DIAN - Resolucion 100 de 30-10-2020
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolucion 100 de 30-10-2020
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2020
RESOLUCIÓN NÚMERO 000100 30 de Octubre de 2020 ( ) Por la cual se adiciona el Anexo 1 de la Resolución 000046 del 26 de julio de 2019 de conformidad con lo previsto en la Ley 1979 de 2019, y se dicta otra disposición. EL DIRECTOR GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES (DIAN) En uso de las facultades legales, y en especial, las conferidas por el numeral 12 del artículo 6 del Decreto 4048 del 22 de octubre de 2008, y CONSIDERANDO Que la Resolución DIAN 046 de 2019, establece en el Anexo 1 los códigos de la modalidad de importación. Que con la expedición de la Ley 1979 del 25 de julio de 2019, se reconoce, rinde homenaje y se otorgan beneficios a los veteranos de la Fuerza Pública y se dictan otras disposiciones. Que dentro de los beneficios otorgados a los veteranos, el artículo 22 de la Ley 1979 de 2019 establece la posibilidad de realizar la importación un (1) vehículo nuevo para su uso personal y libre de cualquier gravamen nacional, de características especiales, acordes a su limitación física o incapacidad permanente así como la importación de elementos médicos, tecnológicos, estéticos o cosméticos, con exención del pago de cualquier tributo e impuesto a la importación, que contribuyan a la rehabilitación de los Veteranos que con ocasión de su servicio se encuentren en algún estado de discapacidad permanente. Que los artículos 2.3.1.8.3.7.1 y 2.3.1.8.3.7.4 del Decreto 1070 de 2015 adicionados con el Decreto 1346 de
2020, establecen las condiciones para acceder al beneficio de importación del vehículo y de los elementos médicos, tecnológicos, estéticos o cosméticos a que hace referencia el artículo 22 de la Ley 1979 de 2019, por parte de los veteranos y los documentos soportes que se deben acreditar al momento de la presentación de la declaración de importación correspondiente. Que para dar aplicación a lo establecido en la Ley 1979 del 25 de julio de 2019 se hace necesario presentar a través del sistema informático aduanero SYGA Importaciones en el Formulario 500 las declaraciones de importación y realizar ajustes a la liquidación de tributos aduaneros, y establecer los códigos de modalidad de importación para declarar los productos señalados en el artículo 22 de la citada Ley. Que, en desarrollo de lo previsto en el considerando anterior, se requiere adicionar al Anexo 1 de la Resolución 000046 del 26 de julio de 2019 los códigos de modalidad de importación con franquicia o exoneración de derechos de aduanas de que trata el artículo 22 de la Ley 1979 de 2019. Que, desde el día 25 de julio de 2019 se encuentra vigente la Ley 1979 de 2019, por lo tanto, es necesario que la presente resolución entre a regir de manera inmediata con fundamento en el parágrafo 2 del artículo 2 de la ley 1609 del 02 de enero de 2013 Que, conforme a lo previsto en el inciso 3 del numeral 2 del artículo 32 de la Resolución 204 del 23 de octubre 2014, y el artículo 3 y el numeral 8 del artículo 8 de la Ley 1437 del 18 de enero de 2011, el proyecto de resolución fue publicado en la página web de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y
Aduanas Nacionales (DIAN) los días 24 de septiembre al 3 de octubre de 2020 RESOLUCIÓN NÚMERO 0 0 0 1 0 0 de 3 0 d e O c t u b r e d e 2 0 2 0 Hoja No. 2 Continuación de la Resolución “Por la cual se adiciona el Anexo 1 de la Resolución 000046 del 26 de julio de 2019 de conformidad con lo previsto en la Ley 1979 de 2019, y se dicta otra disposición.” RESUELVE ARTICULO 1°: Adicionar al numeral I., IMPORTACIÓN CON FRANQUICIA O EXONERACIÓN DE DERECHOS DE ADUANA - CÓDIGOS DE OPERACIÓN, contenido en el Anexo 1 de la Resolución 000046 del 26 de julio de 2019, los siguientes códigos de modalidad: IMPORTACIÓN CON FRANQUICIA O EXONERACIÓN DE DERECHOS DE ADUANA CON PAGO DE LOS C1 C2 C3 C4 C5 OBS TRIBUTOS A QUE HUBIERE LUGAR Importación con franquicia o exoneración derechos de aduana de los vehículos señalados en el inciso primero del C15Q C25Q - M artículo 22 de la Ley 1979 de 2019, con la tarifa de impuesto a las ventas correspondiente a la subpartida arancelaria. IMPORTACIÓN CON FRANQUICIA O EXONERACIÓN DE DERECHOS DE ADUANA CON PAGO DE LOS C1 C2 C3 C4 C5 OBS TRIBUTOS A QUE HUBIERE LUGAR Importación con franquicia o exoneración de tributos aduaneros de los bienes contenidos en inciso segundo del C15R C25R - N
artículo 22 de la Ley 1979 de 2019. ARTICULO 2°: En aplicación de los códigos de modalidad señalados en el artículo anterior, se podrá presentar para mercancía amparada en un mismo documento de transporte, varias declaraciones de importación en las cuales se declare la misma subpartida arancelaria. ARTÍCULO 3°: Para tener derecho a los beneficios consagrados en el artículo 22 de la Ley 1979 de 2019, se deberán acreditar los documentos a que hacen referencia los artículos 2.3.1.8.3.7.1 y 2.3.1.8.3.7.4 del Decreto 1070 de 2015 y serán documentos soporte de la declaración de importación, junto con la licencia de importación que otorga dicha exención, en los términos establecidos en el literal d) del artículo 14 del Decreto 925 de 2013 ARTÍCULO 4°: La presente resolución rige a partir del día siguiente a la fecha de su publicación en el Diario Oficial.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C., a los 30 de Octubre de 2020 JOSÉ ANDRÉS ROMERO TARAZONA Director General Proyectó: Jorge Heli Caro Rivera - Subdirección de Gestión de Comercio Exterior Revisó: Claudia Patricia Marín JaramilloSubdirectora de Gestión de Comercio Exterior Aprobó: Claudia Patricia Marín Jaramillo - Subdirectora de Gestión de Comercio Exterior Aprobó: Ingrid Magnolia Díaz Rincón - Directora de Gestión de Aduanas Aprobó: Liliana Andrea Forero Gómez - Directora de Gestión Jurídica Hash - b15a9c7bce17b576a4fecf50b3e9b3d0