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DIAN - Resolución 1 de 16-01-2018

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 1 de 16-01-2018
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2018
  1. SA Dieonón de impuestos y Acuanas Maciaralas resoLución Número 00001 16 ENE. 2018? “Por la cual se establece el horario de trabajo para funcionarios y horario de atención al cliente en la Dirección Seccional Delegada de Impuestos y Aduanas de Puerto Carreño” EL DIRECTOR SECCIONAL DELEGADO DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES DE PUERTO CARREÑO En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el artículo 39 numeral 4 del Decreto 4048 de 2008, Numeral 11 del Artículo 11 de la Resolución número 014 del 04 de noviembre de 2008, Resolución número 000816 del 14 de febrero de 2017 mediante la cual se nombra el Director Seccional Delegado de Impuestos y Aduanas de Puerto Carreño,

Y, CONSIDERANDO: Que de conformidad con el artículo 33 del Decreto Ley 1042 de 1978, reiterado en la circular 079 de 2008, La asignación mensual fijada en las escalas de remuneración a que se refiere el presente Decreto, corresponde a jornadas de cuarenta y cuatro horas semanales. Que el artículo 11, numeral 11 de la Resolución número 14 del 04 de noviembre de 2008 delega en los Directores Seccionales la función de establecer el horario de trabajo en su respectiva Dirección Seccional. Que el numeral 2 del artículo 7 de la Ley 1437 de 2011, establece Garantizar atención personal al público, como mínimo durante cuarenta (40) horas a la semana, las cuales se distribuirán en horarios que satisfagan las necesidades del servicio.

Que, en virtud de lo expuesto, el Director Seccional Delegado de Impuestos y Aduanas de Puerto Carreño, RESUELVE: ARTÍCULO 1”, Establecer a partir del día 17 de enero de 2018 el horario como jornada de trabajo laboral para los funcionarios de la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Puerto Carreño así: A) Doble Jornada Laboral Lunes a jueves de 07:45 a 12:00 y de 13:30 a 18:00 Viernes de 7:30 a 12:00 y 13:00 a 18:00 horas. ARTÍCULO 2. El horario de Gestión y Atención al cliente será de 07:00 a 12:00 y de 13:00 a 16:00 horas, garantizando el Servicio al Cliente de acuerdo con la circular No 020 del 12 de agosto de 2013, (RUT, Firma Electrónica, Orientación, Kiosko, etc.) ARTÍCULO 3. El horario para el control en el paso fronterizo del municipio de Puerto Carreño será de 06:00 a 11:30 y de 13:a 0160:18 . ARTÍCULO 4”, Para efecto de los programas de fiscalización, comercio exterior y asistencia al cliente que se adelantan en la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Puerto Carreño que se requieran laborar en jornada diferente a la establecida, se entiende extendida la misma de acuerdo con los horarios establecidos en los Auto Comisorios o en el escrito en el que la Dirección Seccional autorice la jornada Adicional, atendiendo a las necesidades del servicio. ARTÍCULO 5". La presente resolución rige a partir del 17 de enero de 2018.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

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