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DIAN - Resolución 114 de 14-10-2021

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 114 de 14-10-2021
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2021

RESOLUCIÓN NÚMERO 000114 ( 1 4 O C T 2 0 2 1 ) Por la cual se justifica la celebración de un contrato bajo la modalidad de contratación Directa EL SUSCRITO SUBDIRECTOR DE COMPRAS Y CONTRATOS DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES En uso de sus facultades legales y en especial de las conferidas por la Ley 80 de 1993 y Ley 1150 de 2007 y el artículo 2.2.1.2.1.4.1 del Decreto 1082 de 2015. C O N S I D E R A N D O Que la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN, conformidad con lo establecido por el Decreto 1071 de 1999 está organizada como una Unidad Administrativa Especial del orden Nacional, de carácter eminentemente técnico y especializado, con personería jurídica, autonomía administrativa y presupuestal, y con patrimonio propio, adscrita al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, cuyo objeto es coadyuvar a garantizar la seguridad fiscal del Estado Colombiano y la protección del Orden Público Económico Nacional, mediante la administración y control al debido cumplimiento de las obligaciones tributarias, aduaneras y cambiarias y la facilitación de las operaciones de comercio exterior en condiciones de equidad, transparencia y legalidad. Que mediante la Resolución No. 000089 del 03 de septiembre de 2021, se delegó la Ordenación del Gasto en el Subdirector de Compras y Contratos. Que la Constitución Política en su artículo 2019 expresa: “(…) la función administrativa

está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones. Las autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines del Estado (…)” Que las Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN requiere adelantar un proceso de contratación con el siguiente objeto: “Prestar el servicio de mantenimiento preventivo, cambio de filtros de aire y validación, de las cabinas de extracción del Laboratorio Nacional de Aduanas en la ciudad de Bogotá”. Que según se indica en la solicitud de adquisición y en los estudios previos, el objeto contractual requerido se puede contratar a través de la modalidad de contratación directa en virtud de la causal establecida en el literal g) del numeral 4 del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007, modificado por el Articulo 92 de la Ley 1474 de 2011 y en concordancia con el Articulo 2.2.1.2.1.4.8 del Decreto 1082 de 2015, “contratación directa cuando no exista pluralidad de oferentes”, de conformidad con el siguiente análisis: RESOLUCIÓN NÚMERO 0 0 0 1 1 4 d e 1 4 O C T 2 0 2 1 Hoja No. x Continuación de la Resolución “Por medio de la cual se justifica la celebración de un contrato bajo la modalidad de Contratación Directa” _______________________________________________________________________________ Que actualmente la entidad cuenta con unas cabinas de extracción del laboratorio marca

C4, indispensables para el manejo seguro de diferentes reactivos químicos peligrosos utilizados para realizar los ensayos y análisis fisicoquímicos de los diferentes tipos de muestras, para verificar el cumplimiento de la normatividad aduanera y tributaria dentro de las cuales se encuentra el control del contrabando. Que estas cabinas de extracción requieren actividades de mantenimiento preventivo y limpieza realizadas por personal especializado, con cambio de insumos y consumibles tales como aceites y correas, entre otros y la validación de los equipos de acuerdo con los estándares de funcionamiento de la norma internacional ANSI/AIHA Z9.5. Que las cabinas son fundamentales para el funcionamiento de la infraestructura física de la Subdirección del Laboratorio de Aduanas, ya que son sistemas encargados de la captura, confinamiento y extracción de contaminación de gases y vapores corrosivos, y todo gas, vapor, humo o partícula que pueda generar riesgo para la salud del operario que realice sus diferentes procesos dentro de ellas, de ahí que se requiera garantizar su óptimo funcionamiento bajo los parámetros del fabricante. Que, de acuerdo con los estudios previos, el presupuesto para la contratación es por la suma de hasta por CUARENTA Y TRES MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y UN MIL NOVENTA Y UN PESOS M/CTE ($43.981.091)., incluido el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.) y demás impuestos, tasas, contribuciones de carácter nacional y/o municipal de carácter legal, costos directos e indirectos a los que haya lugar, con cargo al Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 41921 de fecha 28 de septiembre de 2021,

expedido por la Coordinación de Presupuesto de la Subdirección Financiera. Que la firma C4 PASCAL SAS., acredita ser el único proveedor autorizado en el territorio colombiano para prestar los servicios objeto de este contrato, mediante la siguiente certificación:  Certificación de fecha 12 de agosto de 2021 expedida por firma COMPAÑÍA DE CONTROL DE CONTAMINACIÓN DE COLOMBIA C4 S.A.S con NIT. 890.326.425-6, fabricante de las cabinas de extracción del laboratorio marca C4 con las que actualmente cuenta la Subdirección del Laboratorio Aduanero, donde certifican que la empresa C4 PASCAL SAS identificada con NIT 805.016.686-2, es el único distribuidor autorizado por ellos en el territorio colombiano para brindar servicios técnicos de su marca C4, con el personal técnico entrenado, calificado y especializado, para brindar el servicio de mantenimiento adecuado. Que, revisada la oferta de la compañía C4 PASCAL SAS., se pudo constatar que cumple con las condiciones requeridas para la ejecución del contrato y, por lo tanto, el Subdirector del Laboratorio Aduanero, mediante el formato FT-FI-2617 “Solicitud de Adquisición” recomienda al ordenador del gasto su contratación para atender la necesidad descrita anteriormente. Que según se establece en los estudios previos, al contratista le serán exigidas las siguientes Obligaciones:

1. Prestar los servicios técnicos de mantenimiento con personal debidamente calificado, lo cual se acreditará mediante certificación del personal técnico de los equipos objeto de contratación, no mayor a un año.

2. Entregar al supervisor la documentación del personal que el contratista disponga para la ejecución del contrato que acredite el entrenamiento en fábrica y la experiencia mínima de un año.

RESOLUCIÓN NÚMERO 0 0 0 1 1 4 d e 1 4 O C T 2 0 2 1 Hoja No. x Continuación de la Resolución “Por medio de la cual se justifica la celebración de un contrato bajo la modalidad de Contratación Directa” _______________________________________________________________________________

3. El contratista debe informar nombre de la(s) persona(s) que asistirá(n) a realizar las operaciones técnicas y/o de mantenimiento, anexando los soportes exigidos por la

Entidad.

4. El Contratista garantizará durante la vigencia del contrato la calidad de los bienes a suministrar (CONSUMIBLES) y en caso de salir defectuosos los remplazará sin costo adicional para La DIAN.

5. El contratista deberá disponer de todos los elementos que requiera para realizar las actividades contratadas, incluyendo elementos de protección personal de sus empleados, elementos de apoyo y herramientas de uso general o específico para la intervención de los equipos.

6. Es obligación del contratista el no acceder, manipular, mover o modificar de alguna manera bienes distintos a los que contempla la ejecución del contrato sin autorización escrita previa al Supervisor del contrato por escrito.

7. Presentar al supervisor técnico para su correspondiente aprobación, los reportes de mantenimiento y de operaciones realizados.

8. Atender las llamadas, mensajes o cualquier comunicación de la Entidad con el fin de responder consultas que el operador del equipo le formule para resolver problemas de funcionamiento de los equipos objeto del contrato dentro de las 24 horas siguientes a la llamada o máximo a las 72 horas en caso de ser fin de semana, durante el periodo de la

garantía del servicio.

9. Los equipos incluidos en el alcance del contrato deberán quedar trabajando dentro de los parámetros de operación establecidos por el fabricante en las fichas técnicas de los modelos propiedad de la Entidad.

10. El personal encargado de realizar las actividades objeto de esta contratación debe cumplir con los protocolos de bioseguridad de la Entidad durante el tiempo que transcurran en las instalaciones.

11. Recoger los desechos y residuos peligrosos, clasificarlos de acuerdo a su característica de peligrosidad en las corrientes y entregarlos a la Subdirección del Laboratorio Aduanero de la DIAN, debidamente embalados e identificados para su posterior disposición por parte del laboratorio.

12. El contratista deberá acatar el Sistema de Gestión Ambiental (SGA) de la DIAN, por ende, seguir los lineamientos y recomendaciones que en este se imparten junto con los programas del uso racional del agua y la energía, manejo adecuado de los materiales, residuos sólidos y desechos que se manipulen en ejercicio de las actividades derivadas de la ejecución del contrato; deberá garantizar el cumplimiento de la totalidad de las normas ambientales vigentes, asumiendo la responsabilidad por las consecuencias que se puedan derivar de su inobservancia.

13. El contratista deberá prever los costos ambientales en que deban incurrir por el cumplimiento o el incumplimiento de las medidas ambientales antes, durante y después de la ejecución del objeto del contrato. 14. El Contratista deberá mantener en perfecto aseo el sitio donde se ejecuten las diferentes actividades y deberá retirar el material sobrante contaminante después de cada servicio y entregar los sitios de los equipos en perfecto estado de limpieza durante y al finalizar la ejecución de los trabajos.

15. Responder al Supervisor todas las observaciones técnicas y administrativas en cuanto a calidad, programación, seguridad industrial y manejo ambiental, así como la información pertinente que se derive de la ejecución del objeto contratado.

16. El Contratista deberá garantizar buenas prácticas para el manejo de residuos sólidos, líquidos y/o gaseosos, o aquellos que por su naturaleza requieran tratamiento especial.

Que los estudios previos pueden ser consultados en el Sistema Electrónico de Contratación pública SECOP www.colombiacompra.gov.co . Que de conformidad con el artículo 2.2.1.2.1.4.1 del Decreto 1082 de 2015, la Entidad debe señalar en un acto administrativo la justificación para contratar bajo la modalidad de contratación directa. RESOLUCIÓN NÚMERO 0 0 0 1 1 4 d e 1 4 O C T 2 0 2 1 Hoja No. x Continuación de la Resolución “Por medio de la cual se justifica la celebración de un contrato bajo la modalidad de Contratación Directa” _______________________________________________________________________________ En mérito de lo anterior. RESUELVE ARTICULO PRIMERO. Justificar la contratación Directa del proceso de contratación directa para “Prestar el servicio de mantenimiento preventivo, cambio de filtros de aire y validación, de las cabinas de extracción del Laboratorio Nacional de Aduanas en la ciudad de Bogotá”, atendiendo lo dispuesto en la causal del Articulo 2 numeral 4, literal g) cuando no exista pluralidad de oferentes en el mercado de la Ley 1150 de 2007, de acuerdo con la parte motiva de este acto.

ARTICULO SEGUNDO: Publicar el presente acto administrativo en la página web

www.colombiacompra.gov.co y en www.dian.gov.co ARTÍCULO TERCERO: Contra el presente acto no procede recurso alguno, de conformidad con lo establecido en el artículo 75 de la Ley 1437 de 2011, por ser un acto de trámite.

ARTÍCULO CUARTO: La presente rige a partir de su publicación.

Para constancia se firma en Bogotá, D.C.,

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE 14 OCT 2021

CAMILO OCTAVIO CONTRERAS BRAVO Subdirector de Compras y Contratos Elaboró: Jhonn Wilson Torres Peña – Funcionario de la Subdirección de Compras y Contratos

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