🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

DIAN - Resolución 13 de 28-03-2018

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
DIAN - Resolución 13 de 28-03-2018
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2018

ON 5 N S)

11211 Drecoon de impuestos y Acuaras Naccrales RESOLUCIÓN NÚMERO 000013 (28 de marzo de 2018) Por la cual se deroga la Resolución 001 de fecha 4 de enero de 2018 Y se establece el Horario laboral de la Dirección Seccional Delegada de Impuestos y Aduanas de Inírida para el 2018” LA DIRECTORA SECCIONAL DE LA DIRECCIÓN SECCIONAL DELEGADA DE IMPUESTOS Y ADUANAS DE INIRIDA (A) En ejercicio de las facultades legales, reglamentarios y en esencial a las dispuestas en el numeral 11 del Artículo 11 del Resolución No. 014 de noviembre de 2006, mediante el cual el Director General de la U.A.E. Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales le delega la facultad a los Directores Seccionales para establecer el horario de trabajo en su respectiva Dirección y la Resolución No 002087 del 08 de marzo de 2018 mediante el cual se asigna la Directora Seccional Delegada de Impuestos y Aduanas de Inírida, y CONSIDERANDO: Que el decreto 1042 de 1978 establece una jornada laboral de 44 horas semanales para funcionarios públicos; que el numeral 2 del artículo 7 del código de comercio administrativo y de lo contencioso administrativo, establece que la administración deberá garantizar atención personal al público, como mínimo durante cuarenta (40) horas semanales. Que de conformidad con el numeral 11 del artículo 34 de la ley 734 de 2002, es deber de todo funcionario público dedicar la totalidad del tiempo reglamentario de trabajo a las

funciones encomendadas, salvo las excepciones legales. Que en busca de fortalecer el Bienestar Laboral del talento humano y promover su desarrollo en el marco de la política integral de la gestión humana de la Entidad, y con el ánimo de favorecer las condiciones para que los funcionarios puedan compartir tiempos con sus familias, encuentra viable la flexibilización del horario de trabajo. Que, en reunión de socialización y concertación de horarios con los funcionarios de la Dirección Seccional de Inírida, aceptaron la modificación del horario establecido en la Resolución 001 de 2018, y mediante encuesta eligieron los horarios que se adaptaban al cumplimiento de funciones de la Seccional. Que con la flexibilización establecida en el inciso 3 del considerando de la presente resolución, NO se afecta la efectividad de la prestación del servicio y el cumplimiento de las funciones asignadas a la Dirección Seccional de Inírida, toda vez, que la misma estará acompañada de controles adecuados que permitan potencializar al máximo las capacidades y habilidades de los Funcionarios. En mérito a lo anteriormente expuesto y con el propósito de cumplir la normatividad vigente, la Directora Seccional Asignada de Impuestos y Aduanas de Inírida.

En consecuencia RESUELVE: ARTÍCULO 12. Modificar el horario establecido en la Resolución número 001 del 4 de enero de 2018, en aras de promover y establecer un horario el cual beneficie el bienestar y el clima laboral de los funcionarios de

la Dirección Seccional Delegada de Inírida. ARTÍCULO 22. Establecer a partir del 02 de abril de 2018 el horario laboral de la

Dirección Seccional de Inírida en Jornada Continua así: Hora de Entrada Hora de Salida Horario 4. 7:00 15:48 Horario 2. 7:30 16:18 PARÁGRAPO 41: Se establecerán dos turnos para la hora de almuerzo, el primer turno será de 12:00 a 12:45 y el segundo turno 13:00 a 13:45, tiempo de almuerzo cuarenta y cinco (45) minutos. Los funcionarios se organizarán de tal manera que durante toda la jornada laboral se garantice la oportuna atención y prestación del servicio. PARÁGRAFO 2: Los funcionarios manifestaran al despacho por cuál de los horarios optan, con la posibilidad de alternarlos, siempre y cuando entre uno y otro cambio no transcurran menos de seis (6) meses, el funcionario deberá sustentar motivos por los cuales amerita el cambio. Lo anterior con el fin de parametrizar el sistema Kactus y facilitar el registro de llegada y salida de los funcionarios. ARTÍCULO 22. El horario de atención al público en la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Inírida será de 07:00 a 15:48 horas, jornada continua, garantizando la prestación del servicio a clientes y usuarios. (Orientación, Despacho, Operación y Fiscalización Aduanera, Administrativa y financiera, etc.) ARTÍCULO 4". El horario de Gestión y Atención al cliente será de 08:00 a 15:00 horas, garantizando el Servicio al Cliente de acuerdo con la circular No 020 del 12 de agosto de 2013. (RUT, Firma Electrónica,

Orientación, Kiosko, etc.) ARTÍCULO 5. Para efecto de los programas de fiscalización, comercio exterior y asistencia al cliente que se adelantan en la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Inírida que se requieran laborar en jornada diferente a la establecida, se entiende extendida la misma de acuerdo a los horarios establecidos en los Auto Comisorios o en el escrito en el que la Dirección Seccional autorice la jornada Adicional, atendiendo a las necesidades del servicio. ARTÍCULO €. El jefe inmediato es el responsable de garantizar el cumplimiento del horario establecido en la presente resolución. ARTÍCULO 7”. La presente resolución rige a partir del 02 de abril de 2018. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Inírida a los veintiocho (28) días del mes de marzo de 2018

LORENA

Directora Seccional (A) Dirección Seccional Delegada de Impuestos y Aduanas de Inírida

Proyectó: John Cristhian Garrido Go TRE

Revisó: Lorena Zambrano Medina

Consultar sobre este documento ...