DIAN - Resolución 1290 de 22-12-2022
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 1290 de 22-12-2022
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2022
SAN
RESOLUCIÓN NÚMERO 001290
Ca 2D1c 202 ? Por medio de la cual se justifica el proceso de contratación directa No.CD-00-108-2022 para “Prestación de los servicios para la recepción, clasificación, transporte y entrega de objetos postales dentro y fuera del país, así los servicios de administración y manejo integral de la correspondencia interna y externa de la UAE —DIAN.”
EL SUSCRITO SUBDIRECTOR DE COMPRAS Y CONTRATOS DE LA UNIDAD
ADMINISTRATIVA ESPECIAL DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES En uso de sus facultades legales y en especial de las conferidas por la Ley 80 de 1993 y Ley 1150 de 2007 y el artículo 2.2.1.2.1.4.1 del Decreto 1082 de 2015 y Resolución de Delegación No.12028 del 21 de diciembre de 2022, CONSIDERANDO Que la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN, de conformidad con lo establecido por el Decreto 1071 de 1999 está organizada como una Unidad Administrativa Especial del orden Nacional, de carácter eminentemente técnico y especializado, con personería jurídica, autonomía administrativa y presupuestal, y con patrimonio propio, adscrita al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, cuyo objeto es coadyuvar a garantizar la seguridad fiscal del Estado Colombiano y la protección del Orden Público Económico Nacional, mediante la administración y control al debido cumplimiento de las obligaciones tributarias, aduaneras y cambiarias y la facilitación de las operaciones de comercio exterior en condiciones de equidad, transparencia y legalidad.
Que mediante la Resolución No.12028 del 21 de diciembre de 2022, se delegó la Ordenación del Gasto para la presente contratación, en el Subdirector de Compras y Contratos. Que la Constitución Política en su artículo 209 expresa: “(...) la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones. Las autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines del Estado (...)” Que la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN requiere adelantar un proceso de contratación con el siguiente objeto: “Prestación de los servicios para la recepción, clasificación, transporte y entrega de objetos postales dentro y fuera del país, así los servicios de administración y manejo integral de la correspondencia interna. y externa de la UAE —DIAN”. Que, según se indica en los estudios previos, el objeto contractual requerido se puede contratar a través de la modalidad de contratación directa, teniendo en cuenta la RESOLUCIÓN NÚMERO Y 01290 de 2 2 DIC 2022 Hoja No. ” Por medio de la cual se justifica el proceso de contratación directa No.CD-00-108-2022 para “Prestación de los servicios para la recepción, clasificación, transporte y entrega de objetos postales dentro y fuera del país, así los servicios de administración y manejo integral de la correspondencia interna y externa de la UAE —DIAN.” naturaleza pública de ambas partes, la forma de satisfacer la necesidad expuesta es
mediante la celebración de un contrato interadministrativo de acuerdo con lo señalado en el literal C del numeral 4 del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007, modificado por el artículo 92 de la ley 1474 de 2011 y lo contemplado el artículo 2.2.1.2.1.4.4 del Decreto 1082 de 2015, así como las demás normas concordantes y aplicables a la suscripción de los contratos interadministrativos.
Así mismo se indica: “Con respecto al servicio de envíos, debe señalarse que el servicio Postal es un servicio público (At. 365 constitución Política), y su prestación está sometida a la regulación, vigilancia y control del Estado, con sujeción a los principios de calidad, eficiencia y universalidad, entendida esta última, como el acceso progresivo a la población en todo el territorio nacional (Art. 1, L.1369/09).
Se entiende por Servicios Postales: ... el desarrollo de las actividades de recepción, clasificación, transporte y entrega de objetos postales a través de redes postales, dentro del país o para envíos hacia otros países o recepción desde el exterior. Son servicios postales, entre otros, los servicios de correo, los servicios postales de pago y los servicios de mensajería expresa (Art 3, Núm. 2, L. 1369/2009). Que de conformidad con el artículo 15 de la Ley 1369 del 30 de diciembre de 2009, que señala: “ARTÍCULO 15. AREA DE RESERVA. El Operador Postal Oficial o Concesionario de Correo será el único autorizado para prestar los servicios de correo a las entidades definidas como integrantes de la Rama Ejecutiva, Legislativa y Judicial del Poder Público (...)”.
El Operador Postal Oficial de correo, es la “Persona Jurídica habilitada por el Ministerio de Tecnología de la Información y las comunicaciones, que, mediante contrato de concesión, prestará el servicio postal de correo y mediante habilitación, los servicios de “mensajería expresa” y servicios postales de pago, a nivel nacional e internacional” (Ant.3, subnumeral 4.1, L.1369/09). En la actualidad, el único Operador Postal Oficial de Colombia que presta este servicio es SERVICIOS POSTALES NACIONALES 6S.A.S., sociedad en la que tiene mayor participación del capital público (Decretos Nos. 2853 y 2854 de 2006). Es importante señalar que Servicios Postales Nacionales S.A.S. en desarrollo de su objeto social de conformidad con el numeral 12 y 20 del certificado de existencia y representación legal, especifican “(...) 12. Prestar servicios archivísticos y de asesoría para implementación y operación de centros de administración documental y programas de gestión documental con el fin de desarrollar actividades tendientes a la planificación, manejo y organización de la documentación producida y recibida por entidades públicas o privadas desde su origen hasta su destino final con el objeto de facilitar su utilización y conservación. (...) 20. Asesoría, interventoría, diagnóstico y ejecución para la implementación de sistemas y soluciones relacionadas con la gestión documental, administración de documentos de la empresa y centros de correspondencia, organización, administración de archivos de gestión y fondos documentales, servicios archivísticos, elaboración y aplicación de tablas de retención y valoración, preservación de documentos, transporte, custodia y almacenamiento, digitación, digitalización y
microfilmación de documentos.” RESOLUCIÓN NÚMERO O 01290 de 2 2 DIC 2022 Hoja No. " Por medio de la cual se justifica el proceso de contratación directa No.CD-00-108-2022 para “Prestación de los servicios para la recepción, clasificación, transporte y entrega de objetos postales dentro y fuera del país, 'así los servicios de administración y manejo integral de la correspondencia interna y externa de la UAE —DIAN. Ñ Adicionalmente, los servicios de administración y manejo integral de la correspondencia interna y externa de la DIAN, se enmarca en la modalidad de selección de contratación directa de los servicios de apoyo a la gestión, fundamentada en el literal h) del numeral 4% artículo 2% de la Ley 1150 de 2007. Para este caso se cuenta con la certificación de insuficiencia o inexistencia de personal, expedida por el Subdirector de Gestión del Empleo Público de la Entidad, de fecha 10 de noviembre de 2022, con fundamente en el artículo 2.8.4.4.5. del Decreto 1068 de 2015 y la Directiva Presidencial No.08 del 17 de septiembre de 2022. Con fundamento en lo anterior, la Subdirección Administrativa de la DIAN recomienda en el formato FT-FI-2617 “Solicitud de Adquisición”, la suscripción del Contrato interadministrativo con Servicios Postales Nacionales S.A.S. Que la modalidad aplicable es la contratación directa, de conformidad con lo consagrado en el artículo 2.2.1.2.1.4.8. del Decreto 1082 de 2015 concordante con lo dispuesto en el literal c y h) del numeral 4 del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007, dada la naturaleza de las
partes. Que el presupuesto para la contratación será hasta por la suma QUINCE MIL DOSCIENTOS SESENTA Y TRES MILLONES DOSCIENTOS QUINCE MIL NOVECIENTOS VEINTISIETE PESOS ($15.263.215.927) MCTE. excluido del Impuesto al Valor Agregado (1.V.A.). El valor incluye los demás impuestos, tasas, contribuciones de carácter nacional y/o municipal de carácter legal, costos directos e indirectos. Que el valor del presupuesto de la contratación se encuentra cubierto, así: el $166.512.810 para el año 2022, con cargo al certificado de disponibilidad presupuestal No. 56722 de fecha 23 de Septiembre de 2022 expedido por la Coordinación de Presupuesto de la Subdirección Financiera; la suma de $15.174.756.234 para las vigencias 2023, 2024, 2025 y 2026, con vigencias futuras aprobadas por la Directora del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público mediante oficio con radicado 2-2022-050160 del 28 de octubre de 2022. Que los estudios previos pueden ser consultados en el Sistema Electrónico de Contratación pública SECOP Il www.colombiacompra.gov.co y en la Subdirección de Compras y Contratos de la DIAN ubicada en la Carrera 7a. No. 6C - 54 piso 8%, Edificio Sendas de Bogotá, D.C. Que, de conformidad con el artículo 2.2.1.2.1.4.1 del Decreto 1082 de 2015, la Entidad debe señalar en un acto administrativo la justificación para contratar bajo la modalidad de
contratación directa. Que, en mérito de lo anterior, RESUELVE ARTICULO PRIMERO. Justificar la Contratación Directa No. CD-00-108-2022 para el “Prestación de los servicios para la recepción, clasificación, transporte y entrega de objetos postales dentro y fuera del país, así los servicios de administración y manejo integral de la correspondencia interna y externa de la UAE —DIAN”., atendiendo lo 001290 2 2 DIC 2022 RESOLUCIÓN NÚMERO Hoja No. ” Por medio de la cual se justifica el proceso de contratación directa No.CD-00-108-2022 para “Prestación de los servicios para la recepción, clasificación, transporte y entrega de objetos postales dentro y fuera del país, así los servicios de administración y manejo integral de la correspondencia interna y externa de la UAE DIAN.” dispuesto en la causal del artículo 2, numeral 4, literal c) “contratos interadministrativos” ll de la Ley 1150 de 2007, de acuerdo con la parte motiva de este acto. ARTICULO SEGUNDO. Publicar el presente acto administrativo en la página web www.colombiacompra.gov.co y en www.dian.gqov.co ARTÍCULO TERCERO. Contra el presente acto no procede recurso alguno, de conformidad con lo establecido en el artículo 75 de la Ley 1437 de 2011, por ser un acto de trámite. ARTÍCULO CUARTO. La presente rige a partir de su publicación. Para constancia se firma en Bogotá, D.C., 2 2 DIC 2022
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Elaboró: Betty Constanza Lizarazo Araque - Funcionaria Subdirección de Compras y Contratos 4
Revisó: Ana Sofia Castro Martinez - Funcionaria Subdirección de Compras y Contratos jgx5
»