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DIAN - Resolución 1178 de 07-02-2023

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 1178 de 07-02-2023
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2023

RESOLUCIÓN NÚMERO 0 0 117 e | 2 A07 FEB 2023.) Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria de Oficio EL JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA o SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA | En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de la Resolución ] 070 de 2021 así como lo dispuesto en el artículo 304 del Decreto 1165 de 2019, teniendo en -: : cuenta los siguientes — o HECHOS Mediante radicado No. 235410000000224de 02 de mayo de 2022, el Sr. GUILLERMO ALFONSO: “TOLEDO RONCANCIO, identificado (a) con Cédula de Ciudadanía 70062603, apoderado mandatario,de la sociedad LUJOS MASTER LED SAS, con NIT 901,318541-8, presentó una “ solicitud de resolución de clasificación arancelariaa petición de Cualquier interesado para la mercancía denominada técnica y comercialmente como “EXPLORADORA TIPO 450" 00 00 Surtido el trámite legal, la Coordinación de Clasificación Arancelaría expidió la ResoluciónNo 2022003980600148 del 29 de julio de 2022, mediante la cual se clasifico la mercancia por ta: - subpartida 8539:52.00,00 como “una lámpara emisora de luz led para ser utilizada en vehículos, de: acuerdo con: les Reglas Generales interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, - contenidas en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones”... ON o o

“La Resolución 2022003980600148 del 29 de juliode 2022fu e notificada al correo electrónicoinformado por el interesado y publicada en el Diario Oficial No. 52.136 del 24 de agosto de 2022. “ La División de Fiscalización y Liquidación Aduanera de la Dirección Seccionalde Aduanas de: Medellín en ejercicio de sus funciones,en el marco de investigación que adelantada al usuarió LUJOS MASTER LED SAS,e l día 2 de diciembrede 20202, llevó a cabo diligencia de control aduanero para toma de muestra, levantándose acta de hechos No. 4521 de la misma fecha, en la cual se consignan las siguientes manifestaciones en respuesta a las preguntas transcritas a continuación: “qué tipo de exploradoras importan? Respuesta: Exploradoras cuadradas, redondas y lineales.” “todas corresponden al mismo tipo? Respuesta: Todas corresponden al mismo grupo de "las exploradoras independientemente de la forma y del tamaño”. “¿En relación al funcionamiento, se preguntasí todas cumplen, el mismo? Respuesta: Todas cumplen con la misma función, solo camebl tiamaaño y forma.” ES O o O o “Mediante oficio No. 1-90-201-265-0332 del. 06-12-2022, la Seccional de Aduanas de Medellín: solicitó a la Coordinación de Clasificación Arancelaria, pronunciamiento técnico para la mercancía descrita como “EXPLORADORAS”, remitiéndose para el efecto muestras allegadas mediante diligencia adelantada en las. instalacionedsel importador. En respuesta a dicha solicitud mediante oficio No. 100165398-110-357-0092 del 25 de eneder 2o023 , esta Coordinación clasificó las:

  • mercancias correspondientes a las muestras enviadas, en la subpartida arancelaria 851 2.20.10.00.

FUNDAMENTOS DE DERECHO Han de tenerse como fundamentosde derecho para la presente resolución la siguiente normativa: E¡ Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías (SA) y su anexo, fue acogido por Colombia mediante Ley 646 de 2001.. e : : ob | RESOLUCIÓN NÚMERO 001178 de 07 FEB 2023 Hoja No. 22 pt Continuación Resolución por medio de la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria de Oficio. El Acuerdo de Cartagena fue adoptado por Colombia mediante Ley 8 de 1973, La Decisión 885, la Comisión de la Comunidad Andina, aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena (NANDINA). El Decreto 1881 de 2021, mediante el cual nuestro país adoptó el Arancel dé Aduañas y se incorporó - la VIl Recomendación de Enmienda al Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y la actualización de la NANDINA y otras disposiciones. Del citado Decreto, para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas y Texto de partida Regla General Interpretativa 1: “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas deSección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo : con las Reglas siguientes:”

Partida 85. 12: “Aparatos eléctricos de alumbrado 9) señalización (excepto los -artículos de la partida 85, 39), . limpiaparabrisas, eliminadores de escarcha 0 vaho, eléctricos, de los tipos utilizados en velocípedos o vehículos automóviles.”. % Regia General Interpretativa 6: “La clasificación de mercancias en las subpartidasde una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notasde subpartida, así como, mutatismutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del - mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y.de Capítulo, salvo disposición en contrario”. Artículo 304 del Decreto 1165 de 2019: RESOLUCIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA... Las resoluciones de clasificación arancelaria podrán ser:

0 MN ES

2. Do oficio. e Las clasificaciones arancelarias de oficio se emitirán para armonizar los criterios de clasificación conformo" con el Arancel de Aduanas..

Concepto. Jurídico 000248 del 20 de febrero de 201 5. CONSIDERACIONES DEL DESPACHO. o - Este Despacho, trae a colación que, para establecer la correcta clasificación de una mercancía en la Nomenclatura Arancelaria del Sistema Armonizado, se deben tener en cuenta dos aspectos fundamentales: (i) el conocimiento de la mercancía y (ii) el manejo correcto de la Nomenclatura. El primer elemento es técnico y corresponde a las características de la mercancía a clasificar, es

decir aspectos como elementos que la componen, forma de funcionamiento, uso, aplicación, entre otros Continuación Resolución por. medio de la cual se expide una Resolución «d e Clasificación Arancelaria de Oficio. | El segundo. elemento, es el correcto manejo de la Nomenclatura Arancelaria, el cual se encuentra establecido en el literal 1? a) del artículo 3 del Convenio Internacional del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancias referido a las obligaciones. de las partes contratantes. EN De acuerdo á los antecedentes, a las situaciones fácticas y jurídicas que se han indicado, procede a la realización de! respectivo. análisi is así: E - Conforme a lo.expuesto en. la Resolución 2022003980600148 del 29 de jutoad e 2022, la mercancía se describe con las siguientes caracteristicas: . A : unidad. “sellada herméticamente con haz. de luz dirigido. de forma puntual a una ' distancia determinada, delante del vehiculo: e Po A 3 a) Alto: Luces altas, a una distancia mayor y mayor intensidad, 1600 lumens. b) Bajo: a una distancia menor y con menor intensidad. 800 lumens.

  • CARACTERÍSTICAS: Voltaje de trabajo: DC 10-80 volts. IP 67 8 leds por unidad Bajo 800 Lumens. Alto 1600 lumens...

Color de luz: (blanco neutro) Material de la lente: PMMA (polímero termoplástico) - l - Material de la carcasa: aluminio fundido. a presión. Soporte para montaje: aluminio. Cable eléctrico: o 3 cables. aislados enfundados en tubo flexible. de caucho o O

“Tiempo de vida: +30,000 horas aprox.

Dimensiones: Largo: 151 mm; Ancho: 90 mm; Profundidad: 67 mm Uso: alumbrado automotriz. Es instalada directamente enla. parte frontal de. un vehículo. para uminación, como automóviles, camiones, motos, etc,, , permitiéndole al conductor un manejo seguro Ahora bien, la información alegada por la División de Fiscalización y Liquidación Aduanera de la : Seccional de Medellin sirvió de basamento para la clasificación arancelaria expedida mediante el: Pronunciamiento Técnico 100165398110-357-0092 del 25 de enero de 2023, en este se. describen las referencias de las muestras de producto aportadas de la siguiente manera: Unidad. de . luminación denominada. "exploradora. cuadrada”. presentada. en caja de: cartón con referencia MLD-44-24W, marcada. en el cuerpo del. producto. como -“MLD 2202”: manufactura rectangular, ancho de 15 cm, alto de 8 cm, fondo cóncavo de longitud máxima aproximada de 5 cm.

Construida en plástico y. metal, la parte frontal tiene ocho luces LED dispuestas en dos filas de. . - cuatro unidades, cubiertas por una tapa: plástica transparente, cada luz LED rodeada de un espacio. _ cóncavo y color plateado para la.reflexión de la luz; en la parte frontal se distinguen dos tornillos de cabeza de estrella que permiten. desarmar el producto: y la: parte de atrás contiene además del controlador interno, aletas para disipar el calor, huecos para sujeción y allí mismo se aprecia un

cable de. aproximadamente: 20 cm.de largo, que termina en tres cabos. En la caja también se presenta en una bolsa plástica, un “conjunto compuesto. por.dos tornillos, dos tuercas, dos :Araridelas y una pieza metálica en forma de “U” con orificios, todo en.metal..- > : 1) Unidad de iluminación denominada: exploradora: redonda”. presentada en. caja de cartón con: referencia MLD-26-12W, marcada en el cuerpo del producto como "MLD 2202”: manufactura. de forma circular en el frente, diámetro aproximado de 8 cm y fondo cóncavo de longitudmáxima aproximada de 4 cm. Construida en plástico y metal, la parte frontal tiene cuatro ' - luces. LED dispuestas en dos. filas de. dos unidades, cublertas por una. tapa plástica transparente que tiene una pestaña de ensamblaje, - cada luz LED rodeada de un espacio cóncavo y color plateado para la reflexión de la luz: la parte: de atrás contiene además del controlador interno, aletas. para disipar el calor y allí. mismo se aprecia un cable de aproximadamente 20 cm de largo, que termina en tres cabos. - En la caja también se presenta en una bolsa plástica, un conjunto compuesto por dos. «tornillos, dos: tuercas, dos: arandelas y una pieza: metálica en forma de Ye con orificios, todo: : en metal. : e 2); Unidad:de liuminación denominada. “exploradora lineal” presentada én caja. de cartón con E referencia: MLDSA354 VYFE;: marcada: en el. cuerpo del: producto: como "MLD:2204”; el

manufactura de forma alargada, longitud aproximada de 45 cm, alto aproximado de 2 cm y. fondo cóncavo de longitud máxima aproximada de 4 cm. Construida en plástico y metal, lay TS parte frontal tiene dieciocho (18): luces LED dispuestas en una fila horizontal, cubiertas por. -Unatapa plástica. transparente, cada luz LED rodeada de.un espacio circular y color plateado: o para la. reflexión de la luz; en la parte frontal se distinguen veinte tornillos dee hexagonal yen: RESOLUCIÓN número 00 117 d | de | 07 FES 2023 Hola Nor 4 Continuación Resolución por medde ilao cu al se expide una Resolución de Clasificación | | Arancelaria de Oficio, | los extremohsay seis tornillos idénticos, de forma que permiten desarmar el producto; la parte de atrás contiene además del controlador interno, aletas para disipar el calor y allí mismo sé apreciaun cable de aproximadamente 20 cm de largo, que termina en tres cabos. En la caja también se presenta en una bolsa plástica, un conjunto compuesto por tres tornillos (dos grandes, uno pequeño) de cabeza hexagonal, dos tuercas, dos arandelas y . una pieza metálica en forma de "L” con orificios, todo en metal. Así mismo se hace necesario recabar sobre lo manifestado por el interesado en la diligencia llevada a cabo por la Seccional de Aduanas de Medellín y transcritas a continuación: “qué tipo de “ exploradoras importan? Respuesta: Exploradoras cuadradas, redondas y lineales.” “todas correspondena l mismo tipo? Respuesta: Todas corresponden al mismo grupo de las exploradores independientemente de la forma y del tamaño". “En relación al funcionamiento, se pregunta si todas

cumplen el mismo? Respuesta: Todas cumplen conl a misma función, solo cambia el tamaño y formas” OR e Conforme a lo analizado por esta coordiconn afuncdaimenóton en la información allegada por la División de fiscalización de la Dirección seccide oAdnuaanasl de Medellin, las respuestas dadaspor el usuario ya transcritas, así comoe l análisis fisico de las muestras allegadas, mediante | - Pronunciamiento técnico No. 100165398-110-357-0092 del 25 de enero de 2023 los bienes antes - mencionados se clasificaron por la subpartida 8512.20,10,00. - Revisados los antecedentes que dieron origen a las actuaciones de la Coordinación de Clasificación Arancelaria, se observa que los bienes de que trata la resolución de clasificación expedida en julio - de 2022 respecto de los analizados y clasificados mediante pronunciamiento técnico en enero de - - 2023, corresponden a un bien idéntico en su función o uso, independientemente de la referencia. o - tamaño del producto,lo tanto se hace necesario unificar el criteridoe clasificación bajoe l código gue de conformidad con la Nomenclatura. del Sistema Armonizado que los identifique correctamente. o ES OS Estos productos, denominados exploradoras destinados a ser instalados en vehículos automóviles, se sujetan fisicamente mediante las piezas metálicas, tuercas, tornillos y arandelas provistos y se - conectan eléctricamente por medio del cable a la fuente de energía del vehículo, con el fin de iluminar la carretera y en general los espacios exteriorepsor delantede todo tipo de automóviles. Las piezas que componen estos productos, la forma en que se ensamblan y su utilización, permiten

establecer que se trata de aparatos eléctricos de alumbrado para usoe n vehiculos automóviles, que están comprendidos en la partida 85,12 del Aranceld e Aduanas. - De “acuerdo con lo expuesto, se establece que los productos descritos enel presente acto administrativo corresponden arancelariamente a aparatos eléctricos de alumbrado de los tipos utilizados en vehículos automóviles (faros de carretera)q,ue en virtud de los establecein dolas Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 de la Nomenclaturdae l Sistema Armonizado, se clasifican en la subpartida 8512.20,10.00 del Arancel de Aduanas, contenido en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones >. A PEA o, - Dello anterior se concluyqeue el producto denominapodr oe l solicitante técnica y comercialmente como “EXPLORADORA TIPO -450”, “se procede a armonizar clasificación: arancelaria de la - mercanqcuei ano s ocupa, conformea l Sistema Armonizado de Designación y codificación de Mercancías en la subpartida 8512.20.10,00, en aplicación de las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 de dicha nomenclatura. > ÓN A En virtudde lo señalado,no es dable atribuir la subpartida arancelaria 8539.52.00.00 a la mercancia denominada técnica y comercialmente como “EXPLORADORA. TIPO 450”, determinada 'en la Resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado No. 2022003980600148 del 29 de julio de 2022, por cuanto en la Nomenclatura existe una partida arancelaria que describe

  • su Uso con mayor precisión... 0 o o o De o : —Debiendo asf: que se hace necesaria y. procedente la: derogatoria de la resolución 2022003980600148 del 29 de julio:de 2022 publicadaen el Diario Oficial No. 52.136 del 24 deagosto de 2022,por cuanto teniendo en cuenta el elemento técnico que corresponde a las

RESOLUCIÓN homero | por /1 8 do zo 07 FEB 203 Hoja No. 5 E %1 Continuación Resolución por medio de la cual Se: expide u1 na Resolución de Clasificación Arancelaria de Oficio. | características de la mercancía a clasificar, es decir, aspectos como elementos que la componen, forma de funcionamiento, uso, aplicación, entré otros, la codificación correcta se corresponde con la subpartida 8512.20.10.00, motivo suficiente para que la menciona resolución pierda su vigencia a fin de la armonizar el criterio de clasificación de la mercancía objeto de clasificación arancelaria en este evento, l ll En tratándose de la derogatoria, tenemos el Concepto Jurídico 000248 del 20 de febrero de 2015 determinó: UN y .. Ahora bien, sobre la derogatoria. de los actos administrativos generales, el Consejo dee Estado en.n Sentencia (082509) del 2012 Sección Segunda, señaló los efectos de la derogator! la de los actos “administrativos generales de la siguiente manera: . "La Derogatoria es la abolición de. un acto administrativo por decisión unilateral y discrecional de la autoridad u organismo que lo expidió. Así se tiene que es la misma: autoridad que expidió el acto:

administrativo de carácter general o particular, siempre y cuando este último no haya creado un. derecho, la que lo hace desaparecer del mundo jurídico, por razones de conveniencia o de oportunidad en ejercicio de su potestad discrecional dela administración. Los efectos de la - derogatoria són ex nun, es decir, siempre a partir del momento que queda en firme la decisión, pero. - sin que puedan afectarse los derechos que se hubieren consolidado como derechos adquiridos bajo. el amparo del acto derogado, (...) Respecto a los efectos de la derogatoria de los actos generales ha manifestado el Consejo de Estado, en su Sala Plena de lo Contencioso Administrativo que ella “surte efectos hacía el futuro, sin afectar lo ocurrido durante su vigencia... “En razón de los argumentos expuestos puede señalarse que las olasíf caciones arancelariaspueden ser derogadas por la Dirección de. Impuestos y Aduanas, a través de la Subdirección de -. Gestión Técnica Aduanera, cuando considere que debe excluirlas del mundo jurídico en el ejercicio de sus competencias, sin que tales decisiones afecten los efectos jurídicos que produjeron las resoluciones derogadas frente a derechos que se nubiéren consolidado como derechos adquiridos - bajo el amparo del acto derogado.” En mérito de lo anteriormente expuesto, el jefe (A) de la Coordinación de Clasificación Arancelaria . de la Subdirección Técnica Aduanera, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la preseñte Resolución en la parti ida 8512.20.10.00 del Arancel de Aduanas como aparatos eléctricos de alumbrado de los tipos

utilizados en vehículos automóviles (faros de carretera), en aplicación de las Reglas Generales. - Interpretativas 1 y 6 de la nomenclatura arancelaria contenida en el Decreto 1881 de 2021y sus. modificaciones, ARTÍCULO SEGUNDO. ). Derogar, conforme alo expuesto en la parte considerativa de lá , presente resolución, todos los actos administrativos que le sean contrarios, en especial, la Resolución de : Clasificación Arancelaria a Petición de > Cualquier Interesado No. 2022003980600148 del 29 de julio de 2022. ARTÍCULO TERCERO. Ordenar la publicación de la oresénte resolución en el Diario Oficial de. conformidad con el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo 319 de la Resolución 046 de. 2019, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el Artículo 119 de la Ley 489 de 1998 ARTÍC ULO CUARTO. Contra el presente Acto Administrativo no procede recurso alguno... ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de: Clasificación Arancelari de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia y Publiquese en la página web de la DÍAN. RESOLUCIÓN NÚMERO A 0 1 re de 07 FEB 202 Hoja No. 6 o Continuación Resolución por medio de la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria de Oficcii o. ARTÍCULO SEXTO.La presente Resolución rige a partir de su publicación en el Diario Oficial.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE 07 FEB 2023

FABIÁN ALBERTO GARCÍA CASTAÑEDA - Jefe (A) Coordinación de Clasificación ArancelariaSubdirección Técnica Aduangra Proyecto: Ing. Maria Tránsito Hurtado GarcíaRevisión Jurídica: Betty Cecilia Castillo Sanjuan1) POS Coordinación de Notificaciones | ¿ PORUNA COLOMBIA MÁS AMAIA in] Central Bogotá Dn 5 . O o S 4 ES 36 certifica que el Acto Administrativo (pe, publicado EnLd ADIA RIOP AOFSIACL AL iEdti died Na... + . eS AS yo efainact . £ A e

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