DIAN - Resolución 1149 de 30-11-2018
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 1149 de 30-11-2018
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2018
DIAN' CU) y Detección de Impuestos y Añuartas Nacanales RESOLUCIÓN NÚMERO 01149 (30N0v 2018, Por medio de la cual se modifica temporalmente el horario de atención al público LA DIRECTORA SECCIONAL DE IMPUESTOS Y ADUANAS DE TULUÁ En uso de las facultades legales y en especial las conferidas en el artículo 39 del Decreto 4048 de 2008, el Artículo 11, numeral 11) de la Resolución No. 0014 del 4 de noviembre de 2008 y CONSIDERANDO Que en el Artículo 11 del numeral 11 de la Resolución No. 0014 del 4 de noviembre de 2008, se delegó en los Directores Seccionales la función de “Establecer el horario de trabajo en su respectiva Dirección Seccional de conformidad con las necesidades del servicio, garantizando el mínimo de tiempo laboral vigente y el horario de atención al público” Que el artículo 68 del Decreto 1227 de 2005, dispone que “las entidades deberán organizar programas de estímulos con el fin de motivar el desempeño eficaz y el compromiso de sus empleados. Los estímulos se implementarán a través de programas de bienestar social.” Que, dentro del programa de bienestar laboral de la entidad, está contemplado la realización de la actividad: “Juegos de Integración local — JILDIAN — versión año 2018” a realizarse en la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Tuluá, el día 06 de diciembre de 2018, con la participación de todos los funcionarios, lo cual impacta positivamente en el mejoramiento del clima laboral de la seccional.
Por el anteriormente expuesto.
RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO: ESTABLECER, que el día jueves seis (06) de diciembre de 2018, | no habrá atención al público en la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Tuluá, con el fin de garantizar la participación de todos los servidores públicos en la actividad de bienestar laboral programada.
ARTICULO SEGUNDO: La jornada laboral establecida en la Dirección Seccional no sufre modificación alguna.
ARTICULO SEGUNDO: PUBLICAR la presente Resolución en un lugar visible de la Dirección Seccional y en la página web de la entidad.
ARTICULO TERCERO: La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
| COMUNÍQUESE Y CUMPLASE, Dada en Tuluá, 30 NOV 2818
EN ODOY BONILLA
Directora SecCional de Impúestos y Aduanas de Tuluá Proyectó: Fernando Ayram Cairasco / Cargo: — Analista ll 202 02