DIAN - Resolución 1048 de 22-11-2023
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 1048 de 22-11-2023
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2023
bb 01048 RESOLUCION NÚMERO y 22 NOV 2023 "Por la cual se habilita el trabajo en casa” EL DIRECTOR SECCIONAL DE ADUANAS DE BARRANQUILLA De conformidad con las facultades delegadas mediante la resolución No. 000084 del 27 de agosto de 2021,en concordancia con la Resolución 035 del 15 de marzo de 2022 , y CONSIDERANDO: Que, el Gobiemo Nacional expidió la Ley 2088 del 12 de mayo del 2021, "Por la cual se regula el trabajo en casa y se dictan otras disposiciones”, definiendo en el artículo segundo el trabajo en casa como “la habilitación al servidor público o trabajador del sector privado para desempeñar transitoriamente sus funciones o actividades laborales por fuera del sitio donde habitualmente las realiza, sin modificar la naturaleza del contrato o relación laboral, o legal y reglamentaria respectiva, ni tampoco desmejorar las condiciones del contrato laboral, cuando se presenten circunstancias ocasionales, excepcionales o especiales que impidan que el trabajador pueda realizar sus funciones en su lugar de trabajo, privilegiando el uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones”. Que, el Director General de la U.A.E. - DIRECCION DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES -— DIAN, expidió la Resolución 000035 del 15 de marzo del 2022, “Por la cual se habilita el trabajo en casa, se dictan lineamientos generales para su habilitación y se delegan funciones en la U.A.E. Dirección de Impuestos y Aduanas NacionalesDIAN”, definiendo en el artículo primero el objeto de la habilitación del trabajo en casa como una forma transitoria de prestación del servicio en “situaciones ocasionales,
excepcionales o especiales en la U.A.E.- Dirección de Impuestos y Aduanas NacionalesDIAN....” Que, en las instalaciones de la Dirección Seccional de Aduanas de Barranquilla, en desarrollo del proceso contractual SASI-00-016-2023, cuyo objeto es "Suministro e instalación de mobiliario, cableado estructurado y divisiones en vidrio, para las diferentes sedes de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales a Nivel Nacional”; da lugar a una situación especial, que a la luz del articulo primero de la Resolución 000035 del 15 de marzo del 2022, genera riesgos e inconveniencia para laborar en su sitio de trabajo habitual a los servidores públicos, pasantes, judicantes y funcionarios de libre nombramiento y remoción de la Seccional de Aduanas de Barranquilla. Que, mediante la Resolución 847 del 9 de julio de 2019 expedida por el Director Seccional de Aduanas de Barranquilla, se estableció el horario principal de trabajo en la Dirección Seccional de Aduanas de Barranquilla de lunes a viemes, en jornada continua, de 7:30 : a.m. a 16:30 p.m. Que, con el fin de garantizar los deberes y derechos en materia laboral de riesgos laborales, el Decreto 1072 de 2015 estableció las condiciones laborales que regirán las RESOLUCIÓN NÚMERO Página 2 de 3 Continuación de la Resolución por la cual se habilita el trabajo en casa para los funcionarios de la Dirección Seccional de Aduanas de Barranquilla”. relaciones entre la entidad y los servidores públicos que se encuentren en trabajo en
casa. Que, en mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTICULO 1”. Habilitación de trabajo en casa. Habilitar a todos los servidores públicos del sistema especifico de Carrera, a los vinculados mediante nombramiento provisional, en periodo de prueba, al personal judicante y pasante, así como los de libre nombramiento y remoción de la Dirección Seccional de Aduanas de Barranquilla, a realizar trabajo en casa, a partir de la fecha de comunicación del presente acto administrativo y bajo los lineamientos contenidos en la presente resolución, exceptuando aquellos servidores que desempeñan actividades de radicación de correspondencia, custodia y gestión de archivos físicos y todos aquellos servidores que el Director Seccional, Jefes de División o Jefes de Grupos Internos de Trabajo, consideren que deben realizar sus actividades de forma presencial para el correcto funcionamiento de la Entidad y el cumplimiento de sus objetivos. Parágrafo 1”: Los servidores públicos que se encuentren bajo la modalidad de teletrabajo, podrán realizar el trabajo en casa los días que deban asistir a las instalaciones de la DIAN. Parágrafo 2”: La habilitación del trabajo en casa no modifica ni afecta los derechos y garantías establecidos en las normas ni las condiciones laborales establecidas o pactadas al inicio de la relación laboral. ARTICULO 2”. Duración de la modalidad de Trabajo en Casa: El trabajo en casa tendrá una duración máxima de dos (2) meses, contados a partir de la comunicación del presente acto administrativo, prorrogables por una única vez. En caso de persistir las circunstancias que impidan a los servidores públicos, pasantes, judicantes y funcionarios
de libre nombramiento y remoción adelantar sus labores en la Sede de la Entidad, la figura del Trabajo en Casa se podrá extender hasta que estas circunstancias especiales se superen. ARTICULO 3. Jornada de Trabajo: La jornada laboral de trabajo en casa será la establecida en la Resolución 847 del Y de julio de 2019, expedida por el Director Seccional de Aduanas de Barranquilla. De lunes a viernes, en jornada continua, de 7:30 a.m. a 16:30 p.m. ARTÍCULO 4”. Respeto a las garantías laborales. Durante el periodo que dure el trabajo en casa, los servidores públicos que desempeñen cargos de dirección, confianza y manejo como director, Jefe de División, Jefe de Grupo Interno de Trabajo, deberán respetar los beneficios a que se tiene derecho por parte de sus respectivos colaboradores dentro del marco de la respectiva relación laboral, en especial, la jornada de trabajo, horas extras, trabajo nocturno, dominicales y festivos, descansos dentro de la jornada laboral, derechos de asociación y negociación sindical. Así mismo, se deberá respetar el 291048 22 NOV 2023 nn RESOLUCIÓN NÚMERO Página 3 de 3 Continuación de la Resolución por la cual se habilita el trabajo en casa para los funcionarios de la Dirección Seccional de Aduanas de Barranquilla”. derecho de desconexión laboral digital, de tal forma que las tareas encargadas por el superior no interfieran con el descanso, vacaciones, permisos y los espacios familiares del
servidor público que ejerce desde casa sus labores, observando los lineamientos de la Resolución 001188 del 22 de julio del 2022, “Por la cual se adopta la Política de Desconexión Laboral para la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales UAE-DIAN”. ARTÍCULO 5”. Lugar de Trabajo en Casa: La prestación del servicio se llevará a cabo en el domicilio registrado por el servidor público a través de Mi portalKactus; para los pasantes y judicantes, será el domicilio informado a la División de Talento Humano, a la fecha de su ingreso a la Entidad.
Parágrafo: En todo caso debe tenerse en cuenta, que es prioridad prestar la debida atención al público contribuyente, usuario aduanero y cambiario que así lo solicite, de tal forma que cuando dentro de la jornada laboral se requiera realizar trámites que exijan la atención presencial, los servidores a quienes corresponda deberán hacer su desplazamiento a las instalaciones de la Entidad, sin que dicha exigencia signifique la terminación de la habilitación del trabajo en casa. La presencia requerida del servidor en la sede de las instalaciones de la Entidad deberá ser coordinada con su jefe inmediato, quien informará de ello a la División Administrativa y Financiera.
ARTICULO 6”. Elementos de trabajo. Ordenar a los jefes de División y jefes de Grupo Interno de Trabajo, que previo a la habilitación de trabajo en casa, se acuerde con sus colaboradores la necesidad de disponer de sus propios equipos y demás herramientas de trabajo. Parágrafo 1. En caso de que el servidor manifieste tal necesidad, la Dirección Seccional
analizará la posibilidad de brindarle dichos equipos o elementos, de acuerdo con los recursos disponibles; para lo cual deberá mediar acuerdo entre esta Dirección Seccional a través de la División Administrativa y Financiera y el servidor, y se diligenciará el formato que se establezca para los efectos. Parágrafo 2. En caso de que los equipos de trabajo sean brindados por la Dirección Seccional de Aduanas de Barranquilla, el servidor público será responsable del cuidado, destinación y custodia de dichos equipos, por lo que, en caso de daño o mal uso, el servidor deberá asumir la responsabilidad ante lo ocurrido. Para tales efectos, se suscribirá entre las partes un formato que dé cuenta, además de las características de los equipos de trabajo entregados, de las condiciones de estos. Parágrafo 3. Es responsabilidad de todo servidor público preservar la privacidad de la información, por lo que, ante el uso inadecuado de la misma o la exposición ante terceros de información privada de la Entidad, el servidor público será responsable por el mal manejo de dicha información. ARTÍCULO 7”. Comunicación: A través del G.1.T. de Documentación de la División Administrativa y Financiera comunicar la presente Resolución al Despacho y a los jefes (A) de las Divisiones y Grupos Internos de Trabajo de la Dirección Seccional de Aduanas de Barranquilla. ; ! ¡ i Í 01048 29 NOV 2023 ps RESOLUCIÓN NÚMERO Página 4 de 3 Continuación de la Resolución por la cual se habilita el trabajo en casa para los funcionarios de la Dirección Seccional de Aduanas de Barranquilla”.
ARTICULO 8”. Publicar el presente acto administrativo en la página WEB de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales www.dian.gov.co. ARTÍCULO 9”. Vigencia. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su comunicación. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Barranquilla alos, EDUARDO e lo MANCILLA SILVA Director Seccional de Aduanas de Barranquilla (A) ProJyuan eJoscé tVegaó Ma:rtín ez + a