DIAN - Resolución 1145 de 17-06-2022
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 1145 de 17-06-2022
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2022
RESOLUCIÓN NÚMERO 001145 ( 1 7 / 6 / 2 0 2 2 ) Por la cual se autoriza transitoriamente el trabajo en casa en la Dirección Seccional de Aduanas de Cali LA DIRECTORA SECCIONAL DE ADUANAS DE CALI En ejercicio de las facultades legales, reglamentarias y en especial a las dispuestas en el numeral 9 del artículo 3 de la Resolución 000084 del 27 de agosto de 2021, mediante la cual el Director General de la UAE Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales delega la facultad a los Directores Seccionales para establecer el horario de trabajo en su respectiva Dirección y el artículo 2° de la Resolución No.011823 del 24 de diciembre de 2021, y CONSIDERANDO Que, el numeral 9º del artículo 3º de la Resolución 000084 del 27 de agosto del 2021, faculta a los Directores Seccionales y Directores Seccionales Delegados establecer el horario de trabajo en su respectiva Dirección Seccional, de conformidad con las necesidades del servicio, garantizando el mínimo de tiempo laboral vigente y el horario de atención al público. Que, el domingo 19 de junio de 2022 se llevarán a cabo en el País, los comicios electorales presidenciales de segunda vuelta. Que, conforme al Memorando 000123 del 16 de junio de 2022 suscrito por el Subdirector Administrativo (A), hay información de algunos medios de comunicación y de la Policía Nacional sobre la posible ocurrencia de actividades que alteren el orden público, en diferentes ciudades del País incluida la ciudad de Santiago de Cali, como resultado de las elecciones presidenciales del día 19 de junio de 2022.
Que, durante el 21 de junio de 2022, se debe garantizar la atención al público en los servicios radicación de documentos, notificaciones personales, notificaciones por correo y trámite de recursos. Que, en aras de velar por la seguridad de los servidores públicos y de los usuarios en general, ante posibles disturbios, situaciones de orden público e inconvenientes de transporte, que se puedan presentar en la ciudad y se puedan prolongar hasta el martes 21 de junio de 2022, se determinó autorizar transitoriamente el trabajo en casa en dicha fecha. Que, de acuerdo con las medidas tomadas por el Comité de Emergencia de la Dirección Seccional de Aduanas de Cali, y con la única finalidad de garantizar la protección integral de la vida y seguridad de los servidores de la Entidad durante el 21 de junio de 2022, no es factible laborar en el edificio de la sede de la Dirección Seccional de Aduanas de Cali. En mérito de lo anteriormente expuesto, 001145 17/6/2022 RESOLUCIÓN NÚMERO 4 170 de 24 de octubre de 2012 Hoja N°. 2 Continuación de la Resolución por la cual se autoriza transitoriamente el trabajo en casa en la Dirección seccional de Aduanas de Cali. RESUELVE ARTÍCULO 1°. Autorizar para el día 21 de junio del 2022, la realización del trabajo en casa para los servidores públicos de la Dirección Seccional de Aduanas de Cali que laboran en el Edificio BCH, en los horarios establecidos por la Dirección Seccional. ARTÍCULO 2°. No se atenderá de forma presencial el día 21 de junio del 2022, en el
Grupo Interno de Trabajo de Documentación de la División Administrativa y Financiera. La radicación de documentos se realizará de forma virtual a través del buzón de correspondencia externa corresp_entrada_cali-adu@dian.gov.co. Para la radicación de recursos y teniendo en cuenta que se requiere formato de presentación personal, éste deberá realizarse ante Notaría y enviarse al buzón de correspondencia de entrada en el horario de atención al público de 8:00 a.m. a 4:00 p.m. ARTÍCULO 3º. Los servidores públicos de los Grupos Internos de Trabajo de Zona Franca, e Importaciones de la División de Operación Aduanera, así como los que laboran en el sistema de turnos de la División de Control de Carga y División de Viajeros, deberán garantizar la prestación del servicio. Los servidores con licencia interna de conducción que están programados para la prestación de este servicio deberán garantizarlo. ARTÍCULO 4°: Corresponde a los jefes de División y Grupos Internos de Trabajo, garantizar el cumplimiento del horario establecido. ARTICULO 5º: Publicar la presente resolución en lugar visible al público de la Dirección Seccional y en la página web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN. ARTICULO 6º: Comunicar la presente resolución a los buzones electrónicos de los funcionarios de la Dirección Seccional. ARTICULO 7º: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Santiago de Cali, a los diecisiete (17) días del mes de junio de 2022 NOHORA PELÁEZ DELGADO Directora Seccional de Aduanas Cali Aprobó: María Eugenia Vanegas Gómez - Jefe División de Talento Humano(A)