DIAN - Resolución 1 de 22-03-2022
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 1 de 22-03-2022
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2022
DMA POR UNA COLOMBIA MÁS HONESTA RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600001 . (22 mar. 2022) Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria oca Petición de Cualquier Interesado. EL (LA) JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE _LA SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA : En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3. 3.1 del artículo 2 de la Resolución o : 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes : - HECHOS Mediante radicado No. 235410000000022 de 04 de febrero de 2022, ell a) Sr. (a) LUIS FELIPE o ALFONSO RINCON, identificado (a) con Cédula de Ciudadanía 1032361323, Representante Legal de la sociedad ZONA FRANCA INDUSTRIAL COLMOTORES SAS, con NIT 900.416.386-9, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado para la mercancía denominada técnica y comercialmente como “BASTIDOR VESTIDO NHR DABAC 3.0L CS 4X2 TM (VL 20). : o - El (la) interesado (a) adjuntó ala solicitud los siguientes documentos: descripción de la mercancía en tres (3) folios; información adicional de producto en dieciséis (16) folios; flujo del proceso en. treinta y nueve (39) folios; y fotografía en un (1) folio y copia del recibo de pago en un 0) folio. El (la) solicitante pagó quinientos treinta y dos mil pesos mícte. ($ 532. 000 ,00) según consignación
número 1017083082 de 07 de e€ nero de 2022 del Banco de Bogota. Mediante Requerimiento de Información Adicional - RIA No. 82022000100165398000023 del 28 defebrero de 2022 este Despacho solicitó al usuario (a): indicar claramente el tipo de vehículo para el cual será destinado el “BASTIDOR VESTIDO NHR DAB AC 3.0 L CS 4X2 TM (VL20). - El o (la) - usuario(a) responde mediante escrito radicado(s) No. E2022000100165398000009 del 02 de marzo : : de 2022, en un (1 folio). Renunciando al término restante para dar respuesta. Según lo señalado en el formato de la solicitud, se indicó que se notifique a (ely o a) Sr (a) LUIS o FELIPE - ALFONZO RINCON, a la dirección electrónica manifestada por el interesado (a) E luis. alfonzorinconQgm. com; o por correo en vda dirección CALLE 56A Sur NO. 36A09, en Bogotá, : -D. C. . OS eS FUNDAMENTOS DE DERECHOConvenio del Sistema. Armonizado de Designación y y Codificación de Mercancías y su anexo, o aprobado. por Colombia mediante Ley 646 de 2001. : | Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley ga de 1973. Decisión 812 de la Comisión de la Comunidad Andina, 'mediante la cual se aprobó el Texto único | de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena. o RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600001 de 22 mar. 2022 Hoja No. 2
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado Decreto 1881 de 2021, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones. Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas, Nota y Textos de partida: Regla General interpretativa 1: “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, sí no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:” Regla General! interpretativa 3 b): “3, Cuando una mercancía pudiera clasificarse, en principio, en dos o más partidas por aplicación ' de la Regla 2 b) o en cualquier otro caso, la clasificación se efectuará como sigue: (.) b) los productos mezclados, las manufacturas compuestas de materiales diferentes o constituidas por la unión de artículos diferentes y las mercancías presentadas en juegos o surtidos : acondicionadas para la venta al por menor, cuya clasificación no pueda efectuarse aplicando la Regla 3 a), se clasifican según la materia o con el artículo que les confiera su carácter esencial, si fuera posible determinarlo;” Partida 87.08: “Partes y accesorios de vehículos automóviles de las partidas 87.01 a 87.05”. Regla General interpretativa 6: “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatís
mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas delmismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.” Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificacionesartículos 302 a 307, mediante ] el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de clasificación arancelaria a: petición de cualquier interesado. Resolución 046 de 2019 y sus modificaciones de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales mediante las cuales se reglamentan las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado. CONSIDERACIONES DEL DESPACHO Según la información suministrada con el radicado No. 235410000000022 de 04 de febrero de 2022, y E2022000100165398000009 del 02 de marzo de 2022 la mercancía objeto de clasificación arancelaria, se describe como una estructura formada por un bastidor de chasis, un eje trasero y otros elementos que se ensamblan de acuerdo con el siguiente proceso realizado en distintas ' estaciones: Estación 1: El bastidor se dispone en la mesa de ensamble y se inicia el proceso de instalación desoportes en la parte delantera riel izquierdo y derecho y se instala el cableado eléctrico. Estación 2: Se instalan las tuberías de freno y combustible a los rieles del bastidor por la parte interna y externa mediante clips, luego son certificados los tornillos y tuercas con marcas de pintura . RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600001 de 22 mar. sai No.3
Continuación del. acto administrativo por el cual ss e > expide una resolución de Clasifi icación _ Arancelaria a Petición de Cualquier interesado color blanco para que. en ¡el proceso de inspección visualmente. se identif iquen las operaciones : críticas realizadas ene el proceso. : | Estación 3; Se instala tubería de freno y combustible en la región , central del bastidor, ñ nalmente el | bastidor es marcado con el VIN, Estación 4 y 5: Se traslada el eje trasero y delantero previamente armados a la línea principal, paraunirlos al bastidor por medio de soportes delanteros y traseros de ballestas, además se conecta el. . eje propulsor o cardan y se conecta al eje trasero. - Estación 6 y 7: En la parte trasera del bastidor, se instalan los soportes laterales para alojar las - tuberías, el malacate, y la llanta de repuesto, luego se certifican los tornillos y tuercas con marcas de pintura color blanco para que se visualicen las parte críticas. : l Estación 8 y 9: Se instala el depósito del refrigerante, el filtro de combustible y el conjunto caja, | dirección a brazo pitman previamente ensamblados. : Estación 10: El bastidor se une al conjunto de tuberías del sistema hidráulico de dirección, así como : también el sistema de refrigeración. o o Estación 14: Se subensambla el sistema de escapee (exosto fuera de la línea y se instala al bastidor Ñ EN los soportes. El producto anteriormente descrito seS constituye ee n la primera parte del ensamblé de un 1 vehiculo”
automóvil, tipo camión 1 que tiene como objetivo el transporte de mercancías, o: De acuerdo con lo anterior, la mercancía está constituida por la unión de diferentes partes de un | vehículo automotor, que contribuyen al correcto funcionamiento y operación del mismo, en donde, : el bastidor es el elemento que aloja todos los demás componentes dando solidez al conjunto, para soportar cargas, presiones y movimientos, permitiendo su adecuado funcionamiento. : Acorde con lo anterior, se concluye que arancelariamente el producto corresponde a un , bastidor, dotado de un conjunto de partes que conforman un solo cuerpo que se utiliza para ensamblar vehículos destinados al transporte de mercancías de la partida 87.04. Visto lo anterior, el bastidor y . - sus partes en aplicación de la Regla General Interpretativa 1, se clasifica en yla partida 87.08 de la. Nomenclatura del Sistema Armonizado. “Ahora bien, para detérminar la subpartida arancelaria se tomae n consideración que el producto ' obtiene por medio del ensamble de varias partes de vehículos automóviles, comprendidas individualmente en diversas subpartidas de la partida 87.08, siendo el bastidor el elemento que le ' - confiere el carácter esencial al conjunto; en consecuencia, el producto se clasifica en la subpartida 8708.99.11.00 del Arancel de Aduanas, conforme a la Regla Genera! interpretativa 6 (en aplicación E mutandis, de la Regla General Interpretativa 3 b). ) . En mérito de lo anteriormente Expuesto, el O la. Jefe 0 de la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera, ps
RESUELVE o ARTÍCULO PRIMERO . Clasificar lanm ercancía descrita en la presente resolución en la subpartida 8708.99.11.00 del Arancel de Aduanas, como un bastidor de chasis, para un vehículo de partida |. 87.04 en aplicación de las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 (mutatis mutandis, de la Regla . General Interpretativa 3b,) del mencionado texto arancelario, contenidas en el Decreto 1881 de 2021, o o ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente Resolución al señor (ay tUIS: FELIPE ALFONZO -RINCON identificado (a) con Cédula de Ciudadanía No. . 1032361323, Representante Legal de la sociedad ZONA FRANCA INDUSTRIAL COLMOTORESRESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600001 de 22 mar. 2022 Hoja No. 4 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado SAS a la dirección electrónica manifestada por (el) o (la) interesado (a) luis.alfonzorinconMgm.com : - de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el . artículo 137 del Decreto 360 de 2021; artículo 319 de la resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la resolución 039 de 2021. De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se notificará -
por correo a la dirección procesal informada por el usuario, o de manera subsidiaria mediante aviso : en el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales en la dirección CALLE 56A Sur NO. 36 A - 09 en Bogotá D.C, de conformidad con lo establecidoen los artículos 763 y 764 del | Decreto 1165 de 2019. ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado (a) que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberá interponersedentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011. ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el | Diario Oficial, de conformidad con el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo 319 de la Resolución 046 de 2019, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el Artículo 119 de la Ley 489 de 1998. ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a laCoordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE 2022-03-22/08:46:15P.M.,,
Sy echa Acuse de Recibo 4 De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita. :
SANDRA STELLA HUERFANO BERNAL +
Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera
Proyecto: SANDRA STELLA HUEREANO BERNAL Vd VAN Coordinación de Notificaciones
Revisó: CLAUDIA ALEJANDRA JURADO ZAPATA heox una COLOMBIA MÁS HONESTA Aivel Central Bogotá D.C Se certifica quee p Acto Administrativo fue publicado en qu oficial, doy AÑ. 7 HA
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