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DIAN - Resolución 12908 de 01-11-2007

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 12908 de 01-11-2007
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2007

RESOLUCIÓN No. 12908 (01 de noviembre de 2007) Por la cual se aclara la Resolución 12690 de 2007. EL DIRECTOR GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DIRECCION DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES En uso de sus facultades legales consagradas en el articulo 19 literal b) del Decreto 1071 de 1999, en los artículos 631, 631-2, 633, 684 y 686 del Estatuto Tributario y lo señalado en el articulo 2 del Decreto 1738 de 1998, CONSIDERANDO: Que la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales expidió el 29 de octubre la Resolución 12690 de 2007, mediante la cual se definió la Información a reportar por el año gravable 2007, correspondiente a los literales a), b), c), d), e), f), h), i) y k) del artículo 631 del Estatuto Tributario y del Decreto 1738 de 1998. Que con el fin de precisar los obligados a presentar esta información y los datos a informar se hace necesario aclarar la mencionada Resolución.

RESUELVE: ARTÍCULO 1. Aclarar el numeral 4 del artículo 12 de la Resolución 12690 de 2007, relativo a la Información correspondiente a "Rentas exentas" de las declaraciones tributarias, en el cual debe entenderse incluida como información a reportar la siguiente: "El valor de las rentas exentas por la prestación de servicios de sísmica para el sector de hidrocarburos, en el concepto 8112." ARTÍCULO 2. Vigencia. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE,

Dada en Bogotá D. C., a los 01 de noviembre de 2007

OSCAR FRANCO CHARRY

Director General

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