DIAN - Resolución 12 de 25-08-2022
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 12 de 25-08-2022
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2022
É : EE
POR UXA COLOMBIA MÁS HOKESTA RESOLUCIÓN NÚMERO 012 ( 25 A60, 2022 ) 00
Por la cual se habilita un horario de trabajo LA DIRECTORA SECCIONAL DE IMPUESTOS Y ADUANASD E PEREIRA De conformidad con el Decreto-Ley 0071 del 24 de enero de 2020, Decreto 1742 del 22 de diciembre de 2020, el artículo 2.2. literal 6 de la Resolución 69 del 09 de agosto de 2021 y el artículo 3 de la Resolución 84 del 27 de agosto del 2021, y”, CONSIDERANDO Que, con correo electrónico del 24 de agosto de 2022, suscrito por Jefe del GIT de Formalización Tributaria (A), en el cual solicita a la Directora Seccional de Impuestos y Aduanas de Pereira, autorizar que sea habilitado el horario de trabajo para los días 3, 4, 10, 11, 17, 18, 24 y 25 de septiembre de 2022, con el fin de adelantar visita a los municipios del departamento de Risaralda, por parte de funcionarios de este Grupo; a partir de las 08:30 a.m. hasta la 04:30 p.m. : Que, Por lo anterior, la Directora Seccional, RESUELVE ARTICULO 1, Habilitar el horario de trabajo para los días 3, 4, 10, 11,17, 18, 24 y 25 de septiembre de 2022 con el fin de adelantar visita a los municipios del departamento de Risaralda por parte de funcionarios del GIT de Formalización Tributaria del Despacho de la Dirección Seccional de Pereira; a partir de las 08:30
a.m. hasta la 04:30 p.m.
- EN E
POR UNA COLOMBIA MÁS HORESTA RESOLUCIÓN NÚMERO 000012 ( 235 A60, 2022 ) CONTINUACION DE LA RESOLUCION POR LA CUAL SE HABILITA UN HORARIO DE TRABAJO. ARTICULO 2”. A través del GIT de Documentación de la División Administrativa y Financiera de la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Pereira, comunicar el contenido de la presente Resolución a los funcionarios del GIT de Formalización Tributaria, al Jefe del GIT de Formalización Tributaria, y a la División de Talento Humano. ARTÍCULO 3". Publicar el contenido de la presente Resolución en la página WEB de la Entidad, ARTICULO 42, La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición. COMUNÍQUESE Y CUMPLASE Dada en Pereira, a los 25 días del mes de agosto de 2022
NOS URO
LLA CECILIA ZULUAGA BÚQUE Directora Seccional! de Impuestos y Aduanas de Pereira po Y
Proyectó: Luz Stella Vallejo P.
23/08/2022
Revisó: Cindy Johanna Tabares Toro
Aprobó: Gloria Herminia Rengifo R
Jefe División de Talento Humano (A)