DIAN - Resolución 11455 de 17-12-2021
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 11455 de 17-12-2021
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2021
| POR UNA COLOMBIA MÁS HONESTA : | RESOLUCIÓN NÚMERO 011455. | (17 DIC 2021) Por la cual see expide una Resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado EL JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA > SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA - En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del Artículo 2 de la Resolución 000070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes, HECHOS o Mediante radicado No. ESGTA202100430 del 30 de agosto de 2021, el señor Carlos Enrique Aponte Moreno, identificado con cédulad e ciudadanía No. 80.414.495, representante legal de la Agencia de Aduanas Agencomex Ltda Nivel 1, con NIT 890.403.420-1, presentó solicitud de resolución de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado para la mercancía denominada - técnicamente “POLIOLPOLIETER FORMULADO! y - comercialmente "RUBITHERM 19750". o El interesado adjuntó con el formato de solicitud, copia electrónica de los siguientes documentos: hoja técnica en tres 5) folios y registro, del pago en 1 dos (2 folios... El solicitante pagó cuatrocientos cincuenta y cuatro mil doscientos sesenta y tres pesos mícte. ($ 454. 263), con pago por vía electrónica del 27 de agosto de 2021 al Banco de Bogotá. ' - Mediante Requerimiento de Información Adicional No. 100227342 — 0136, radicación virtual -¿No. 00082021909805 del 15 de septiembre de 2021, esta Coordinación solicitó al usuario
remitir un diagrama de flujo que describa la forma como se. obtiene el producto, indicar el - nombre y estructura de cada componente dentro del mismo y describir cómo reacciona el producto para producir espuma rígida de poliuretano, entre otros; con escrito radicado No. - 000E2021909838 del 1 de octubre de 2021, se responde al requerimiento de información, sin renunciar al término legal restante para responder el mismo. . . o o Por medio del formato de solicitud, el interesado indicó que se notifique a Carlos Enrique Aponte Moreno, en la Calle 27A No. 24 - 28, en Cartagena, Bolívar. . o FUNDAMENTOS DE - DERECHO. - Convenio del Sistema Armonizado. de Designación y Codificación de Mercancias y su anexo, ' aprobado por Colombia mediante Ley 846 de 2001. Acuerdo de Cartagena, aprobado por Colombia mediante Ley ga de 1973, Decisión 812 de 2016 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se > aprobó el Texto Único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena. Decreto 2153 de 2016 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y - otras disposiciones. o ÓN o RESOLUCIÓN NÚMERO 011455 de 17DIC2021 HojaNo.2 Continuación de la resolución por la cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas y Texto de partida: Regla General Interpretativa 1
“Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapíitulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, sí no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:” (...) Partida 38.24: “Preparaciones aglutinantes para moldes o núcleos de fundición; productos químicos y preparaciones de la industria química o de las industrias conexas (Incluidas las mezclas de productos naturales), no expresados ni comprendidos en otra parte.”. Regla General Interpretativa 6: “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendidqoue solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.” _ Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional, artículos 303 a 306, mediante el cual se dictan: las disposiciones relacionadas con la atención de las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado, : Resolución 046 de 2019 y su modificación, de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales mediante las cuales se reglamentan las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado. : : CONSIDERACIONES DEL DESPACHO - Según la información suministrada con radicados Nos. ESGTA202100430 del 30 de agosto
- de 2021 y 000E2021909836 del 1 de octubre de 2021, la mercancia objeto de solicitud de | clasificación arancelaria se describe como un líquido color paja de gravedad específica 1, 20 a 25 “C, mezcla formulada de los siguientes componentes: - Poliéter polio! alifático: aproximadamente 30 % - Poliéster poliol aromático: aproximadamente 25 % - Trietil fosfato, agente antillama: aproximadamente 20 % _Agente soplante de hidrofluorocarburos (HEC) 365/227: aproximadamente 20% - Catalizadores: aproximadamente 6% - Agente de superficie: aproximadamente 2 % - Agua: aproximadamente 2% El agente soplante es una mezcla en proporción 93:7 de HFC365mtfc y HEC- -227e8 ' respectivamente; el HFC365-mfc es 1,1,1,3,3Pentafluorobutano (CAS 406-58-6) y el HFC- ' 227ea es 11,14, 3, 3,3Heptafluoropropano.
Este producto es utilizado en la elaboración de espumas . de poliuretano al reaccionar. posteriormente con otra formulación, produciéndose la polimerización y el expandido. Se presenta en cilindros metálicos de 55 galones, con peso de 220 kg. : De acuerdo con la anterior información, se establece que el producto consiste en una mezcla, ' constituyéndose en una preparación de la industria química cuya finalidad es reaccionar con otro producto para formar espumade poliuretano, que arancelariamente se clasifica en la
- RESOLUCIÓN NÚMERO 011455 de 17DIC 2021 bald Continuación de la resolución por la cual se expide una resolución de Clasif icación - Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado partida 38. 24 de la Nomenclatura del Sistema armonizado, en virtud de lo establecido en la Regla General interpretativa 1; al contener entre sus componentes dos derivados - halogenados de hidrocarburos, en el que la mayor proporción la tiene un derivado halogenado de butano, y en aplicación de la Regla General! Interpretativa 6, le corresponde clasificarse en la subpartida arancelaria 3824.99.99.00, de Arancel de Aduanas.
Teniendo en cuenta que para el caso en particular, el servicio de clasificación arancelariatiene un valor equivalente a medio salario mínimo legal vigente a la fecha de presentación de la solicitud, acercado al múltiplo de mil más cercano, es decir cuatrocientos cincuenta y cuatro mil pesos mí/cte. ($ 454.000), queda un saldo a favor de doscientos sesenta y tres pesos m/cte. ($263), que podrá utilizar como saldo a favor para presentar una nueva solicitud, o en su defecto solicitar la devolución. En mérito de lo anteriormente expuesto,.el Jefe (A) de la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera, RESUELVE "ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolucióne,n la ' subpartida 3824.99.99.00 del Arancel de Aduanas, como una preparación de la industria - química no expresada ni comprendida en otra parte, de acuerdo con las Reglas Generales
-Interpretativas 1:y 8 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado, contenida en el Decreto - 2153 de 2016 y sus modificaciones. o Ñ ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar por correo o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la DIAN, al señor Carlos Enrique Aponte Moreno, identificado con cédula de ciudadanía No. 80.414.495, representante legal de la Agencia de Aduanas Agencomex Ltda -: Nivel 1, en la Calle 27 A No. 24 - 28, en Cartagena, Bolívar, de conformidad con los Artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019 y el artículo 319 de la Resolución reglamentaria 0046 de 2019, modificado por el artículo 114 de la resolución 39 de 2021. ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, de acuerdo a lo - establecido en el Artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en los Artículos 74 y siguientes de la Ley. 1437 de 2011. : o ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en , fiime, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo 319 |. de la resolución 0046 de 2019, el artículo 65 de la Ley. 1437 de 2011 y el artículo 119 de la o Ley 489 de 1998. .
ARTÍCULO QUINTO: Remitir una vez en firr me, copia. del presente acto administrativo, por.
medio de la Coordinación de Correspondencia y. Notificaciones: de la Subdirección - -- Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica - Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN. RÁN Lao A YÍQUESE, PUBLÍQY UCÚEMPSLAESE 17 DIC 2021 | ¿PORRA COLOM 5 bro ori 0 24900 Ori ÁXN ALBERTO GARCaÍA DEMO / AA ett bordinación de Clasificación arancelaria
Subdirección Técnica Aduanera : Proyectó: Luis Alberto Camargo C
Revisó: Claudia A Jurado Z