DIAN - Resolución 1055 de 14-02-2020
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 1055 de 14-02-2020
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2020
Pora expide una ' Resolución Anticipada de Clasificación Arancelaria o LA JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DEL SERVICIO DE ARANCEL 1 DE LA e e - SUBDIRECCIÓN DE GESTIÓN TÉCNICA ADUANERA | OS Ent usoo de las facultades legales «q ue le confiere el Artículo 42 del la Resolución 0011. o o de 2008 > y teniendo en cuenta los siguientes, HECHOS Mediante radicados Nos. ESGTAZ0190048 del 1 de octubre de 2019 y 000201 9034197 EM del 2 de octubre de 2019, el señor Juan Camilo Ortega Convers, identificado con cédula de | | ciudadanía No. 79.945.711, representante legal de la Agencia de Aduanas Colmas S.A.S- |l| - Nivel 1, con NIT 830.003. 960 -0, presentó una solicitud de resolución anticipada - de clasificación arancelaria para la. mercancía denominada técnica y comercialmente | l "KARAOKE BLUETOOTH". | | | | El interesado adjuntó a la solicitud copia de los siguientes documentos: descripción de la Le mercancía con foto del producto e ilustración de la caja que lo contiene en cinco (05) folios, recibo de pago en un (1 folio y certificado de la Cámara de Comercio. Bogotá en nueve (09) folios. El solicitante pagó ' cuatrocientos. catorce. mil cincuenta pesos mícte. (5 414. 050), con | Ñ comprobante No. 898358156 del 01 de octubre de 2019 del Banco de Bogotá. . Mediante oficio No. 100227342 1653, radicado No. 00082019028399 del 15 de noviembre |
de 2019, esta Coordinación solicitó al interesado dar respuesta a los siguientes puntos, entre otros: hacer una descripción física del producto, describir qué mandos, botones o perillas tiene el producto, describiendo su función y precisar la utilidad del dispositivo || bluetooth, aclarando de qué fuentes puede recibir información; con escrito radicado No. - 000E2019041257 del 04 de diciembre de. 2019, -el usuario responde el requerimiento de o información en dieciséis (16) folios, sin renunciar al término legal restante Para atender el. - mismo. 0 A al uN o e o Con oficios Nos 100227342. 1668 y 1002273421669 del 13. de noviembre de 2019, la Coordinación del Servicio de Arancel solicitó a las Divisiones de Gestión de Fiscalización |. Aduanera, de Gestión de Liquidación Aduanera y de Gestión Jurídica de las Direccionesl Seccionales de Aduanas de Barranquilla, Bogotá, Cali, Cartagena y Medellín y de las Direcciones Seccionales de Impuestos y Aduanas de. Bucaramanga, Buenaventura, Cúcuta, Ipiales, Manizales, Pereira y Santa Marta y a las Subdirecciones de Gestión de Recursos Jurídicos y de Gestión de Representación Externa, respectivamente, información : sobre la existencia de procesos en.curso para la mercancía antes mencionada; transcurrido el plazo legal para atender la solicitud de información no se recibió información sobre investigaciones rre elacionadas con este tipo de producto.
o 001055RESOLUCION NUMERO O de o Hoja No. 2
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una Resolución Anticipada de
Clasificación Arancelaria Por medio del radicado No. ESGTA201900481 del 1 de octubre de 2019, el interesado indicó que se notifique a Juan Camilo Ortega Convers, en la Carrera 98 No. 25G — 10 Int 18, en Bogotá D.C. FUNDAMENTOS DE DERECHO Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. Acuerdo de Cartagena, aprobado por Colombia mediante Ley 8? de 1973. Decisión 812 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena. Decreto 2153 de 2016 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones. Para el caso en estudio se considerarán las siguientes Reglas y Texto de partida: Regla General interpretativa 1: “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, sí no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes” Partida 85.18: “Micrófonos y sus soportes; altavoces (altoparlantes), incluso montados en sus cajas; auriculares, incluidos los de casco, estén o no combinados con micrófono, y juegos o conjuntos constituidos por un micrófono. y uno o varios altavoces (altoparlantes);
amplificadores eléctricos de audiofrecuencia; equipos eléctricos. para amplificación de sonido.” Regla General Interpretativa 6: - “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis . mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidasdel mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se ' aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.” Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional - artículos 298 a 304, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con la atención de las solicitudes de resolución - anticipada. : o Resolución 0046 de 2019 de la Dirección de impuestos y Aduanas Nacionales - Artículos | 304 a 306 mediante la cual se reglamentan las solicitudes de Resolución Anticipada. | 00 10 55 Ln 1 e ef A
RESOLUCIÓN NÚMERO ID
O E Hoja No. 3 - Continuación del acto administrativo por el cual se expide una Resolución Anticipada de. l Clasificación Arancelaria o - CONSIDERACIONES DEL DESPACHO -O S De acuerdo con la información suministrada con radicados Nos. ESGTA201900481 del 1 - de octubre de 2019, 000E2019034197 del 2 de octubre de 2019 y 000E2019041257 del 04 de diciembre de 2019, la mercancía objeto de estudio se describe como un equipo de forma - rectangular, construido en material plástico y con partes electrónicas, que recibe las señaleseléctricas de un micrófono para la voz (incluido) y las señales de una fuente externa de
reproducción de sonido, y emite a través de su altavoz, en forma amplificada, la música y el canto. o Lie Un dispositivo bluetooth, que se activa: con el encendido del aparato, permite que éste reciba inalámbricamente la señal de audio proveniente de un teléfono celular, de una tablet - o de otro aparato similar; si el aparato no dispone de esta característica, puede conectarse . - mediante cable a un receptor dispuesto en la caja; en su parte frontal, contiene los botones: de selección de la canción escogida, así como de su reproducción y pausa; también | contiene en su parte frontal tres perillas grandes: que permiten controlar el volumen de la - música, el volumen de la voz del intérprete y producir efectos como eco, amenizando el número que se está ejecutando. - : A través del micrófono. que se conecta por medio del un cable ala caja, el usuario Dúéde - cantar, acompasando. su voz al ritmo. de la música proveniente de: la fuente externa, controlando a voluntad el volumen de la voz y de la canción, así como produciendo efectos de eco; de manera opcional, se puede utilizar otro micrófono, para cuyo fin se dispone. de. Un conector apropiado en la parte lateral de la caja. Mediante otro botón, se pueden activar. unas luces de colores rojo verde y azul que encienden y apagan, para diversión de los asistentes; el producto, destinado principalmente al entretenimiento infantil, contiene una manija en la parte superior para su transporte, trabaja con fuente exterior de energía a - través de un cable y cuenta también con receptáculo para su uso con baterías. El producto
-. pesa 2,5 kg y se presenta en empaque, individual de 40 cm n de ancho Xx 43 cm de alto X 35 - cm de fondo, aproximadamente. - A | o El equipo. tiene los siguientes mandos: E o -- Botón de encendido, cuando se oprime, prende en ON y cuando se suelta, se apaga e€ n OFF.
A. Botones. de flechas adelante. atrás: y enter: sirven para avanzar, retrasar. y detener la reproducción de la pista musical que se está ejecutando. | --- Botón par: sincroniza el equipo. para: dejarlo listo. a - Conectarse. vía.b luetooth. a otro. -- dispositivo. l AS mo - - Botón de luz: enciende: y apaga las lueés frontales de entretenimiento. o -- Botón ECHO: mejora la VOZ y pone efectos mientras el usuario canta, tene mínimo. y - máximo. o l : OS -- Botón volumen: sube y baja el volumen del altavoz. - Botón Mic volumen: sube y baja el volumen de la señal del micrófono: poor Del análisis de la información, «se establece que la mercancía. consiste un dispositivo compuesto por los siguientes elementos: un micrófono, que recibe el sonido de la voz y la: entrega a través de un cable en forma de señal eléctrica y un aparato eléctrico que, en la misma envoltura, recibe las señales del micrófono y de una fuente. externa, las transforma y amplifica en las frecuencias perceptibles por el oído a través de un. altavoz. | Arancelariamente, corresponde a. un equipo eléctrico para amplificación - de sonido,
comprendido en la partida 85,18, en aplicadec lia óRengl a General Interpretati1v.dae la - (FGUomenciatura del Sistema Armonizado y se clasifica en la subpartida 8518.50.00.00, según
RESOLUCIÓN NÚMERO | de | Hoja No. 4
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una Resolución Anticipada de Clasificación Arancelaria la Regla General Interpretativa 6. - Teniendo en cuenta que el servicio de clasificación arancelaria tiene un valor equivalente al cincuenta por ciento (50 %) de un salario mínimo mensual lega! vigente a la fecha de presentación de la solicitud, - aproximado al múltiplo de mil más cercano, es decir, cuatrocientos catorce mil pesos mí/cte. ($ 414.000), queda un saldo a favor por valor de cincuenta pesos mí/cte. ($ 50), el cual podrá utilizar para presentar una nueva solicitud o solicitar la devolución. En mérito de lo anteriormente expuesto, la Jefe (A) de la Coordinación del Servicio de - ¿Arancel de la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera, - RESUELVE - ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución, en la subpartida 8518.50.00.00 del Arancel de Aduanas, como un. equipo eléctrico para amplificación de sonido, en aplicación de las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenido en el Decreto 2153 de 2016 y sus modificaciones. - ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar por correo o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la DIAN, al señor Juan Camilo Ortega Convers, identificado con cédula de
“ciudadanía No. 79.945.711, representante legal de la Agencia de Aduanas Colmas S.A.S Nivel 1, en la Carrera 98 No. 25G — 10 Int 18,e n Bogotá D.C., de conformidad con los Artículos 755, 756, 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019 y el artículo 311 de la Resolución reglamentaria 0046 de 2019. o | ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 298 del Decreto 1165 de 2019, el artículo 306 de la Resolución 0046 de 2019 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011. ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en. firme, la publicación: del presente “acto administrativo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 311 de la Resolución 0046 de 2019, en el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y en el Artículo 119 de la Ley 489 de 1998. ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Notificaciones de la Subdirección de Gestión de Recursos Físicos a la Coordinación del Servicio de Arancel de la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN e Coordiden HaolicfNeiaOciTóoInneRs Í
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Proyectó: Luis Alberto Camaro Cama o
Revisó: Claudia Alejandra Jurado Zapata. pa