DIAN - Resolución 103 de 14-07-2017
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 103 de 14-07-2017
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2017
y) DI] AN" o ————— y Devociónda impuesy tAcouarnas Nacloralas RESOLUCIÓN NÚMERO 890103 “Por medio de la cual se fija el horario de trabajo para el día 25 de julio de 2017”. EL DIRECTOR SECCIONAL DE IMPUESTOS Y ADUANAS DE ARAUCA (E) Según Resolución número 008081 del 25 de agosto de 2015 y de conformidad con el artículo 14 del Decreto 1045 de 1978 y en uso de las facultades delegadas por el numeral 2 del artículo 11 de la resolución 0014 del 4 de Noviembre de 2008, y CONSIDERANDO: Que el artículo 11, numeral 11 de la Resolución número 14 del 04 de noviembre de 2008 delega en los Directores Seccionales la función de establecer el horario de trabajo en su respectiva Dirección Seccional. Que el numeral 2 FLEXIBILIZACIÓN DE HORARIOS PARA EVENTOS REGIONALES de la circular 023 del 17 de julio del 2014, establece que “En época de realización de acontecimientos que hagan parte del folclor o de la cultura local y/o regional, los Directores Seccionales en ejercicio de la facultad que le fue delegada podrán en conformidad con lo establecido en el inciso segundo del artículo 33 del Decreto 1072 de 1978, distribuir la jornada ordinaria de los días en que estos se celebren, sin afectar la debida prestación del servicio público adecuando los horarios con el propósito que los servidores públicos puedan asistir y/o participar en los mismos.” Que de acuerdo a la Ordenanza 038 de 2001, se estableció la celebración del Día Departamental del Llanero el día 25 de julio de cada año, con la finalidad de resaltar las
tradiciones y valores culturales de los llaneros en Colombia y Venezuela. En mérito de lo anterior expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Establecer para el día 25 de julio de 2017, el horario de trabajo y atención al público en la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Arauca, de la Unidad Administrativa Especial de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, de 07:00 a.m. a 12:00 p.m. en jornada continua.
PARÁGRAFO: Los Jefes de División de Gestión velaran por el cumplimiento del horario y la prestación del servicio efectivo y eficiente.
ARTÍCULO SEGUNDO: La presente resolución rige únicamente para el horario de trabajo y de atención al público durante el día 25 de julio de 2017. A partir del día 31 de julio de 2017 rige el horario establecido en la resolución N 00179 del 01 de julio de 2016, expedida por esta Dirección Seccional. | ARTÍCULO TERCERO: La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNIQUESE, OT Y CUMPLASE, da un 30
Dada en Arau— Acrauaca , el día LE Y ES a JOSÉ LA ESLAVA Director Seccional de Impuestos y Aduanas de Arauca (E) Proyecto Zcantorh.