DIAN - Resolución 121 de 27-05-2021
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 121 de 27-05-2021
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2021
JIAIN o
POR UNA COLOMBIA MÁS HONESTA
RESOLUCIÓN NÚMERO 00121 (27 DE MAYO DE 2021) Por la cual se habilita la atención presencial en la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Leticia El DIRECTOR SECCIONAL DE IMPUESTOS Y ADUANAS DE LETICIA En uso de las facultades legales conferidas por el Decreto-Ley 0071 del 24 de enero de 2020, Decreto 1742 de 2020, y la Resolución de designación de funciones N 0719 del 08 de febrero de 2021, CONSIDERANDO Que mediante la Resolución 0385 del 12 de marzo de 2020, el Ministerio de Salud y Protección Social declaró la emergencia sanitaria por causa del coronavirus COVID-19 con sus consabidas extensiones, y en virtud de la misma se adoptaron las medidas sanitarias con el objeto de prevenir y controlar la propagación de COVID-19 en el territorio nacional y mitigar sus efectos. Que el Decreto 491 del 28 de marzo de 2020 ordenó la adopción de medidas de urgencia para garantizar la atención y la prestación de los servicios por parte de las autoridades públicas y los particulares que cumplan funciones públicas, señalando en su artículo 3 que estas autoridades velarán por prestar los servicios a su cargo mediante la modalidad de trabajo en casa, utilizando las tecnologías de la información y las comunicaciones. Que las entidades y organismos del Estado deben proteger y garantizar los derechos y libertades de las personas, la primacía de los intereses generales, la sujeción de las autoridades a la Constitución y demás preceptos del ordenamiento jurídico, el cumplimiento de
los fines y principios esenciales estatales, el funcionamiento eficiente y democrático de la administración y la observancia de los deberes del Estado y de los particulares. Que en línea con lo anterior, la Seccional de Impuestos y Aduanas de Leticia tuvo que relevarse de implementar el trabajo en casa, por expresa habilitación del nivel central desde junio de 2020, habida cuenta de la precaria conectividad doméstica a internet en la jurisdicción del departamento del Amazonas. Que se dio inicio al trabajo en las instalaciones de la DSIA Leticia sin permitir el ingreso al público, empleando estrictas normas de bioseguridad de conformidad con la elaboración de un protocolo con las siguientes características: sendero de higienización de calzado, punto de lavado de manos, toma de temperatura a la entrada y salida, trabajo en casa para personal con comorbilidades y condiciones médicas especiales. Que el Gobierno Nacional privilegió la vacunación en el departamento del Amazonas con el fin de lograr un cerco epidemiológico desde el mes de enero de 2021; ejercicio de inmunización que ha contribuido a la reactivación de las actividades en esta jurisdicción. Que mediante Resolución No.0002 de 2021, se ordenó dar continuidad a medidas administrativas de protección a la vida, a la salud de los funcionarios y de urgencia para garantizar la atención y la prestación de los servicios por parte de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN-, en el marco de la Emergencia Sanitaria declarada en todo el territorio nacional por casusa del Coronavirus COVID 19, a través del trabajo en casa. Que el artículo 2 de la Resolución No.0002 de 2021, contempla que para garantizar el funcionamiento del Estado y la prestación en términos de eficiencia y eficacia del servicio
público esencial se puede disponer de la presencia de funcionarios en las instalaciones de la Entidad o lugares donde la DIAN preste sus servicios.
CONTINUACIÓN RESOLUCIÓN NÚMERO 00121 DEL 27 DE MAYO DE 2021 Hoja No. 2
Continuación de la Resolución “Por la cual se habilita la atención presencial en la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Leticia” Que los funcionarios de la DSIA Leticia se encuentran vacunados contra el covid 19 en una proporción del 90% del total de funcionarios. Que el artículo 7 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo establece el deber de las autoridades en la atención al público, entre ellos la atención personal en los horarios de atención y la habilitación de espacios de consulta de expedientes y documentos. Que con base en lo dispuesto en el artículo 29 de la Constitución Política es un deber de las autoridades salvaguardar el debido proceso, el derecho de defensa y contradicción de los ciudadanos, así como el principio de publicidad de los actos administrativos. Que la UAE DIAN a partir de abril de 2021 implementó los siguientes servicios a través de la video atención: Inscripción al RUT, Actualización del RUT (Actualización de datos de ¡dentificación. - Retiro de responsabilidades. - Agregar y retirar calidades aduaneras. - Actualización por cese de actividades), Registro de Libros de Contabilidad, Retiro de IVA a no responsable, Retiro de Impuesto al Consumo a No responsable Impuesto al Consumo restaurantes y bares, Cancelación de la Inscripción en el Registro Único Tributario, Orientación Tributaria Aduanera y Cambiaria, Devoluciones para pagos en exceso y de lo no debido, devolución IVA a
constructores, Devolución IVA Universidades, Solicitudes de Devolución Saldos a Favor Renta/Ventas , Información Cobranzas. Que pese al establecimiento de las anteriores estrategias por parte de la UAE DIAN, la ciudadanía del departamento del Amazonas en su mayoría gestiona sus trámites de manera presencial ante la ya anunciada dificultad en la conectividad. Que en el Artículo 11 de la Resolución 014 de noviembre de 2008 se delegan en los Directores Seccionales algunas funciones, entre otras:” ...11.- Establecer el horario de trabajo en su respectiva Dirección Seccional, de conformidad con las necesidades del servicio, garantizando el mínimo de tiempo laboral vigente y el horario de atención al público”. Que mediante Resolución No.000195 del 28 de noviembre de 2018 se establecieron sendos horarios de trabajo, los cuales se encuentran ajustados con la garantía en la prestación del servicio. RESUELVE ARTICULO 1”: Dar apertura al desarrollo presencial gradualizado de las actividades y a la atención al público a cargo de la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Leticia, adoptando el protocolo de bioseguridad establecido por la UAE DIAN con efectos a partir del día 01 de junio de 2021. ARTICULO 2”: Remitir copia de la presente Resolución a la funcionaria de apoyo de personal, para su socialización a los servidores de la Seccional, y para su publicación por parte de la Oficina de Comunicaciones en la página Web de la Entidad. ARTICULO 3": La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición. Dada en Leticia, a los veintisiete (27) días del mayo de 2021.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
SANTACRUZ DELGADO
DIRECTO PA L DE IMPUESTOS Y ADUANAS DE LETICIA
Proyectó José Daniel Sanchez Borrero, / Gestor Il, Abogado despach s