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DIAN - Resolución 127 de 31-07-2019

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 127 de 31-07-2019
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2019

3 DIAN

Diracción de Impuestos y Aduanas Nacionales RESOLUCIÓN NÚMERO (— 00127 >) 311.48 Despach2o01 Por medio del cual se fija horario especial de trabajo para el día 01 de agosto del 2019 en la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de San Andrés. LA DIRECTORA SECCIONAL (A) DE IMPUESTOS Y ADUANAS DE SAN ANDRES En uso de sus facultades legales conferidas por el artículo 39 numeral 4 del Decreto 4048 del 22 de octubre de 2008 y en especial la conferida en artículo 11 numeral 11 de la Resolución número 014 del 4 de noviembre de 2008 mediante el cual el señor Director General de la UAE Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales le delega la facultad a los Directores Seccionales para establecer el horario de trabajo para su respectiva Dirección Seccional, Y

CONSIDERANDO:

1. Que el numeral 11 del artículo 11 de la Resolución 014 del 04 de noviembre de 2008, faculta a los Directores Seccionales y Directores Seccionales Delegados establecer el horario de trabajo en su respectiva Dirección Seccional, de conformidad con las necesidades del servicio, garantizando el mínimo de tiempo laboral vigente y el horario de atención al público.

2. Que la Circular 023 del 17 de julio de 2014, en el numeral 2, llamado “flexibilización de horarios para eventos regionales” establece que: “En época de realización de acontecimientos que hagan parte del folclor o de la cultura local y/o regional, los Directores Seccional en ejercicio de la facultad que les fue delegada podrán, de conformidad con lo establecido en el inciso segundo del artículo 33 del Decreto 1042 de 1978, distribuir

la jornada ordinaria de los días en que estos se celebren, sin afectar la debida prestación del servicio público, adecuando los horarios de trabajo con el propósito que los servidores públicos puedan asistir y/o participar en los mismos”.

3. Que por medio del decreto 0360 del 16 de julio de 2019, el gobernador (E) del Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, y mediante ordenanza 012 de 2003 la asamblea Departamental erigió la fecha primero (01) de agosto de cada anualidad como el DIA DE LA EMANCIPACIÓN DEL PUEBLO RAIZAL, ordenando conmemorar este día, en recordación de nuestros antepasados que fueron liberados de su esclavitud y como muestra de reconocimiento a todo el pueblo raizal, que en aras de propiciar la participación de todos (as) en los actos culturales que habrán de desarrollarse, se declaró día cívico en el departamento para el día 01 de agosto de 2019, por lo cual se hace necesario establecer el siguiente horario de trabajo para los servidores públicos de la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de San

Andrés. En mérito de lo anteriormente expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Establecer horario especial de trabajo para los servidores públicos de la Dirección Seccional de San Andrés para el día 01 de agosto de 2019, garantizando la prestación del servicio en los procesos que se requieran.

Horario: de 08:00 a las 13:00 horas en jornada continua.

ARTICULO SEGUNDO: Todos los servidores públicos de la Seccional serán responsables del cumplimiento del

horario establecido y los jefes de División y/o GIT deberán efectuar los controles necesarios.

ARTICULO TERCERO: La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

RESOLUCIÓN NÚMERO 0U0127 de 31JuL 2819 Hoja No Continuación de la resolución por la cual se fija horario especial.

COMUNIQUESE Y CUMPLASE 3 1.JuL. 289

Dada en San Andres Isla, a los

INGRID RUTH SAAMS| ARCHBOLD

Directora Seccional (A) de Impuestos y Aduanas de San Andrés

Proyecto: DRIVERAB

Reviso: ISAAMSA

Aprobó: ISAAMSA

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