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DIAN - Resolución 1294 de 27-12-2022

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 1294 de 27-12-2022
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2022

DIAN

RESOLUCIÓN NÚMERO 001294 ( ) 2 7 DIC 2022

Por medio de la cual se justifica el proceso de contratación directa No.CD-00-112-2022 para “Mantenimiento integral preventivo y correctivo con inclusión de repuestos para las UPS marca LIEBERT de la DIAN”

EL SUSCRITO SUBDIRECTOR DE COMPRAS Y CONTRATOS DE LA UNIDAD

  • ADMINISTRATIVA ESPECIAL DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES En uso de sus facultades legales y en especial de las conferidas por la Ley 80 de 1993 y Ley 1150 de 2007 y el artículo 2.2.1.2.1.4.1 del Decreto 1082 de 2015, CONSIDERANDO Que la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN, de conformidad con lo establecido por el Decreto 1071 de 1999 está organizada como una Unidad Administrativa Especial del orden Nacional, de carácter eminentemente técnico y especializado, con personería jurídica, autonomía administrativa y presupuestal, y con patrimonio propio, adscrita al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, cuyo objeto es coadyuvar a garantizar la seguridad fiscal del Estado Colombiano y la protección del Orden Público Económico Nacional, mediante la administración y control al debido cumplimiento de las obligaciones tributarias, aduaneras y cambiarias y la facilitación de las operaciones de comercio exterior en condiciones de equidad, transparencia y legalidad.

Que mediante el artículo 2, numeral 1 de la Resolución No. 000089 del 03 de septiembre

de 2021, el Director General de la DIAN delegó en el Subdirector de Compras y Contratos de la Entidad, la competencia para celebrar los contratos o convenios cuyo valor sea inferior a 3500 salarios mínimos mensuales legales vigentes o que no tengan cuantía, que se adjudiquen en el Nivel Central de la UAE-DIAN, independientemente de la modalidad de selección o de su lugar de ejecución. Que la Constitución Política en su artículo 209 expresa: “(...) la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones. Las autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines del Estado (...)” Que la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN requiere adelantar un proceso de contratación con el siguiente objeto: “Mantenimiento integral preventivo y correctivo con inclusión de repuestos para las UPS marca LIEBERT de la DIAN”. ' Que, según se indica en los estudios previos, el objeto contractual requerido se puede contratar a través de la modalidad de contratación directa, en virtud de la causal 2 7 DIC 2022 RESOLUCIÓN NÚMERO 001294 de Hoja No. " Por medio de la cual se justifica el proceso de contratación directa No.CD-00-112-2022 para "Mantenimiento integral preventivo y correctivo con inclusión de repuestos para las UPS marca LIEBERT de la DIAN.” establecida en el literal g) “Contratación directa cuando no exista pluralidad de oferentes”,

del numeral 4 del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007, modificado por el artículo 92 de la Ley 1474 de 2011, en concordancia con el Artículo 2.2.1.2.1.4.8 del Decreto Reglamentario 1082 de 2015, de acuerdo con el siguiente análisis: “ .. de acuerdo con la documentación presentada por VERTIV COLOMBIA S.A.S. (una de las Entidades de Vertiv Latinoamérica, denominadas por el fabricante), es el representante exclusivo para el territorio de Colombia de la marca LIEBERT, de acuerdo con la certificación de fecha 7 de abril de 2022, expedida por Robert M. Wolfe de VERTIV GROUP CORPORATION que indica: (...) “Exclusividad: Vertiv Gruop Corporation declara que las entidades de Vertiv Latinoamérica son entidades Exclusivas y autorizadas para proveer los servicios (como, instalación, puesta en marcha, puesta en servicio, mantenimiento, etc.) y productose n sus respectivos países (...). La declaración anterior, tiene una vigencia de cinco (5) años a partir de la fecha de su emisión. Así mismo, en la misma certificación declara que Vertiv Group Corporation es propietaria de las . marcas Avocent, Geist, Libiert, NetSure and Vertiv.” Que según se menciona en los Estudios previos, “« “... se solicitó oferta formal mediante correo electrónico de fecha 13 de mayo de 2022 a la firma VERTIV'COLOMBIA S.A.S, adjuntando la necesidad, el objeto, obligaciones contractuales requeridas y demás condiciones que se exigirán al contratista, relacionadas en el presente estudio previo. La firma VERTIV COLOMBIA S.A.S, presentó la oferta No. CO-FY22-SER-Q786-v2 mediante correo electrónico

del 12 de junio de 2022, adjuntando los costos para el presente proceso, así como los documentos que justifican su contratación directa. El día 11 de octubre de 2022, la Entidad encontró la necesidad de solicitar al Contratista suministrar el listado de repuestos con mayor probabilidad de daño y su valor, con el fin de evitar en el futuro incrementos atípicos en el valor del contrato a causa de los repuestos, los cuales requieren ser importados, dado que localmente no se producen. En este sentido, el día 25 de octubre de 2022, el Contratista remitió la oferta No. CO-FY22-SER-1423 con el listado de los repuestos y su valor en dólares, aduciendo su imposibilidad de cotizar en pesos colombianos por “la sustancial variación que se presenta con la TR”. El día 30 de noviembre de 2022, mediante correo electrónico el Contratista actualizó la fecha de vencimiento de la validez de sus ofertas comerciales hasta el 31 de diciembre de 2022, atendiendo el requerimiento realizado por la Entidad a través de correo electrónico de fecha 25 de noviembre de 2022. Revisada la oferta de VERTIV COLOMBIA S.A.S, la Subdirección de Infraestructura Tecnológica y de Operaciones, pudo concluir que cumple con las condiciones requeridas para la ejecución del objeto y obligaciones contractuales requeridas, de acuerdo con la causal de contratación directa citada”. Que la modalidad aplicable es la contratación directa, de conformidad con lo consagrado en el artículo 2.2.1.2.1.4.8. del Decreto 1082 de 2015 concordante con lo dispuesto en el

literal g) del numeral 4 del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007, dado que no existe pluralidad de oferentes pues como se señaló anteriormente solo existe una empresa que puede proveer el bien o servicio por ser Proveedor único en el territorio nacional, como consta en la certificación citada anteriormente. Que el presupuesto para la contratación será hasta por la suma MIL DOSCIENTOS CINCO MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS QUINCE PESOS( $1.205.996.615) MCTE. incluido el Impuesto al Valor Agregado (1.V.A.) y demás ResoLución NúMERO 001294 ge 27 DIC 2022 Hoja No. ” Por medio de la cual se justifica el proceso de contratación directa No.CD-00-112-2022 para “Mantenimiento integral preventivo y correctivo con inclusión de repuestos para las UPS marca LIEBERT de la DIAN.” impuestos, tasas, contribuciones de carácter nacional y/o municipal de carácter legal, costos directos e indirectos, con cargo al certificado de disponibilidad presupuestal No. 44022 de fecha 29 de junio de 2022, expedido por la Coordinación de Presupuesto de la Subdirección Financiera. Que los estudios previos pueden ser consultados en el Sistema Electrónico de Contratación pública SECOP Il www.colombiacompra.gov.co y en la Subdirección de Compras y Contratos de la DIAN ubicada en la Carrera 7a. No. 6C - 54 piso 8”, Edificio Sendas de Bogotá, D.C. Que, de conformidad 'con el artículo 2.2.1.2.1.4.1 del Decreto 1082 de 2015, la Entidad

debe señalar en un acto administrativo la justificación para contratar bajo la modalidad de contratación directa. Que, én mérito de lo anterior, RESUELVE ARTICULO PRIMERO. Justificar la Contratación Directa No. CD-00-112-2022 para el “Mantenimiento integral preventivo y correctivo con inclusión de repuestos para las UPS marca LIEBERT de la DIAN”., atendiendo lo dispuesto en la causal del artículo 2, numeral 4, literal g) “Cuando no exista pluralidad de oferentes en el mercado” de la Ley 1150 de 2007, de acuerdo con la parte motiva de este acto. ARTICULO SEGUNDO. Publicar el presente acto administrativo en la página web www.colombiacompra.gov.co y en www.dian.gov.co ARTÍCULO TERCERO. Contra el presente acto no procede recurso alguno, de conformidad con lo establecido en el artículo 75 de la Ley 1437 de 2011, por ser un acto de trámite. ARTÍCULO CUARTO. La presente rige a partir de su publicación. Para constancia se firma en Bogotá, D.C.,

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

(Resolución de asipgrnaeci ón Co 1903 del 19 de diciembre de 2022) Elaboró: Betty Constanza Lizarazo Araque - Funcionaria Subdirección de Compras y Contratos á Revisó: Ana Sofia Castro Martinez - Funcionaria Subdirección de Compras y Contratos yy0 y

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