DIAN - Resolución 116 de 31-08-2021
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 116 de 31-08-2021
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2021
RESOLUCION No.
001116 ( ) 31 de agosto del 2021 Por la cual se establece el horario de turnos de trabajo en la Dirección Seccional de Aduanas de Cali - Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales en adelante DIAN LA DIRECTORA SECCIONAL DE ADUANAS DE CALI De conformidad con el Decreto 1742 de 2020, Resolución 000082 de agosto 26 de 2021 artículo 7º. y en ejercicio de las facultades delegadas mediante la Resolución No. 000084 del 27 de agosto de 2021 Capitulo II, artículo 3° numeral 9° y CONSIDERANDO: Que la jornada laboral en la administración pública comprende el periodo durante el cual los empleados se encuentran a disposición de la administración en desarrollo de las funciones que les corresponde ejercer. Su fijación es de origen legal, no solamente con el fin que el servicio se preste dentro de un determinado espacio, sino para que el empleado disponga de un tiempo razonable para su descanso. Que el numeral 9 del Artículo 3° Capitulo II de la Resolución No. 000084 de agosto 27 de 2021, faculta a los Directores Seccionales y Directores Seccionales Delegados, para "Establecer el horario de trabajo en su respectiva Dirección Seccional, de conformidad con las necesidades del servicio, garantizando el mínimo de tiempo laboral vigente y el horario de atención al público". Que el numeral 2 del Artículo 7 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, señala como uno de los deberes de las autoridades en la atención al público, "Garantizar
atención personal al público, como mínimo durante cuarenta (40) horas a la semana, las cuales se distribuirán en horarios que satisfagan las necesidades del servicio." Que con la Resolución No. 000773 del 31 de mayo de 2019, la Directora Seccional de Aduanas de Cali, estableció los turnos de trabajo para los funcionarios de los grupos internos de trabajo de la División de Gestión de la Operación Aduanera de la Seccional, quienes prestan servicio 7/24, en 3 turnos, adicionales al turno único de 8:00 h a 17:00 h. Que con la Resolución No. 000981 del 09 de julio de 2019, la Directora Seccional de Aduanas de Cali, estableció los turnos de trabajo para los funcionarios del grupo informal operativo ubicados en el despacho de la División de Gestión de Fiscalización de la Dirección Seccional de Aduanas de Cali y que desarrollan funciones y acciones de control posterior. Que con la Resolución No. 001250 del 21 de agosto de 2019, la Directora Seccional de Aduanas de Cali, estableció los turnos de trabajo para los funcionarios de los grupos internos de trabajo de la División de Gestión de la Operación Aduanera de la Seccional, para la División Financiera y Administrativa para los funcionarios con Rol de conductores; y para el Grupo Interno de Trabajo del grupo informal operativo ubicados en el despacho de la División de Gestión de Fiscalización de la Dirección Seccional de Aduanas de Cali y que desarrollan funciones y acciones de control posterior. Que con la Resolución No. 0000833 del 18 de septiembre de 2020, la Directora Seccional de Aduanas de Cali, estableció los turnos de trabajo para los funcionarios de los grupos internos de trabajo de la División
de Gestión de la Operación Aduanera de la Seccional, para la División Financiera y Administrativa para los funcionarios con Rol de conductores; y para el Grupo Interno de Trabajo del grupo informal operativo ubicados en el despacho de la División de Gestión de Fiscalización de la Dirección Seccional de Aduanas de Cali y que desarrollan funciones y acciones de control posterior.
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Continuación de la Resolución por medio de la cual se establece el horario de los turnos de trabajo de la Dirección Seccional de Aduanas de Cali _____________________________________________________________________________ Que con el propósito de asegurar el efectivo cumplimiento de las normas aduaneras, prestar un adecuado y eficiente servicio de facilitación y control a las operaciones y usuarios del comercio exterior, así como ejercer la facultad de control posterior, se considera procedente que, en la Dirección Seccional de Aduanas de Cali, se tenga un horario unificado para los servidores públicos que actúan tanto en el control previo como simultáneo y posterior, por lo que con Resolución No. 000638 del 4 de junio de 2021 se estableció el horario laboral de los turnos de trabajo de la Dirección Seccional de Aduanas de Cali, la cual derogó la Resolución No. 0000833 del 18 de septiembre de 2020. Por lo anterior, se hace necesario dejar sin efecto la Resolución No. 000638 del 4 de junio de 2021 y en su defecto, se establecerán los horarios de los turnos de trabajo de la Dirección Seccional de Aduanas de
Cali, que se indican en la parte resolutiva de este acto administrativo para cada una de las Divisiones y grupos en ella relacionados, en razón a la respuesta del Subdirector de Gestión de Personal con Oficio No. 100206214 – 00857 del 27 de mayo de 2021, enviado vía correo electrónico en la misma fecha, atendiendo a las necesidades del servicio 24/7 que tiene la Seccional como una solución de carácter temporal a la contingencia del momento. En mérito de lo anteriormente expuesto, la Directora Seccional de Aduanas de Cali R E S U E L V E: ARTÍCULO 1°: Dejar sin efecto la Resolución No. 000638 del 4 de junio de 2021, a partir del 31 de agosto de 2021, por las razones expuestas en la parte considerativa de este proveído. ARTICULO 2°: Establecer a partir del 31 de agosto de 2021, los turnos de trabajo para los servidores públicos que se encuentran ubicados en la División de la Operación Aduanera, Grupo Interno de Trabajo de Zona Franca de la Dirección Seccional de Aduanas de Cali, así:
DIVISION DE OPERACIÓN ADUANERA
SALIDA DE MERCANCÍAS De lunes a viernes: Turno Único: 08:00 h a 17:00 h La solicitud de servicio por parte de los usuarios, en horario diferente al establecido, estará sujeta a la aprobación del jefe de la División de la Operación Aduanera, para lo cual deben presentar la solicitud con la debida anticipación (un día antelación y en horario hábil) para garantizar la programación del mismo, indicando los motivos y el tiempo requerido para el servicio.
ORIGEN
De lunes a viernes Turno Único: 8:00 h a 17:00 h.
Para la entrega de Certificados de Origen, se establecen dos (2) repartos así: Horario 1: Solicitudes radicadas en el SIE desde las 12 Meridiano hasta las 12 de la media noche del día anterior, se entregan los Certificados de Origen a las 11:00 AM del día siguiente. Horario 2:
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Continuación de la Resolución por medio de la cual se establece el horario de los turnos de trabajo de la Dirección Seccional de Aduanas de Cali _____________________________________________________________________________ Solicitudes radicadas en el SIE desde las 12:01 A.M. hasta las 11:59 A.M. del mismo día, se entregan a las 15:00 h. GRUPO INTERNO DE TRABAJO ZONA FRANCA ZONA FRANCA DEL CAUCA De lunes a viernes Turno Único: 07:00 h a 16:00 h ZONAS FRANCAS PACIFICO Y PALMASECA De lunes a viernes Turno Único: 08:00 h a 17:00h La solicitud de servicio por parte de los usuarios, en horario diferente al establecido, estará sujeta a la aprobación del jefe del Grupo Interno de Trabajo de Zona Franca, con el visto bueno del Jefe de División de la Operación Aduanera, para lo cual deben presentar la solicitud con la debida anticipación para garantizar la programación del mismo, indicando los motivos y el tiempo requerido para el servicio
ARTICULO 3°: Establecer a partir del 31 de agosto de 2021, los turnos de trabajo para los servidores públicos que se encuentran ubicados en la División Control de Carga de la Dirección Seccional de Aduanas de Cali, así: Sistema de Turnos: De lunes a domingo Turno 1: 06:00 h a 14:00 h Turno 2: 14:00 h a 22:00 h Turno 3: 22:00 h a 06:00 h Turno 4: 08:00 h a 16:00 h ó De lunes a viernes Turno 5: 07:00 h a 16:00 h Turno 6: 08:00 h a 17:00 h ARTICULO 4°: Establecer a partir del 31 de agosto de 2021, los turnos de trabajo para los servidores públicos que se encuentran ubicados en la División de Viajeros de la Dirección Seccional de Aduanas de Cali, así: Sistema de Turnos: De lunes a domingo Turno 1: 06:00 h a 14:00 h Turno 2: 14:00 h a 22:00 h Turno 3: 22:00 h a 06:00 h Turno 4: 08:00 h a 16:00 h Turno 5: 16:00 h a 24:00 h ó De lunes a viernes Turno 6: 07:00 h a 16:00 h
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Continuación de la Resolución por medio de la cual se establece el horario de los turnos de trabajo de la
Dirección Seccional de Aduanas de Cali _____________________________________________________________________________ Turno 7: 08:00 h a 17:00 h ARTICULO 5°: Establecer a partir del 31 de agosto de 2021, los turnos de trabajo para los servidores públicos con licencia interna de conducción y que se encuentran ubicados en la División Administrativa y Financiera de la Dirección Seccional de Aduanas de Cali, así: Sistema de Turnos: De lunes a domingo Turno 1: 04:00 h a 12:00 h Turno 2: 12:00 h a 20:00 h Turno 3: 20:00 h a 04:00 h ó De lunes a viernes Turno Único: 08:00 h a 17:00 h ARTÍCULO 6°. Establecer a partir del 31 de agosto de 2021, los turnos de trabajo para funcionarios del Grupo Interno de Trabajo de Acciones de Control Aduanero ubicados de la División de Fiscalización y Liquidación Aduanera de la Dirección Seccional de Aduanas de Cali y que desarrollan funciones y acciones de control posterior, así: De lunes a domingo Turno 1: 06:00 h a 14:00 h Turno 2: 14:00 h a 22:00 h Turno 3: 22:00 h a 06:00h ó De lunes a viernes Turno Único: 08:00 h a 17:00 h ARTICULO 7°: La distribución de los funcionarios que laboran en cada uno de los turnos, así como la planeación de los mismos es responsabilidad de los jefes de los respectivos grupos internos de trabajo y/o
de los jefes de División. ARTICULO 8°: Los Jefes de los Grupos Internos de Trabajo, y los Jefes de División correspondientes serán los responsables de verificar y garantizar el cumplimiento del horario de trabajo que mediante la presente Resolución se establece. ARTICULO 9°: Enviar copia de la presente Resolución al corresponsal de la Dirección Seccional de Aduanas de Cali, para su publicación en la página web. ARTICULO 10°: Enviar copia de la presente Resolución a la División de Talento Humano para ser comunicada por el LD a los funcionarios de la Dirección Seccional de Aduanas de Cali
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Continuación de la Resolución por medio de la cual se establece el horario de los turnos de trabajo de la Dirección Seccional de Aduanas de Cali _____________________________________________________________________________ ARTICULO 11°: La presente Resolución, rige a partir del 31 de agosto de 2021.
COMUNIQUESE Y CUMPLASE
ADRIANA MARCELA VELASQUEZ ECHEVERRY
Directora Seccional de Aduanas de Cali
Aprobó: Victoria Eugenia Giraldo Castro
Jefe División Talento Humano (A) Dirección Seccional de Aduanas de Cali
Proyectaron: Carolina Lucia González Ruiz Jefe División de la Operación Aduanera (A)
Dirección Seccional de Aduanas de Cali Beatriz Elena Hurtado Villegas Jefe División Administrativa y Financiera (A) Dirección Seccional de Aduanas de Cali
Ruth Elena Escobar Huaza Jefe División de Control de Carga (A) Dirección Seccional de Aduanas de Cali Betty Saavedra García Jefe de División de Fiscalización y Liquidación Aduanera (A) Dirección Seccional de Aduanas de Cali. Kelly Lisbeth Guataquira Siatama Jefe División de Viajeros (A) Dirección Seccional de Aduanas de Cali