🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

DIAN - Resolución 1266 de 26-02-2021

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
DIAN - Resolución 1266 de 26-02-2021
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2021

POR: ¿UNA COLOMBIA MÁS. HONESTA o

RESOLUCIÓN NÚMERO 1266

(aslo2Iz02A o Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria: : a ¿Petición de Cualquier Interesado LA JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DEL SERVICIO DE ARANCEL DE LA SUBDIRECCIÓN DE GESTIÓN TÉCNICA ADUANERA + En ejercicio de las facultades conferidas mediante el artículo 83 del Decreto 1742 de 2020 : . (Régimen de Transición) y teniendo en cuenta los siguientes, o HECHOS Mediante radicado. No. ESGTA202000560 del 20 de noviembre: de 2020, el sr. José Leonardo Garzón Gómez, identificado con. cédula de ciudadanía 79.562.184, Representante Aduanerode la Agenciad e Aduanas Carlos E. Campuzano S.A.S. Nivel:1, . con NIT 890.920.609-1, mandatario de la sociedad Compañía Pecuaria Agrícola S.A.S. con |. NIT 800.010.950-7, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria a |. petición de cualquier interesado para la mercancía denominada técnicamente como “MAQUINARIA AGROINDUTRIAL” y comercialmente como “LÍNEA DE CLASIFICADO DE : NARANJA CON TODOS sus ACCESORIOS PARA SU BUEN FUNCIONAMIENTO”. 0% | El interesado adjuntó oc opia de los siguientes documentos: formato de solicitud en cinco 5) Ñ folios, diagrama de flujo del proceso en un (1) folio, mandato en seis (6) folios, proceso y Ñ

componentes en cuatro 4) folios y comprobante de pago €e n un (1) folio... oo El solicitante pagó. ochocientos: setenta y ocho mil. pesos mícte.. (5 878. 000), con . comprobante. No, 94642030: 0 del 13 de noviembre de 2020, del Banco de Bogotá. Mediante oficio No. 100227342-1 57 del 26 de enero de 2021 radicado 00082021900524 : - del 27 de enero de 2021, esta Coordinación solicitó explicar el proceso que se desarrolla - en la línea de clasificado, anexar un diagrama de flujo del proceso, señalar la forma en que los distintos equipos se conectan fisicamente entre sí, presentar un cuadro resumen que . - incluya cada uno de los componentes de la mercancía a clasificar, sus características técnicas, función que desarrollan y cantidad, e informar si dentro de la mercancía objeto dela clasificación arancelaria existen ¡gabinetes de control y sus características. El. requerimiento fue atendido con escrito radicado No. 000E2021901 1 19 del 15 de febrero de 2021, en el que rr enuncian al tiempo restante para dar respuesta. | 2% AN Por medio del formato de solicitud el interesado indicó que se notifique al Sr. José Leonardo . Garzón Gómez, en la Calle 25 F 80 Cc 11, en Bogotá D. Cc. : : FUNDAMENTOS DE DERECHO EA Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de: Mercancias y su. : anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. NN

Acuerdo de Cartagena, aprobado yp or Colombia mediante Ley ga dee o RESOLUCIÓN NÚMERO 001266 de 26/02/2021 Hoja No. 2 | Continuación del acto administrativo por el cual por la cual se expide una Resolución : de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier interesado Decisión 812 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena. Decreto 2153 de 2016 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones. o o : Para el caso en estudio se considerarán las siguientes Reglas, Nota y Texto de partida: Regla General Interpretativa 4: “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valorindicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, sí no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:” Nota 4 de la Sección XVI: “Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos -individualizados (incluso separados o unidos entre sí por tuberías, Órganos de transmisión, cables eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamente definida, comprendida en una de las partidas de los Capítulos 84 u 85, el conjunto se clasifica en la partida correspondiente a la función que realice”. : Partida 84.33: “Máquinas, aparatos y artefactos de cosechar o trillar, incluidas las prensas para paja O

forraje; cortadoras, de césped, y guadañadoras; máquinas para limpieza O clasificación de huevos, frutos o demás productos agrícolas, excepto las de la partida 84.37”. - Regla Genera! interpretativa 6: “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, -mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de - Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.” e Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional - artículos 304 a 307 mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con la atención de las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado. Resolución 0046 de 2019 de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - artículos | 313, 314 y 316, mediante la cual se reglamentan las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado. sl o CONSIDERACIONES DEL DESPACHO De acuerdo con la información aportada con escritos radicados Nos. ESGTA202000560 del 20 de noviembre de 2020 y 000E2021901119 del 15 de febrero de 2021, la mercancía objeto de clasificación arancelaria se describe como un conjunto de máquinas, aparatos y artefactos individualizados que se combinan para la clasificaciódne cítricos, mediante el proceso descrito a continuación: o o o

= RESOLUCIÓN NÚMERO 001266 de 26/02/2021. Hoja No.3 :

Continuación del acto administrativo por el cual por la cual se expide 1u na Resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado o El proceso inicia con el descargue de las frutas qq ue vienen del elevador de la tina de lavado - y se desplaza a la cepilladora de lavado donde se hace un proceso de sanitización yenjuague. Posteriormente se seca la fruta con el uso de ventiladores, desde donde pasa a -Ja cepilladora de encerado, instancia en la que se aplica la cera a por medio de un dosificador de disco. . o e El secadde ol a fruta se complementaen el túnel de pre — secado a partir de calor, desde donde la: fruta se descarga en una banda transportadora sanitaria transversal que la distribuye a un singulador de bandas que ayuda a alinearla y facilitasu caída en los rodillos - - transportadores de la clasificadora electrónica, que por medio de un software avanzado, EN separa las unidades por peso y calibre, para luego depositarlas en las tolvas de recepción cl y empaque, de acuerdo a las necesidades del cliente. A

Los componentes son:

1. Una a) cepilladora de lavado y “secado, fabricada en acero al carbón, pintura: - electrostática, (Y) 119 mm, ancho: 1,20 metros, 50 cepillos, con motor trifásico de 11/2 Hp, 220-440 V y aireador de velocidad. +2. Un:(1) sistema de lavado para cepilladora de 1,20 metros de ancho, que incluye tina: - de lavado. en acero inoxidable, bomba de 1 Hp de hierro colado y ramal de aspersores en tubo PVC.

3. Doce (12) charola de escurrimiento | para cepilladora de 1 20 metros de ancho X so : “cepillos, fabricada en acero inoxidable. - - 4. Dos (2) charolas de escurrimiento para cepilladora de 1 20 metros de ancho Xx 10 cepillos, fabricada en acero inoxidable. |

5. Un (1) sistema de raseros para cepilladora de 1 20 metros de ancho X 40 cepillos, : > fabricada en acero inoxidable.

6. Un (1) ventilador centrífugo de 1,20 metros de ancho, con estructura de soporte para motor trifásico de 5 Hp. % Tres (3) ventiladores axiales con motor trifásico de 1,5 Hp. o Un (1) arreador para cepilladora de 1,20 metros de ancho X 50 cepillos, fabricado en. acero inoxidable y con motorreductor de Y Hp, 220 V, 3 F. - 9... Una (1) cepilladora para encerado, ancho: 1,20 metros X-20 cepillos, fabricado en «acero ai carbón, pintura - electrostática, motor trifásico de 1 Hp, 220440 Mi con variador de velocidad. - : : : 10. Dos (2) sistemas de encerado tipo disco para cepilladora de 1,20 metros de ancho, - con bomba dosificadora y motor de disco para distribución de la cera.

11. Un (1) arreador para cepilladora de 1,20 metros de ancho X 10 cepillos, fabricado en : acero al carbón, pintura electrostática, motor trifásico de 1//4 Hp, 220-440 V.

12. Un (1) túnel de pre - secado a calor de 1,20 metros de ancho X 6.00 metros de largo, fabricado en acero al carbón, pintura electrostática, tubos de PVC CED. 40 de 2 - + pulgadas de diámetro, motor trifásico de 1 Hp, 220-440 V, con variador de velocidad, estructura para soporte de intercambiador de calor a gas LP para 250. 000 BTU y o cuatro (4) ventiladores axiales de 1 % hp. : -13.Un (1) singulador de bandas en “V” de cuatro (4) Ííneas Xx 3, 05 métros, fabricado en -- acero al carbón, pintura electrostática, motor trifásico de 220-440 V, 3F, con variador Ñ de velocidad. -14,Una (1) clasificadora computarizada, paso 3 YA pulgadas, de 4 líneas por 10 salidas, Ml 30 pulgadas, fabricada en acero al carbón, pintura electrostática, con paros de |. emergencia en ubicaciones estratégicas, mesa de control con computadora, CPU y - monitor LCD de 19 pulgadas, sistema de protección a cortes de energía, sistema de banda de retorno de fruta no clasificada, motor trifásico de 2 Ho, 220-440 V, variagg) y o

RESOLUCIÓN NÚMERO - 001266 de 26/02/2021 Hoja No. 4 a Continuación del acto administrativo por el cual porl a cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado - de velocidad y mesa de control... 15.Dos (2) tolvas corridas de recepciódne fruta, de 1,20 metros de ancho X 5 salidas a :

60 pulgadas, fabricadas en acero al carbón, pintura electrostática, tapizada con “dulona” de 6 mm de espesor y puerta para llenado de cajas. 16.Veinte (20) bancos planos para llenado de cajas, de 0,30 metros de ancho X 0,45 metros de largo, fabricados en acero al carbón, pintura electrostática y patas para ajuste de altura. 17.Una (1) base para soporte de cajas y alimentación para sistema de empaque de 0,90 metros de ancho, fabricada en acero al carbón, con pintura electrostática y largueros. 18.Una (1) banda sanitaria de 0,90 metros de ancho X 12,00 metros de largo, fabricada en acero al carbón, pintura electrostática, motor trifásico de 1 Hp, 220-440 V, con variador de velocidad. o o o o 19.Una (1) tolva para recepción de fruta, de 0,90 metros de ancho y una salida a 22,5 pulgadas, fabricada en acero al carbón, pintura electrostática, tapizada con “dulona” de 6 mm de espesor y puerta para llenado de cajas. O -20.Veinte (20) bancos inclinados para llenado de cajas, de 0,30 metros de ancho X 0,45 metros de largo, fabricados en acerosal carbón, pintura electrostática y patas para ajuste de altura. o o En virtud de lo anteriormente expuesto, se concluye que los equipos listados en los “numerales 1 a 20, corresponden a una combinación de máquinas y aparatos constituidas - por elementos individualizados que trabajan conjuntamente en la clasificación de frutos - (cítricos), que en aplicación de la Regla General Interpretativa 1 y de acuerdo con lo.

dispuesto en la Nota 4 de la Sección XVI, se encuentra comprendido en la partida 84.33 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado, y acorde con la Regla General interpretativa 6 se clasifica en la subpartida 8433.60.90.00 del Arancel de Aduanas. OS - En mérito de lo anteriormente expuesto, la Jefe (A) de la Coordinación del Servicio de Arancelde la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera, e RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO: Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución, en la subpartida 8433.60.90.00 del Arancel de Aduanas, como una máquina para clasificación de - frutos, de acuerdo con la Nota 4 de la Sección XVI y en aplicación de las Reglas Generales interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenido en el Decreto 2153 de - 2016 y sus modificaciones. A 3% ARTÍCULO SEGUNDO: Notificar por correo o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la DIAN, al Sr. José Leonardo Garzón Gómez, identificado con cédula de ciudadanía 79.562.184, Representante Aduanerode la Agencia de Aduanas Carlos E. Campuzano S.A.S. Nivel 1, en la Calle 25 F 80 C 11, en Bogotá D.C., de conformidad con los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019 y el artículo 319 de la Resolución reglamentaria 0046 de 2019. o o % ARTÍCULO TERCERO. Informaral interesado que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera, de

acuerdo con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019; reglamentado por el artículo 314 de la Resolución 0046 de 2019, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011. OS Ñ - RESOLUCIÓN NÚMERO 001266 de 26/02/2021 HojaNo.5 Continuación del acto administrativpoor el cual por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier interesado ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial, de conformidad con los artículos 763 y 764 del Decreto 1163 de 2019, artículo 319 de la Resolución 0046 de 2019, artículos 65 de la Ley 1437 de 2011 y 419 de . la Ley 489 de 1998. ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia de! presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Notificaciones de la Subdirección de Gestión de Recursos Físicos a la Coordinación del Servicio de Arancel de la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN. o NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE A >b o DO GARCÍA Jefe (A) de a E oraración € Servicio de Arancel Subdirección de Gestión écnica Aduanera

Proyectó: Fabián Alberto García stañedateRevisó: Roque Amado Flóre $ .

NA AS A | 3 ¡AN enano. | AS rinemcermcacómcnans Mtro Sontral Bogotá, D.C.

O j 0 ABR 102 D E

R N E ¡ Se ceros que 8 afiti! acia 28 umatrativo fue "| publicadoes Ofeno cea, ==: ADN . No _57_c6í, PEA dix

Consultar sobre este documento ...