DIAN - Resolución 10645 de 24-11-2021
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 10645 de 24-11-2021
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2021
DIAM POR UNA COLOMBIA MAS HONESTA == RESOLUCIÓN NÚMERO 010645 (24 NOV 2021) Por la cual: se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier. InteresadoEL JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DELA SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA - - En ejercicio de las facultades conferidas mediante numeral 3. 3. 1. del artículo 2 de la Resolución 000070 del 9 de agosto de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes, HECHOS. | Mediante radicado No. ESGTA202100313 y 000E2021006991 del 25 de junio de 2021. la. Sra. Olga Mosquera Burgos, identificada con cédula de ciudadanía No. 51.766.115, representante legal de la Agencia de Aduanas Colmas S.A.S Nivel 1; con NIT 830.003. 960O, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria a petición de cualquierinteresado para la mercancía denominada técnica y comercialmente como “OBRA DE : ARTE LA MANZANA DE ADÁN. no La interesada adjuntó a la solicitud los siguientes documentos: formato de solicitud de: resolución de clasificación arancelaria en un (1) folio, formato descripción de la mercancía en un (1) folio, soporte de pago en un (1) folio, ficha técnica en cuatro e) folios, certificado en tres (3) folios, y cámara de comercio en once (a 1) folios. La solicitante pagó cuatrocientos cincuenta y cinco mil pesos m/cte. ($ 455 ,000) mediante E
número de consignación N! 100804841-4 del 23 de junio de 2021 del Banco de Bogotá. ' Mediante Requerimiento de información Adicional, oficio No. 1002273421770 radicado, : -00082021907564 del 29 de julio de 2021, esta Coordinación solicitó al usuario indicar si la obra es ejecutada totalmente a mano, descripción técnica o material empleada en la obra: de arte, indique en resumen las características y componentes de la mercancía a clasificar. - Se recibe respuesta con escrito de radicado N 000E2021906399 y 003E2021023862 del. | 3 de septiembre de 2021, No renunciando. al termino restante para. dar respuesta. | o Por. medio del formato de solicitud, la interesada indicó que se notifique a la Sra. Olga Mosquera Burgos, ee n la Carrera 98 $ 25G - 10, en 1 Bogotá D. C. o o — rowoaseros Do E DERECHO | ] Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. % Acuerdo de Cartagena, aprobado por Colombia mediante Ley 8 de 1973. RESOLUCIÓN NÚMERO 010645 Ñ de 24 NOV 2021 Hoja No.2 | Continuación del acto administrativo por el cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado - Decisión 812 de 2016 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante el cual se aprobó - el Texto Único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de E
Cartagena. - Decreto 2153 de 2016 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas yotras disposiciones. Para el caso en estudio se considlas esriguaiennte s Reglas y Texto de partida: Regla General interpretativa 1 “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor | indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes”. : - Texto 4906.00.00.00 “Planos y dibujos originales hechos a mano, de arquitectura, ingeniería, industriales, : |. comerciales, topográficos o. similares; textos manuscritos; reproducciones fotográficas : - sobre papel sensibilizado y copias con papel carbón (carbónico), de los planos, dibujos O : textos antes mencionados.” - Decreto No. 1165 de 2019 del Gobierno Nacional, artículos 304 a 306, mediante el cual se " dictan las disposiciones relacionadas con la atención de las solicitudes de clasificación Ñ arancelaria a petición de cualquier interesado. Resolución 046 de 2019 y resolución 039 de 2021, de la Dirección de Impuestos y Aduanas ¿Nacionales mediante las cuales se reglamentan las solicitudes de clasificación arancelariaa petición de cualquier interesado. CONSIDERACIONES DEL DESPACHO De acuerdo con la información aportada con: radicado No. ESGTA202100313 y 000E2021006991 del 25 de junio de 2021, la mercancía objeto de clasificación arancelaria Ñ
se describe como una impresión realizada sobre papel sensibilizado con gelatina de plata, mediante el siguiente proceso: La técnica “utilizada para obtener el producto “fotografía análoga”, consiste en captura manual de imágenes, empleando para ellos la luz, proyectándola y fijándola en forma de imagen sobre un medio sensible, además del revelado, ampliación y fijado de la imagen; - Las imágenes obtenidas así también se denominan fotografías o foto, y son el resultado de “décadas de perfeccionamiento de la técnica y de los materiales foto sensibles. El producto es de edición limitada, solo se cuenta con tres (3) copias en el mundo, estas obras de arte se consideran Únicass y se definen como originales.
De acuerdo con: lo. anterior, la mercancía corresponde a una fotografía o foto, vintage, E A ampliada. sóbre papel. con emulsión de gelatina de plata, que en la aplicación de la Regla | “General interpretativa” 1; see clasifica en la subpartida arancelaria 4906.00.00.00 del Arancel -de Aduanas. o RESOLUCIÓN NÚMERO 010645 de 24N00V2021 — HojaNo.3
Continuación d« el acto administrativo por el cual se expide una Resolución de Clasificación - . Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado Finalmente, y teniendo en cuenta que, para el caso en particular, el servicio de clasificación - arancelaria tiene un valor equivalente a medio salario mínimo mensual legal vigente, el cual debe ser acercado al múltiplo de mil más cercano, es decir la suma de cuatrocientos cincuenta y cuatro mil m/cte. ($ 454.000); de acuerdo con el comprobante de consignación
del 23 de junio del banco de Bogotá, aportados para el trámite, se pagó la suma de cuatrocientos cincuenta y cinco m/cte. ($455.000), quedando un saldo a favor del solicitante por valor de mil pesos m/cte. ($ 1.000); el cual podrá utilizar para presentar una nueva solicitud, o en su defecto solicitar la devolución. En mérito de lo anteriormente expuesto, el Jefe (A) de la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera, RESUELVE - ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución, enta | subpartida 4906.00.00.00 del Arancel de Aduanas, como una fotografía sobre papel sensibilizado, que en aplicación de la Regla General Interpretativa 1 del mencionado texto : arancelario, contenido en el Decreto 2153 de 2016 y sus modificaciones. o - ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar por cc orreo o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la DIAN, a: la señora Olga Mosquera Burgos, identificada con cédula de : - ciudadanía No. 51.766.115, en calidad de representante legal de la Agencia de Aduanas
- Colmas S.A.S Nivel 1, con NIT 830.003.960-0, en la Carrera 98 + 25G - 10, en Bogotá D.C.. de conformidad con los artículos 763 y 764 del decreto 1165 de 2019 y el artículo 319 de la : - Resolución 0046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la Resolución 0039 de 2021...
ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado que contra el presente acto administrativoprocede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo 314 de la Resolución -0046 de 2019 y los artícul os 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011. ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación en el Diario Oficial de la - presente resolución, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165. de 2019, el artículo 319 de la Resolución 0046 de 2019, el artículo 65 de la a Ley: 1437 de Ñ 2011 y el artículo 119 de la Ley 489 de 1998. . ARTÍCULO QUINTO. Remitir úna vez en firme, copia del presente acto administrativo, por . medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección . Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección TécnicaAduanera para lod e su competencia y publíquese en la página web de la DIAN... 0 PW Coornación de oticaconas La... Nivel Pentral Bogotá, Dc. - Subdirección Técnica de
- Proyectó: Roger Darío Suarez Botet. ON ln
_Reviso: Fidel Raúl Minotta Benitez o Ñ o