DIAN - Resolución 006942 de 03-12-2024
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 006942 de 03-12-2024
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2024
RESOLUCIÓN No. 6942 (3 diciembre 2024) Por la cual se adiciona un artículo a la resolución 6205 de octubre 29 de 2024 EL DIRECTOR SECCIONAL DE IMPUESTOS Y ADUANAS DE GIRARDOT (A) En uso de las facultades legales y en especial a las dispuestas en el numeral 9 del Artículo 3º de la Resolución No. 000084 del 27 de agosto del 2021, mediante la cual el Director General de la UAE Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales delegó la facultad a los Directores Seccionales para establecer el horario de trabajo en su respectiva Dirección Seccional, y la Resolución No. 009164 del 30 de septiembre de 2024, y CONSIDERANDO Que de conformidad con el numeral 9 del Artículo 3° de la Resolución 000084 del 27 de agosto de 2021, se delegó a los directores seccionales locales y directores seccionales delegados establecer el horario de trabajo en su respectiva Dirección Seccional, de conformidad con las necesidades del servicio, garantizando el mínimo de tiempo laboral vigente y el horario de atención al público. Que mediante Resolución 6205 del 29 de octubre de 2024 el Director Seccional de Impuestos y Aduanas de Girardot, se estableció el horario laboral para los funcionarios de la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Girardot, de la Unidad Administrativa Especial - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. Adicionar el artículo 5 a la Resolución 6205 del 29 de octubre de Especial - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. Adicionar el artículo 5 a la Resolución 6205 del 29 de octubre de
2024. Adiciónese el artículo 5 a la Resoluc ión 6205 del 29 de octubre de 202 4 el cual
quedará así:
“ARTÍCULO 5°. Establecer como horario de atención al público en la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Girardot de lunes a viernes de 8:00AM a 4:00PM, en jornada continua garantizando la continuidad en el servicio y una excelente atención a los clientes y usuarios.” ARTICULO 2º. Enviar copia de la present e resolución a la Oficina de Comunicaciones para publicación en la pagina web de la entidad ARTICULO 3º. Comunicar la presente resolución al buzón electrónico de los funcionarios de la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Girardot. ARTICULO 4º: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición. COMUNIQUESE Y CUMPLASE, Dada en Girardot, a 3 de diciembre de 2024 LUIS FRANCISCO RAMIREZ SANDOBAL Director Seccional de Impuestos y Aduanas de Girardot (A)
Proyecto: JPalmaG