DIAN - Resolución 1287 de 20-12-2022
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 1287 de 20-12-2022
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2022
SDLIAN
POR UNA COLOMBIA MÁS HONESTA RESOLUCIÓN No 001819 ( 2 0 DIC 2022?
Por la cual se habilita el trabajo en casa. EL DIRECTOR SECCIONAL DE IMPUESTOS DE CALI En ejercicio de las facultades legales, reglamentarias y en especial a las dispuestas en la resolución 000035 del 15 de marzo del 2022, y la Resolución No. 000082 del 26 de agosto del 2021, CONSIDERANDO: Que la Ley 2088 de 2021, regula la habilitación de trabajo en casa como una forma de prestación del servicio en situaciones ocasionales, excepcionales o especiales, que se presenten en el marco de una relación laboral, legal y reglamentaria con el Estado, sin que conlleve variación de las condiciones laborales establecidas o pactadas al inicio de la relación laboral. Que mediante Resolución No. 000035 del 15 de marzo de 2022 la U.A.E Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales — DIAN reguló la habilitación el Trabajo en Casa como una forma transitoria de prestación del servicio en situaciones ocasionales, excepcionales o especiales y delegó funciones en los Directores Seccionales del Nivel local para su habilitación. Que mediante resolución No. 000555 del 18 de abril de 2022, modificada por la resolución No. 000627 del 4 de mayo de 2022, se establecieron los horarios laborales de trabajo y atención al público para los funcionarios públicos de la Dirección Seccional de Impuestos de Cali. Que mediante resolución No. 001621 del 8 de noviembre de 2022, se habilitaron tres (3) horarios, debido al contrato de modernización de los ascensores de la sede de la Dirección
Seccional de Impuestos de Cali. Que en la sede de la Dirección Seccional de Impuestos de Cali se adelanta la intervención del proceso contractual CD 00 063 2022, y contrato No. 00-066-2022, cuyo objeto a ejecutar es la “Modernización de los tres ascensores marca Goldstar ubicados en la sede de la Dirección Seccional de Impuestos de la ciudad de Cali, con inclusión de repuestos, accesorios e insumos”. Que, mediante correo electrónico del 30 de noviembre de 2022, el ingeniero Andres Felipe Arenas de la Coordinación de Infraestructura de la Subdirección Administrativa, informó que, del 26 de diciembre de 2022 al 9 de enero de 2023, se iniciará pintura de puertas de los ascensores de todo el edificio de la Dirección Seccional de Impuestos de Cali y para esta actividad se suspenderá el ascensor No. 3, el cual, es el único que está en funcionamiento por el momento en esta sede. Que, con el fin de garantizar el bienestar de los funcionarios públicos y contribuyentes ante posibles riesgos e inconvenientes que se puedan generar como consecuencia de la pintura y de la suspensión de los tres ascensores, la Dirección Seccional de Impuestos de Cali determinó como forma transitoria de prestación de servicio ante esta situación especial, la habilitación del trabajo en casa para los funcionarios públicos de la sede de la Dirección Seccional de Impuestos de Cali. En mérito de lo anteriormente expuesto, _— o
RESOLUCIÓN NÚMERO (018 1 9 del 2 0 DIC 2022 Hoja No. 2
Continuación de la Resolución por la cual se habilita el trabajo en casa en la Dirección Seccional de Impuestos
Cali RESUELVE: ARTÍCULO 1: Habilitación del trabajo en casa. Habilitar el trabajo en casa a los servidores públicos de la sede de la Dirección Seccional de Impuestos de Cali, a partir del 26 de diciembre de 2022 hasta el 06 de enero de 2023.
Parágrafo 1”: En caso de persistir las circunstancias especiales, se podrá prorrogar automáticamente el trabajo en casa hasta que estas circunstancias sean superadas. Una vez superada esta situación especial se le informará al servidor público quien deberá retornar a su sitio de trabajo a más tardar al día hábil siguiente. Parágrafo 2": Los servidores públicos que se encuentren bajo la modalidad de teletrabajo y que deban asistir a las instalaciones de la Dirección Seccional de Impuestos de Cali, trabajarán en casa de acuerdo con lo previsto en esta resolución. ARTICULO 2”: Los servidores públicos del Grupo Interno de Trabajo de Documentación, prestarán el servicio de manera presencial en las instalaciones de la Dirección Seccional de Impuestos de Cali, en sus horarios de trabajo establecidos. ARTICULO 3: Elementos de trabajo. Los jefes de División y de Grupo Interno de Trabajo coordinarán con sus colaboradores la disposición de los elementos de trabajo (instrumentos, equipos y demás herramientas) y acordarán, si serán provistos por el servidor público o conforme con los recursos que tenga disponibles la Dirección Seccional de Impuestos de Cali. Parágrafo 1%: En caso de que los equipos sean provistos por la Dirección Seccional, los funcionarios públicos serán responsables del cuidado, destinación y custodia de estos, en
caso de daño o mal uso, el servidor deberá asumir la responsabilidad de lo ocurrido. Para el efecto, se suscribirá entre las partes un formato que además de las características del equipo se indicarán las condiciones en las que se entrega. Parágrafo 2”: Es responsabilidad de todo servidor público preservar la privacidad de la información por la que, su uso inadecuado, será el funcionario responsable por el mal manejo de la información. ARTICULO 4”: Lugar de trabajo en casa. La prestación del servicio de los funcionarios habilitados para el trabajo en casa se llevará a cabo en el domicilio registrado por el servidor público en Mi portal — Kactus. Cualquier modificación de la dirección deberá ser registrada por el servidor público en el mismo aplicativo e informar de dicho cambio a su jefe inmediato.
Parágrafo: Los jefes de División y Grupo Interno de Trabajo remitirán al Despacho de la Dirección Seccional, el listado de los funcionarios públicos a los que se les habilitó el trabajo en casa para el respectivo reporte a la Administradora de Riesgos Laborales (ARL).
ARTICULO 5: Jornada de trabajo. La modalidad de trabajo en casa se desarrollará en las mismas condiciones laborales que el trabajo presencial, en tal sentido la jornada laboral se debe desarrollar dentro de los horarios establecidos. ARTICULO 6”: Responsabilidad de los jefes. Los jefes inmediatos serán responsables de garantizar el cumplimiento del horario de trabajo por parte de los funcionarios a su cargo. ARTICULO 7": Publicación. Publicar la presente resolución en la página web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN.
RESOLUCIÓN NÚMERO (01819. del 2 0 DIC 2022 Hoja No.2
Continuación de la Resolución por la cual se habilita el trabajo en casa en la Dirección Seccional de Impuestos Cali ARTICULO 8%: Comunicación. Comunicar por parte de la División de Talento Humano la presente resolución a los buzones electrónicos de los funcionarios de la sede de la Dirección Seccional de Impuestos Cali. ARTICULO 9: Vigencia. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición. PUBLIQUESE, COMUNIQUESE y CUMPLASE, Dada en Santiago de Cali, a veinte (20) días del mes de diciembre de 2022.
JAVIER BEL
RAN LOSADA
Director Seccional e Impuestos de Cali
Proyectó: Ana Lucia Villegas S. - Funcionaria Despacho
Revisó: Nesly Leal Saa — Jefe Div. Talento Humano Posh
Revisó: Diana Marcela Rojas Eraso — Jefe División Jurídica (A)