DIAN - Resolución 1202 de 28-07-2022
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 1202 de 28-07-2022
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2022
POR UNA COLOMBIA MÁS HONESTA RESOLUCIÓN NÚMERO 001202 ( 28 JUL 2022 )
Código 9882
POR MEDIO DE LA CUAL SE MODIFICA EL HORARIO LABORAL. Y DE ATENCION AL PUBLICO EN EPOCA DE FERIA DE FLORES, EN LA DIRECCIÓN SECCIONAL DE
ADUANAS DE MEDELLIN.
LA DIRECTORA SECCIONAL DE ADUANAS DE MEDELLIN, En uso de las facultades legales y en especial las conferidas por el artículo 3% de la Resolución 84 de 27 de agosto de 2022 y, CONSIDERANDO Que conforme la Circular 0023 del 17 de julio de 2014, en el numeral 2, denominado “Flexibilización de Horarios para Eventos Regionales”, establece que: en época de realización de acontecimientos que hagan parte del folclor o de la cultura local y/o regional, los Directores Seccionales en ejercicio de la facultad que les fue delegada podrán, de conformidad con lo establecido en el inciso segundo del artículo 33 del Decreto 1042 de 1978, distribuir la jornada ordinaria de los días en que éstos se celebren, sin afectar la debida prestación del servicio público, adecuando los horarios de trabajo con el propósito que los servidores públicos puedan asistir y /o participar en los mismos...”. Que la Alcaldía de Medellín, ha programado. entre los días 8 de agosto a 15 de agosto del presente año, la realización de la Feria de las Flores y en desarrollo de esta se efectúan diversas actividades culturales y recreativas. Por lo anterior, en virtud de lo establecido en la Circular 0023 del 17 de julio de 2014, y con el fin de propiciar espacios que permitan participar en las
actividades programadas en las ferias propias de la región, con un sentido de pertenencia y en aras del bienestar de los funcionarios de la Dirección Seccional de Aduanas de Medellín, se modificará temporalmente el horario laboral y de atención al público, durante los días 8, 9, 10, 11 y 12 de agosto de 2022. Que la Dirección Seccional de Aduanas de Medellín, garantizará la atención a los usuarios y prestando el servicio de taquilla, notificaciones, recepción y envío de correspondencia, a través del Grupo interno de Trabajo Documentación de la División Administrativa y Financiera, dentro del horario habitual. En mérito de lo expuesto, la Directora Seccional de Aduanas de Medellín, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO: Modificar, en forma temporal, el horario habitual de trabajo en la Dirección Seccional de Aduanas de Medellín, durante los días 8, 9, 10, 11 y 12 del mes de agosto de 2022, estableciendo para el efecto, dos (2) turnos laborales, así: Turno 1. De 7:00 A.M. a 2:00 P.M. Jornada continua Turno 2. De 9:00 A.M. a 4:00 P.M. Jornada continua PARÁGRAPO 1. El servidor público deberá manifestar en forma expresa a su jefe inmediato e! horario laboral por el cual optará en los días señalados. - Continuación de la resolución por la cual se establece temporalmente el. horario laboral y de atención. al público para los días 8, 9, 10, 11 y 12 de agosto de 2022 en la Dirección Seccional de Aduanas de
Medellín. PARÁGRAFO 2. Los funcionarios públicos. que no opten por ninguno de los turnos de trabajo señalados en el artículo primero del presente acto, cumplirán con su horario habitual garantizando la jornada laboral legal.
ARTICULO SEGUNDO: Mantener el horario habitual y de atención al público para los servicios de taquilla, notificaciones, recepción y envió de correspondencia, del Grupo Interno de Trabajo de Documentación, los días 8, 9, 10, 11 y 12 del mes de agosto de 2022, desde las 7:45 AM a hasta las 3: 45 PM.
PARÁGRAFO: Con respecto a los funcionarios que prestan el servicio en las zonas francas, así como en la zona de carga y viajeros en la terminal aérea de Rionegro, podrán acordar con sus Jefes inmediatos el disfrute de estos horarios en algunos de los días señalados anteriormente, siempre y cuando, no se afecte la prestación del servicio y el transporte de los funcionarios a Rionegro, toda vez que el horario de atención se mantiene en los turnos establecidos.
ARTICULO TERCERO: Los jefes inmediatos serán los responsables de garantizar el cumplimiento de los distintos turnos de horario de trabajo por parte de los funcionarios a su cargo, de acuerdo con lo previamente concertado con los mismos, garantizando en todo caso, la jornada laboral legal, completa.
ARTICULO CUARTO: Retomar el horario laboral acostumbrado en la Dirección Secciónal de
Aduanas de Medellín, así establecido en la Resolución No. 1-90-201-4012063 del 31 de
octubre de 2018, a partir del 16 de agosto de 2019.
ARTÍCULO QUINTO: Enviar original de la presente Resolución al Grupo Interno de Trabajo de Documentación de la Dirección Seccional de Aduanas de Medellín, para que se surta el correspondiente trámite de publicación y para que repose en el consecutivo de dicha área.
ARTÍCULO SEXTO: La presente resolución rige a partir de la fecha de su Publicación.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE gua ERISTÍNA URIBE VÁSQUEZ ON A ecional de Aduanas de Medellín
Revisó: Maria Victoria Montoya Sánchez
Jefe División Talento Humano (A)
Proyectó: Ingrid Marisol Osejo . 7