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DIAN - Resolución 11336 de 29-12-223

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 11336 de 29-12-223
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año

RESOLUCIÓN NÚMERO 011336 ( 29 DIC 2023 ) Por la cual se prescriben los Formularios No. 330 (Declaración del Impuesto nacional sobre productos plásticos de un solo uso utilizados para envasar, embalar o empacar bienes), No. 335 (Declaración del Impuesto a las bebidas ultraprocesadas azucaradas) y No. 340 (Declaración del Impuesto a los productos comestibles ultraprocesados industrialmente y/o con alto contenido de azúcares añadidos, sodio o grasas saturadas). LA DIRECTORA GENERAL (E) DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES En uso de sus facultades legales, en especial las que confieren, el artículo 51 de la Ley 2277 de 2022, los artículos 513-2, 513-13, 578 y 579-2 del Estatuto Tributario y el numeral 2 del artículo 8 del Decreto 1742 de 2020, y CONSIDERANDO Que el artículo 51 de la Ley 2277 de 2022 «Por medio de la cual se adopta una reforma tributaria para la igualdad y la Justicia social y se dictan otras disposiciones» creó el «Impuesto nacional sobre productos plásticos de un solo uso utilizados para envasar, embalar o empacar bienes» y el último inciso de este artículo establece que: «Los términos, condiciones y contenido de la declaración serán definidos por la U.A.E. Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).» Que el artículo 10 del Decreto 219 de 2023 sustituyó el artículo 1.6.1.13.2.54 del Decreto

1625 de 2016 Único Reglamentario en Materia Tributaria y señala que los responsables del impuesto nacional sobre productos plásticos de un solo uso utilizados para envasar, embalar o empacar bienes causado durante los años 2022 y 2023, deberán presentar y pagar la declaración utilizando el formulario prescrito por la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN. Que el artículo 54 de la Ley 2277 de 2022, adicionó el Título X al Libro III del Estatuto Tributario denominado «Impuestos saludables», dentro de los cuales se encuentran el «Impuesto a las bebidas ultraprocesadas azucaradas» y el «Impuesto a los productos comestibles ultraprocesados industrialmente y/o con alto contenido de azúcares añadidos, sodio o grasas saturadas». Que el artículo 513-12 del Estatuto Tributario, adicionado por el artículo 54 de la Ley 2277 de 2022 establece que el periodo gravable para los Impuestos Saludables será bimestral. A su vez, el artículo 513-13 del Estatuto Tributario dispuso que el contenido y prescripción del formulario para el cumplimiento de la obligación de presentar y pagar dichos impuestos será establecido por la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN.

RESOLUCIÓN NÚMERO 011336 de 29 DIC 2023 Hoja No. 2

Continuación de la Resolución “Por la cual se prescriben los Formularios No. 330 (Declaración del impuesto nacional sobre productos plásticos de un solo uso utilizados para envasar, embalar o empacar bienes), No. 335 (Declaración

impuesto a las bebidas ultraprocesadas azucaradas) y No. 340 (Declaración impuesto a los productos comestibles ultraprocesados industrialmente y/o con alto contenido de azúcares añadidos, sodio o grasas saturadas)”. _______________________________________________________________________________ Que en consecuencia, se requiere prescribir los formularios para que los responsables de los Impuestos saludables y el Impuesto nacional sobre productos plásticos de un solo uso utilizados para envasar, embalar o empacar bienes, puedan cumplir con sus obligaciones tributarias, dentro de los términos legales. Que en cumplimiento de lo previsto en el numeral 8 del artículo 8 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, el proyecto de resolución fue publicado en la página web de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN. En mérito de lo expuesto, RESUELVE Artículo 1. Prescripción del Formulario No. 330 «Declaración del impuesto nacional sobre productos plásticos de un solo uso utilizados para envasar, embalar o empacar bienes». Prescribir el Formulario No. 330 para la presentación de la «Declaración del impuesto nacional sobre productos plásticos de un solo uso utilizados para envasar, embalar o empacar bienes» a partir del año 2022 y siguientes, diseño anexo que forma parte integral de la presente resolución. Artículo 2. Prescripción del Formulario No. 335 «Declaración del Impuesto a las bebidas ultraprocesadas azucaradas». Prescribir el Formulario No. 335 para la presentación bimestral de la «Declaración del Impuesto a las bebidas ultraprocesadas azucaradas» por los años 2023 y 2024, diseño anexo que forma parte integral de la

presente resolución. Artículo 3. Prescripción del Formulario No. 340 «Declaración del Impuesto a los productos comestibles ultraprocesados industrialmente y/o con alto contenido de azúcares añadidos, sodio o grasas saturadas». Prescribir el Formulario No. 340 para la presentación bimestral de la «Declaración del Impuesto a los productos comestibles ultraprocesados industrialmente y/o con alto contenido de azúcares añadidos, sodio o grasas saturadas» a partir del año 2023 y siguientes, diseño anexo que forma parte integral de la presente resolución. Artículo 4. Presentación de los Formularios No. 330, 335 y 340. Los obligados a presentar los formularios prescritos en la presente resolución deberán hacerlo a través de los Servicios Informáticos dispuestos por la entidad, utilizando el Instrumento de Firma Electrónica (IFE) autorizado por la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN. La Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN pondrá a disposición los formularios No. 330, No. 335 y No. 340 en forma virtual en la página web www.dian.gov.co para su diligenciamiento y presentación.

RESOLUCIÓN NÚMERO 011336 de 29 DIC 2023 Hoja No. 3

Continuación de la Resolución “Por la cual se prescriben los Formularios No. 330 (Declaración del impuesto nacional sobre productos plásticos de un solo uso utilizados para envasar, embalar o empacar bienes), No. 335 (Declaración impuesto a las bebidas ultraprocesadas azucaradas) y No. 340 (Declaración impuesto a los productos comestibles

ultraprocesados industrialmente y/o con alto contenido de azúcares añadidos, sodio o grasas saturadas)”. _______________________________________________________________________________ Artículo 5. Publicar la presente resolución de conformidad con el artículo 65 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. Artículo 6. Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE 29 DIC 2023

Dada en Bogotá D. C., a los

FIRMADA EN ORIGINAL

MARÍA ALEXANDRA RIZO ARANGO

Directora General (E)

Elaboró: Mesa de Formularios Tributarios Revisó: Miguel Enrique Hernandez Tauta – Subdirector de Recaudo (A) Tomás Jaramillo Quintero – Asesor del Despacho de la Dirección de Gestión Jurídica Luis Adelmo Plaza Guamanga – Asesor del Despacho de la Dirección de Gestión Jurídica Claudia Stella Meza Diaz Inspector IV del Despacho Aprobó: Luis Hernando Valero - Director de Gestión de Impuestos (A).

Aprobó: Gustavo Alfredo Peralta Figueredo - Director de Gestión Jurídica

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