DIAN - Resolución 1172 de 26-12-2017
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 1172 de 26-12-2017
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2017
——— BDIAN Dréde cImpueostosó y nACUE NSA Nantrales RESOLUCION NUMERO: 001 172 ( 26 DIC. 2017 "Por la cual se establece el horario de trabajo para los funcionarios y de la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Santa Marta". El DIRECTOR SECCIONAL DE IMPUESTOS Y ADUANAS DE SANTA MARTA En uso de sus facultades legales conteridas por el articulo 39 numeral 4 del Decreto 4048 del 22 de octubre de 2008 y en especial la conferida por | el numeral 11) del articulo 119 de la Resolución número 014 del 4 de noviembre de 2008, y CONSIDERANDO: Que de conformidad con el artículo 33 del Decreto Ley 1042 de 1978, reiterado en la circular 079 del 3 de septiembre de 2008, la jomada de trabajo debe corresponder a 44 horas semanales, Que mediante la resolución No. 014 de 2008, el Director General de la DIAN delegó en los Directores Seccionales la función de “Establecer el horario de trabajo en su respectiva Dirección Seccional, de acuerdo con las necesidades del servicio, garantizando el mínimo de tiempo laboral vigente y el horario de atención al público”. Que el numeral 2 del artículo 7” del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, señala como uno de los deberes de tas autoridades en la atención al público, “Garantizar atención personal al público, como mínimo durante cuarenta (40) horas a la semana, las Cuales se distribuirán en horarios que satisfagan las necesidades del servicio”. Que según lo establecido en la circular 00020 del 12 de agosto de 2013, se debe garantizar la atención al público en jornada directa o continua en
las áreas de atención de asistencia al cliente y puntos de contactos de la DIAN Que de conformidad con el numeral 11 del artículo 34 de la Ley734 de 2002, es deber de todo servidor público dedicar la totalidad del tiempo reglamentario de trabajo al desempeño de las funciones encomendadas, salvo las excepciones legales. En virtud de lo expuesto, el Director Seccional de Impuestos y Aduánas de Santa Marta.
RESUELVE: ARTICULO PRIMERO: A partir del 09 de enero de 2018, establecer el horario de trabajo en la Dirección Seccional de impuestos y Aduanas de Santa Marta de lunes a viernes, en las siguientes jornadas laborales asi: a) DOBLE JORNADA LABORAL -700a.m. a 12:00p.m. -2:00 p.m. a 5:48 p.m. b) JORNADA LABORAL CONTINUA -730 am a 4:18 pom. Los funcionarios dispondrán de cuarenta y cinco (45) minutos de almuerzo, en turnos coordinados por los jefes inmediatos, asegurando que durante toda la jornada laboral se garantice la oportuna y prestación del servicio, Parágrafo 1.- Los funcionarios manifestarán ante su jefe inmediato por cuál de las jornadas laborales establecidas optan, con la posibilidad de cambiarla, siempre y cuando entre uno y otro cambio transcurra al menos dos meses. El funcionario deberá indicar los motivos sustentados que ameriten el cambio de horario o jornada laboral.
Parágrafo 2.- Los Jefes de División respectivos remitirán a más tardar el 05 de enero de 2018 al Grupo Interno de Trabajo de Personal de esta
Dirección Seccional la relación consolidada de los funcionarios de su dependencia, indicando la jornada labora! por la que cada uno optó y que haya sido concertado. Igualmente deberán reportar dentro de los primeros cinco (5) días de cada mes los cambios que se presenten, con sujeción al término establecido en el parágrafo anterior, ARTICULO SEGUNDO: El horario principal de atención al público será de 7:30 a.m. a 4: 30 p.m. en jornada continúa ARTICULO TERCERO: El horario de atención al público en la División de Gestión de Asistencia al Cliente de esta Dirección Seccional y el punto de contacto continuará siendo de 7:30 a.m. a 3: 30 p.m. en jornada continua, ARTICULO CUARTO: Los jefes inmediatos serán los responsables de garantizar el cumplimiento de los horarios de trabajo que mediante la presente resolución se establecen.
ARTICULO QUINTO: La presente resolución rige a partir del 09 de enero de 2018 y deroga la resolución No. 001143 del 18 de diciembre de 2017 y los demás actos administrativos que determinen un horario laboral y de atención al público diferente.
PUBLIQUESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE
Dada en Santa Marta, D. T.C.H., a |
CN GUSTAVO ADOLFO CALDERON HOLGUIN
Director Seccional de Impuestos y Aduanas de Santa Marta Proyecto amado) Moira Muñoz pad 2212204? bh as