DIAN - Resolución 11559 de 20-12-2021
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 11559 de 20-12-2021
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2021
SIAN
POR UNA COLOMBIA MÁS HONESTA RESOLUCIÓN NÚMERO 011559 (20 DIC 2021).
Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier interesado EL JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA - DELA SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA o Enuso , de las facultades legales qq ue le confiere el numeral 3. 3, 1. el artículo 2 de la Resolución : - 000070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes, HECHOS Mediante radicado No. ESGTA202100470 del 28 de septiembre de 2021, el Sr. Boris Mauricio - Sánchez, identificado con cédula de ciudadanía No. 79.660.859, representante legal de Agencia de Aduanas Roldán S.A.S. Nivel 1, con NIT 811.001.259 -7, mandataria de la sociedad Empresas Públicas de Medellín ESP con NIT 890.904.996-1, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado para la mercancía denominada técnicamente como “MÓDULO HIBRIDO PASS MO00” y comercialmente como “BAHÍA COMPACTA” El interesado adjuntó copia de los siguientes documentos: formato de solicitud en cuatro (4) folios, información técnica en seis (6) ffeo lios, mandato aduanero e« n siete (7) folios y comprobante de pagoen un (1) folio. o | Ñ El solicitante pagó riovecientos nueve mil pesos mí/cte. ($ 909, 000), según transferencia electrónica
No: 231 F042212700001 del 27 de septiembre de 2021 del Banco de Occidente al Banco de Bogotá. Por medio del Requerimiento de Información Adicional No. 100165398596 del 3 de noviembre con radicado No. 000S2021913591 del 4 de noviembre de 2021, esta Coordinación pidió al usuario aclarar algunos conceptos técnicos del proceso descrito en la solicitud, función, conexión física, y ' forma de programación, de los equipos que llevan a cabo dicho proceso. El solicitante remitió respuesta al requerimiento con escrito radicado No. 000E202 1914367 del 30 de noviembre de 2021 en O (4) folios y renunció al término restante para atender lo solicitado. - Según lo señalado en el formato de solicitud, se indicó que se hotifique al Sr. Boris Mauricio Sánchez en la Carrera 100 No. 25 B - 40 de Bogotá D.C.; no obstante, mediante el escrito de respuesta al requerimiento de información adicional, se precisó que el presente acto administrativo se notifique ala dirección electrónica: isteringGroldaniogistica.cc om; srodriguezGroldanlogística. com. FUNDAMENTOS DE DERECHO Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. : ¿Acuerdo de Cartagena, aprobado por Colombia mediante Ley es de 1973. : Decisión 812 de 2016 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual aprobó el Texto único de la Nomenclatura (C ornún: de los Países Miembros del Acuerdo de > Cartagena.
RESOLUCIÓN NÚMERO 011559 de 20DIC2021 Hoja No. 2
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado Decreto 2153 de 2016 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones. o A Para el caso en estudio se considerarán las siguientes Reglas, Nota, y texto de partida: Regla General interpretativa 1: “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de ' Sección o de Capítulo y, sí no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:” Nota 4 de la Sección XVI: “Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos individualizados (incluso separados o unidos sí por tuberías, órganos transmisión, cables eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamente definida, comprendida en una de las partidas Capítulos 84 u 85, el conjunto se clasifica en la partida correspondiente a la función que realice.” Partida 85.35: “Aparatos para corte, seccionamiento, protección, derivación, empalme o conexión de circuitos eléctricos (por ejemplo: interruptores, conmutadores, cortacircuitos, pararrayos, limitadores de . tensión, supresores de sobretensión transitoria, tomas de corriente y demás conectores, cajas de - empalme), para una tensión superior a 1.000 voltios.” . : Regla General Interpretativa 6: “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente
porlos textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas ciel mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.” Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y su modificación, artículos 304 a 307, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con la atención de las solicitúdes de clasificación - arancelaria a petición de cualquier interesado. - 0% 2 o ÓN Resolución 0046 de 2019 y sus modificaciones, de la Dirección. de impuestos y Aduanas Nacionales, mediante la cual se reglamentan las solicitudes de clasificación arancelaria a petición - de cualquier interesado. O e OS o CONSIDERACIONES DEL DESPACHO Según la información aportada mediante radicados Nos. ESGTA202100470 del 28 de septiembre de 2021 y 000£2021914367 del 30 de noviembre de 2021, la mercancía objeto de solicitud de' clasificación arancelaria se describe como un conjunto de máquinas, aparatos y dispositivos eléctricos inmersos en gas dieléctrico SF6, contenidos dentro de una misma carcasa modular sellada y compacta, los cuales trabajan de manera combinada, para dirigir de manera segura el flujo de energía eléctrica generado en alta tensión (44 kV) en la central hidroeléctrica “Caracoll”, sin modificarlo, para que pase a otro punto dentro de un sistema de potencia eléctrica, mediante el siguiente proceso: o O
La energía eléctrica en alta tensión que proviene del transformador elevador de la central de generación, ingresa al módulo hibrido aistado en gas por medio de conectores y cable conductor de aluminio, pasando por un barraje interno a través de un conjunto de equipos de medición que censan los niveles de corriente y tensión (transformadores de potencia y de corriente) y envían los datos al tablero de control; la energía eléctrica circula protegida por el seccionador combinado línea — tierra RESOLUCIÓN NÚMERO 011559 de 20DIC 2021 HojaNo.3 - Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Ñ ¿Arancelaria ; a Petición de Cualquier Interesado y el/ interruptor de potencia que abre o cierra el paso continuo de la corriente eléctrica, según la contingencia que se pueda presentar; finalmente, sale del módulo pasando por otro seccionador que conecta la conducción de energía hacia la barra de la subestación de generación para que se pueda entregar de manera óptima al sistema interconectado regional, en la línea de trasmisión de alta tensión.
Listado de equipos: Un (1) módulo hibrido, 72.5 kV, 31.5 kA, tensión nominal 52 kV, frecuencia nominal 60 Hz, “nivel de aislamiento 72.5 kV, corriente nominal 2.000 A, corriente de corta duración admisible 3s 31.5 kA,
el cual alberga:
1. Un (1 interruptor, tensión nominal 52 KV, frecuencia nominal 60 Hz, corriónte nominal 2.000
- A, con mecanismo de operación tripolar y mecanismo de resortes, corriente de apertura en cortocircuito 31.5 kA, corriente de cierre en cortocircuito 80 kA, corriente de corta duración admisible 3s 31.5 KA, potencia nominal motor mecanismo de operación 400 W. 2 Dos (2) seccionádores. tensión nominal 52 kv, “trécuencia nominal 60 Hz, corriente nominal 2.000 A, potencia nominal motor mecanismo de operación 180 W.
3. Seis (6) transformadores de corriente, tensión nominal 52 KV, frecuencia nominal 60 Hz, | relación de transformación: 80/1 A, tipo de aislamiento resina, factor de sobrecarga 1.2, corriente de corta duración admisible 3s 31.5kA. 4, Tres (3) transformadores de tensión, tensión nominal 52 kV, frecuencia nominal 60 Hz, relación de transformación « 44 kV/110 V, tipo de aislamiento: SF6, corriente de corta duración admisible 3s 31.5 kA.
5. Una (1) caja de circuitos: tablero eléctrico para agrupamiento de datos, c« on pulsadores de | mando para control del Interruptor y seccionadores, tensión nominal 125 V, frecuencia - nominal 60 Hz.
De acuerdo a lo anterior, los elementos listados en los numerales 1 al 5 conforman una subestación “eléctrica encapsulada que se utiliza para permitir el paso seguro de la corriente eléctrica a un nivel de tensión de 44 kV, sin modificarla, de un punto a otro dentro de un circuito eléctrico, abriendo o
cerrando el dispositivo”de corte (interruptor); por tanto, se establece que arancelariamente la mercancía corresponde a un interruptor eléctrico, para una tensión superior a 1.000 voltios, que de. acuerdo con la Nota 4 de la Sección XV! y la Regla General Interpretativa 1 está comprendido en la - partida 85.35 de la nomenclatura del Sistema Armonizado; en aplicación de la Regla General : interpretativa 6, S clasifica n la subpariida 88:5 35. 30, 00. 00 del Arancel de Aduanas. En mérito de lo a ormente expuesto, el Jefe( A) de la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera, - RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita e« n la presente resolución, en la subpartida 8535.30.00.00 del Arancel de Aduanas, como un interruptor para una tensión superior a 1.000 voltios, de acuerdo con la Nota 4 de la Sección XVI, en aplicación de las Reglas Generales interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenido en el Decreto 21 53 de 2016 y sus "modificaciones. ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente Resolución al Sr. Boris Mauricio Sánchez, identificado con cédula de ciudadanía No. 79.660.859, representante legal de la Agencia de Aduanas Roldán S.A.S. Nivel 1, a la dirección electrónica manifestada por el. interesado fsterlingOroldanlogistica.com; srodriguezGroldanlogistica.com, de conformidad con toestablecido en el: artículo 759 del Decreto 1 165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto
RESOLUCIÓN NÚMERO 011559 o de 20 DIC 2021 HojaNo.4
Continuación del acto administrativo" por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado 360 de 2021, y el artículo 319 de la Resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la Resolución 39 de 2021. o e De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se notificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario en la Carrera 100 No. 25 B - 40 de Bogotá -D.C., o de manera subsidiaria, mediante aviso en el sitio web de la Dirección de Impuestos y . Aduanas Nacionales, de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019. o ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 - del Decreto 1165 de 2019, y los Artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011. : ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo 319 de la Resolución 0046 de 2019, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el artículo 119 de la Ley 489 de
1998. :
ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN. : o NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE — 20 DIC 2021
FABIÁN ALBERTO GmARCÍsA AÑEDA
Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Tecnica Aduanera
Proyectó: Ricardo Heirera Daza
Revisó: - Fidel R. Minotta Benitéz' .
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