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DIAN - Resolución 11 de 07-04-2022

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 11 de 07-04-2022
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2022

-DOLAN: POR UNA COLOMBIA MÁS HONESTA - RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600011 (07 abr. 2022) Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria: o a Petición de Cualquier Interesado. EL (LA) JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE | LA SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA En uso de las facultades legales que le confiere el númeral 3.3.1 del artículo 2 de la a Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes | :

| HECHOS.

Mediante radicado No. 235410000000029 de 07 de febrero de 2022, el da) Sr. (a) Luis Felipe Alfonso Rincón, identificado (a) con cédula de ciudadanía 1.032.361.323,- representante legal suplente (a), de. la. sociedad. ZONA FRANCA INDUSTRIALCOLMOTORES S.A.S., con NIT 900.416.386-9, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado paral a mercancía denominada técnica y comercialmente. como. ¿BASTIDOR VESTIDO NAR - 700P 2. 8L CAMION ElV (VL20)".. El (la) interesad(oa) adjuntó a la solicitud los siguientes documentos: descripciódne lamercancía en tres (3) folios, información técnica en dieciocho (18) folios, fotocodepl ifaluj o - del proceso del bastidor en treinta y nueve (39) folios, fotografía del producto en un (1) folio,

| cámara de comercio en trece (13) folios y copia del recibo de pago en un (1) folio. El (la) solicitante pagó auinientos treinta y tres. mil pesos mícte 6 533. 000 ,00) según consignación número 1017084983 de 07 de enero de 2022, del Banco de Bogotá. - Mediante Requerimiento de Información Adicional - RIA:No. S2022000100165398000011 del 19 de febrero de 2022, este Despacho solicitó al usuario (a): especificar si el camión al que hace referencia en la solicitud tiene como objetivo el transporte de carga, o si por el contrario se encuentra destinado al transporte de pasajeros. El o (la) usuario(a) responde -mediante escrito radicado(s) No. E2022000100165398000010 del 02 de marzo de, 2022; en un (1) folio, renunciando al termino restante para dar respuesta. o 5% Según lo señalado en el formato de la solicitud, se indicó que se notifique a (el) o (la) Sr (a) - Luis Felipe Alfonso Rincón, a la dirección electrónica manifestada por el interesado (a) luis. alfonzorinconWgm.c:c om; o por correo en la dirección Calle S6A Sur No. 368 -09, en Bogotá, D. C. RE SOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600011 de 07 abr. 2022 Hoja No. 2 Continuaci ón del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado FUNDAMENTOS DE DERECHO Convenio « Jel Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su

anexo, apre bado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8 de 1973. Decisión 8€ 5 de 2021, de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó - el Texto ú nico de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena. Decreto 18 81 de 2021, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones. Para el cas o en estudio se consideran las siguientes Reglas y Texto de partida: Regla Gen: eral Interpretativa 1: “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la cla sificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección O dí e Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reg; as siguientes.” Partida Ara ncelaria 87.08 “Partes y ac cesorios de vehículos automóviles de las partidas 87.01 a 87.05”. Regla Gen eral Interpretaiva 3 b): «3, Cuando una mercancía pudiera clasificarse, en principio, en dos o más s partidas por aplicación de la Regla 2 b) o en cualquier otro caso, la clasificación se efectuará como sigue: (...) b) los produ ctos mezclados, las manufacturas compuestas de materiales diferentes o constituidas por la unid n de artículos diferentes y las mercancías presentadas en juegos o surtidos acondiciona das para la venta al por menor, cuya clasificación no pueda efectuarse aplicando la

Regla 3 a), se clasifican según la materia o con el artículo que les confiera su carácter esencial si. fuera posible > determinarlo;”) " Decreto 11 65 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificacionesartículos 302 a 307, mediante e | cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de clasificaciónarancelaria a petición de cualquier interesado. " Resolución 046 de 2019 y sus modificaciones de la Dirección de impuestos y Aduanas Nacionales mediante las cuales se reglamentan las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado. CONSIDERACIONES DEL DESPACHO Según la in formación suministrada con radicados Nos. 235410000000029 de 07 de febrero de 2022 y ! No. E20220001001685398000010 del 02 de marzo de 2022, la mercancía objeto de clasifica ción arancelaria, se describe como una estructura formada por un bastidor de -. chasis, un eje delantero, un eje trasero, líneas de combustible, líneas de frenos, y otros

  • RESOLUCIÓN NÚMERO 20220039806000de1 10 7 abr. 2022 Hoja No. 3 - Continuación del acto administrativo por el cual ss e expide una resolución de Clasifi icación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado elementos que se: ensamblan para de acuerdo con el. siguiente proceso realizado en. : distintas estaciones: _ o A Estación 1: El bastidor se dispone en la mesa de ensamble y se inicia el proceso de - instalación de soportes en la. parte. delantera. riel. izquierdo y derecho, así como, del

cableado electrónico. E Ñ : Estación. 2: Se instalan las tuberías. de freno. y combustible a los rieles del bastidor. por la | parte interna y externa mediante clips, luego son certificados los tornillos y tuercas con marcas de pintura color blanco para que en el proceso de inspección visualmente se | - identifiquen las operaciones críticas realizadas een este proceso. Estación 3: Se instala soportería parte cc entral bastidor. tubería de frénños. y combustible - región central bastidor, finalmente el bastidor es marcado con el VIN y trasladado a la: siguiente estación. e _ Estación. 4 y 5: Se traslada el eje irasero: y delantero. praviamenté armados a la línea E principal, para unirlos al bastidor por medio de soportes delanteros y traseros de ballestas, además se conecta el eje propulsor O cardan se instala al eje trasero. Z Etapa 6 y 7 En la parte traserá del bastidor, se instalan los soportes laterales paraa las tuberías, el malacate y la lanta de repuesto. o Etapa 8 y 9: Se instala el depósito de refrigerante, el fi ltro de combustible y el conjunto cajaa dirección y brazo ' pitman”. Estación 10: El bastidor se une al conjunto de tuberias del sistema hidráulico de dirección, o así como también el sistema de refrigeración. : Estación 11: Se instala en el bastidor los soportes que alojan el sistema de escape y se. monta el exosto, El producto anteriormente descrito, se constituye en la primera parte del ensamble de un Ñ

vehículo automóvil, tipo camión, que tiene: como objetivo el transporte de carga. o De acuerdo con lo anterior, la mercancia está constituida por la unión de diferentes partesde un vehículo automotor. que contribuyen al correcto funcionamiento y operación del: | mismo, en donde, el bastidores el elemento que aloja todos los demás componentes dando - “solidez. al conjunto, para soportar cargas, presiones y movimientos, . permitiendo. su Fo adecuado funcionamiento. : La : Acorde c con. lo anterior, se. concluye que “arancelariamente el producto corresponde a un E | bastidor, dotado de un conjunto de partes que conforman un solo cuerpo y que se utiliza | para ensamblar vehículos destinados al transporte de carga que se clasifican en la partida87.04., visto lo anterior, el bastidor y sus partes en aplicación de la Regla. General : Interpretativa 1, se clasif ica en la. pa rtida 87. 08 de la nomenclatura del Sistema Armonizado. o Ahora bien, para determinar la. subpartida arancelaria se toma en consideración que el producto se obtiene por medio del ensamble de varias partes de vehículos automóviles, . comprendidas individualmente en diversas subpartidas de la partida 87.08, siendo el bastidor el elemento que le confiere el carácter esencial al conjunto; en consecuencia, el : SOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600011 de 07 abr. 2022 Hoja No. 4 RE - Continuac ón del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier interesado producto se > clasifica en la subpartida 8708.99.11.00 del Arancel de Aduanas, conforme a

la Regla G eneral Interpretativa 6 (en aplicación, mutatis mutandis, de la Regla General Interpretati va 3 b). Teniendo € n cuenta que, para el caso en particular, el servicio de clasificación arancelariatiene un va lor equivalente a medio salario mínimo mensual vigente acercado al múltiplo de mil más ce rcano, es decir, QUINIENTOS TREINTA Y DOS MIL PESOS mí/cte. ($532.000), de acuerda ) con el comprobante aportado para el trámite queda un saldoa favor de MIL “PESOS m cte. ($1.000), que podrá utilizar para presentar una nueva solicitud, o en su ' defecto so! icitar la devolución. En mérito de lo anteriormente expuesto, el o la Jefe (A) de la Coordinación de ClasificaciónArancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera, RESUELVE ARTÍCULC ) PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución, en la subpartida 8708.99.11.00 del Arancel de Aduanas, como un bastidor de chasis para un vehículo al itomóvil para transporte de mercancías de la partida 87.04, en aplicación de lasReglas Ger rerales Interpretativas 1 y 6 (mutatis mutandis, de la Regla General interpretativa 3 b) del m encionado texto arancelario, contenidas en el Decreto 1881 del 2021 y sus modificacio nes. ARTÍCULC ) SEGUNDO. Notificar de manera electrónica,e l contenido de la presente Resolución al señor (a) Luis Felipe Alfonso Rincón, identificado (a) con cédula de ciudadanía -1.032.361.323, representante legal suplente de la ZONA FRANCA

INDUSTRI AL COLMOTORES S.A.S., con NIT 900.416.386-9, a la dirección electrónica manifestad a por (el) o (la) interesado (a) luis.alfonzorincon(4gm.com - de conformidad con lo establec do en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decret o 360 de 2021; artículo 319 de la resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 11. 4 de la resolución 039 de 2021. De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se notificará [ or correo a la dirección procesal informada por el usuario, o de manera: subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales en la dirección calle 56A Sur No. 36a-09, en Bogotá, D.C., de conformidad con lo establec do en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019, ARTÍCULO ) TERCERO. Informar al interesado (a) que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberá inte rponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1 437 de 2011. ARTÍCULC ) CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo 319 de la F resolución 046 de 2019, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el Artículo 119

de la Ley 4 89 de 1998. - ARTÍCULO ) QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto amcistato, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600011 de 07 abr. 2022 Hoja No. 5 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier interesado Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica - Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN. NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita.

FABIAN ALBERTO GARCIA CASTAÑEDA — |

Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera

Proyecto: MARCELA JOHANNA MARTINEZ FAJARDO

Revisó: FIDEL RAUL MINOTTA BENITEZ GALA coortinación de Notificaciones.

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