independientemente de la modalidad de selección o de su lugar de ejecución.

Que la Constitución Política en su artículo 209 expresa: “(…) la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones. Las autoridades administrativas deben coordinar sus actuac iones para el adecuado cumplimiento de los fines del Estado (…)”

Que la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN requiere adelantar un proceso de contratación con el siguiente objeto : “ Servicio de mantenimiento y calificación con adquisición de repuestos y/o consumibles para los equipos de las marcas OBLF y ANALYTIK JENA para la Subdirección del Laboratorio Aduanero.”

Que, según se indica en la solicitud de adquisición y en los estudios previos, el objeto contractual requerido se puede contratar a través de la modalidad de contratación directa, en virtud de la causal establecida en el

Laboratorio Aduanero.”

Que, según se indica en la solicitud de adquisición y en los estudios previos, el objeto contractual requerido se puede contratar a través de la modalidad de contratación directa, en virtud de la causal establecida en el literal g) del numeral 4 del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007 y en concordancia con el Articulo 2.2.1.2.1.4.8 del Decreto 1082 de 2015 “contratación directa cuando no exista pluralidad de oferentes”, de conformidad con el siguiente análisis:

Que, para la DIAN es necesario garantizar el óptimo funcionamiento y vida útil del EQUIPO DE ABSORCIÓN ATÓMICA MARCA ANALYTIK JENA modelo Specord 210 Plus – serie 223F1082F, EQUIPO ESPECTRÓMETRO DE EMISIÓN POR CHISPA MARCA OBLF modelo QSG -750-II - serie 1843 y EQUIPO ESPECTROFOTÓMETRO UV-VIS MARCA ANALYTIK JENA modelo ContrAA 800D – serie D11S-FQZG833 a fin que la Entidad cuente con equipos en condiciones óptimas de funcionamiento empleados para procesar las muestras y realizar los ensayos que tiene a cargo el Laboratorio de Aduanas para el desarrollo y cumplimiento de las solicitudes de análisis de mercancías. De lo contrario, los equipos podrían presentar fallas o requerimientos mayores que generaría un aumento de los costos y con el riesgo de quedar fuera de servicio.

No. 5858

Fecha: 2025-06-03RESOLUCIÓN NÚMERO de Hoja No. x

Continuación de la Resolución “Por la cual se aprueba el proceso de contratación directa No.CD-00-061-2025”.

Información Pública

Fecha: 2025-06-03RESOLUCIÓN NÚMERO de Hoja No. x

Continuación de la Resolución “Por la cual se aprueba el proceso de contratación directa No.CD-00-061-2025”.

Información Pública Que, se hace necesario realizar un (1) mantenimiento preventivo anual por cada uno de los equipos mencionados, teniendo en cuenta las recomendaciones del fabricante, el nivel de utilización de los equipos, y las actividades de aseguramiento metrológico definidas por el Laboratorio Aduanero a fin de asegurar su normal operación, conservación y desempeño satisfactorio, requiriéndose la adquisición de los consumibles solicitados, para atender las necesidades de funcionamiento, los cuales deben corresponder a la misma marca del equipo para que sean compatibles, completamente adaptables al sistema y se garantice el óptimo funcionamiento del equipo en los ensayos que realiza el laboratorio en absorción atómica, espectrometría de chispa y UV-Vis.

Que, de acuerdo con la documentación presentada por ANALITICA Y REDES SAS con Nit. 830.059.956 -1 la Subdirección de Laboratorio Aduanero concluyó que ésta cumple con las condiciones requeridas para la ejecución del objeto y obligaciones contractuales requeridas, de acuerdo con la causal de contratación directa citada, según el siguiente análisis:

La oferta de ANALITICA Y REDES SAS cumple con las especificaciones técnicas que la Subdirección de Laboratorio Aduanero requiere, por cuanto es una empresa legalmente constituida en Colombia, su objeto social le permite la celebración y ejecución del contrato, además acredita su condición de ser distribuidor exclusivo dentro del territorio de la República de Colombia, mediante:

Laboratorio Aduanero requiere, por cuanto es una empresa legalmente constituida en Colombia, su objeto social le permite la celebración y ejecución del contrato, además acredita su condición de ser distribuidor exclusivo dentro del territorio de la República de Colombia, mediante:

1. Documento de fecha 20 de noviembre de 2023 emitido por ANALYTIK JENA GmbH+Co. KG , certifica que ANALITICA Y REDES SAS con Nit. 830.059.956-1 es distribuidor exclusivo en Colombia para la línea de productos Analytik Jena GmbH+Co.KG, en virtud de lo cual está autorizada para el servicio de ventas y posventa de todos los productos de la línea de productos de Análisis químico, así como para proporcionar servicio técnico a los clientes en Colombia. Distribución valida hasta el 31 de diciembre de 2025.

2. Documento de fecha 7 de mayo de 2024 y valido hasta el 31 de diciembre de 2025 emitido por OBLF

SPEKTROMETRIE certifica que:

o ANALITICA Y REDES SAS, con domicilio de negocios en Dirección cra 70G No. 79-36 Piso 3, Bogotá, Colombia (en calidad de subrepresentante de Advanced Analytical System SA de CV, México), para brindar ventas, servicio al cliente y soporte de aplicaciones para la línea de productos OBLF GmbH en Colombia.

o ANALITICA Y REDES SAS , con el apoyo de OBLF GmbH, tiene los derechos de venta y soporte técnico de la línea de productos de OBLF GmbH compuesta por:

  • Espectrómetros de emisión óptica, modelos OBLF GS 1000 -II, QSN 750-II, QSG 750-II, OS.5 y VeOS como instrumento independiente o como parte de sistemas automatizados. - Repuestos y consumibles.
  • Espectrómetros de emisión óptica, modelos OBLF GS 1000 -II, QSN 750-II, QSG 750-II, OS.5 y VeOS como instrumento independiente o como parte de sistemas automatizados. - Repuestos y consumibles.

o Bajo los términos de su contrato, OBLF GmbH garantiza a ANALITICA Y REDES SAS con los productos antes mencionados y sus accesorios y repuestos y con el soporte de servicio técnico y documentación para asegurar el desempeño satisfactorio de los productos an tes mencionados. Todos los productos de OBLF GmbH serán suministrados únicamente aANALITICA Y REDES SAS (como subrepresentante de Advanced Analytical Systems), la cual es la única empresa autorizada para ofrecer garantía, servicio y soporte en Colombia.

Que, esta contratación se adelanta teniendo en cuenta:

✓ ANALITICA Y REDES SAS es distribuidor exclusivo en Colombia para la línea de productos Analytik Jena GmbH+Co.KG. ✓ ANALITICA Y REDES SAS , con el apoyo de OBLF GmbH, tiene los derechos de venta y soporte técnico de la línea de productos de OBLF GmbH ✓ ANALITICA Y REDES SAS cuenta con la experiencia, repuestos e insumos originales y personal especializado garantizando la calidad y seguridad de su servicio.

No. 5858 Fecha: 2025-06-03RESOLUCIÓN NÚMERO de Hoja No. x

Continuación de la Resolución “Por la cual se aprueba el proceso de contratación directa No.CD-00-061-2025”.

Información Pública ✓ ANALITICA Y REDES SAS cumple con las condiciones requeridas para la ejecución del objeto y

Continuación de la Resolución “Por la cual se aprueba el proceso de contratación directa No.CD-00-061-2025”.

Información Pública ✓ ANALITICA Y REDES SAS cumple con las condiciones requeridas para la ejecución del objeto y obligaciones contractuales requeridas y que se encuentra justificada bajo la causales de contratación directa teniendo en cuenta que los equipos para los cual se solicitan el mantenimiento y la calificación de operación y desempeño son equipos de alta tecnología, por lo cual se requiere que los servicios provengan del fabricante OBLF Gesellschaft fur Elektronik und Feinwerktechnik mbH, y de los equipos de absorción atómica y UV-VIS de la marca ANALYTIK con sede principal en Alemania, a través de su único y exclusivo distribuidor autorizado en Colombia, de esta manera se asegura que el personal técnico conoce plenamente el equipo y la tecnología empleada, los recursos empleados en las actividades son compatibles con los equipos, no afectan la operación y son los más adecuados para uso en el laboratorio, disminuyendo riesgos de daños mecánicos, demoras y dificultades de operación del equipo.

Que, por lo anterior, el Subdirector de Laboratorio Aduanero, mediante el formato FT -FI-2617 “Solicitud de Adquisición” recomienda al ordenador del gasto su contratación para atender la necesidad descrita anteriormente.

Que, de acuerdo con los estudios previos, el presupuesto para la contratación es por la suma de hasta SESENTA Y SIETE MILLONES NOVECIENTO S NOVENTA Y TRES MIL SETECIENTOS CINCUENTA PESOS M/CTE ($67.993.750) incluido el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.), y demás impuestos, tasas,

SESENTA Y SIETE MILLONES NOVECIENTO S NOVENTA Y TRES MIL SETECIENTOS CINCUENTA PESOS M/CTE ($67.993.750) incluido el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.), y demás impuestos, tasas, contribuciones de carácter nacional y/o municipal de carácter legal, costos directos e indirectos, con cargo al Certificado de Disponibilidad No. 17825 de fecha de 28 de enero de 2025 , expedido por la Subdirección Financiera de la Entidad.

Que, los estudios previos pueden ser consultados en el Sistema Electrónico para la Contratación pública – SECOP II www.colombiacompra.gov.co y en la Subdirección de Compras y Contratos de la DIAN, ubicada en la Carrera 7 No. 6C - 54 piso 8º, Edificio Sendas, de Bogotá, D.C.

Que, de conformidad con el artículo 2.2.1.2.1.4.1 del Decreto 1082 de 2015, la Entidad debe señalar en un acto administrativo la justificación para contratar bajo la modalidad de contratación directa.

Que, en mérito de lo anterior,

R E S U E L V E

ARTICULO PRIMERO. Justificar la contratación Directa del proceso cuyo objeto es el “Servicio de mantenimiento y calificación con adquisición de repuestos y/o consumibles para los equipos de las marcas OBLF y ANALYTIK JENA para la Subdirección del Laboratorio Aduanero”, atendiendo lo dispuesto en la causal del artículo 2, numeral 4, literal g) “cuando no exista pluralidad de oferentes en el mercado”, de la Ley 1150 de 2007, de acuerdo con la parte motiva de este acto.

dispuesto en la causal del artículo 2, numeral 4, literal g) “cuando no exista pluralidad de oferentes en el mercado”, de la Ley 1150 de 2007, de acuerdo con la parte motiva de este acto.

ARTICULO SEGUNDO: Publicar el presente acto administrativo en la página web

www.colombiacompra.gov.co y en www.dian.gov.co

ARTÍCULO TERCERO: Contra el presente acto no procede recurso alguno , de conformidad con lo establecido en el artículo 75 de la Ley 1437 de 2011, por ser un acto de trámite.

ARTÍCULO CUARTO: La presente rige a partir de su publicación.

Para constancia, se firma en Bogotá, D.C., a los

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

GISELA CECILIA MARQUEZ PEREZ

Subdirectora de Compras y Contratos

Revisó: Luis Eduardo Bernal Romero –, Subdirección de Compras y Contratos

Proyectó: Diana Romero Castro - Gestor II, Subdirección Compras y Contratos No. 5858 Fecha: 2025-06-03

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