DIAN - Resolución 13442 de 14-11-2007
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 13442 de 14-11-2007
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2007
RESOLUCIÓN No. 13442 (14 de Noviembre de 2007) Por la cual se modifica parcialmente y se adiciona la Resolución 8046 de 2006 EL DIRECTOR GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL, DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES En ejercicio de las facultades conferidas por el literal bb) del artículo 19 del Decreto 1071 de 1999 y de conformidad con lo señalado en los artículos 3 y 5 del mismo Decreto, modificado este último por el artículo 1 del Decreto 4271 de 2005, y CONSIDERANDO: Que el Decreto 2392 de 2006, modificó la estructura de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y conformó la Administración Local de Impuestos y Aduanas de Pamplona. Que con el fin de garantizar la prestación del servicio, se hace necesario establecer las competencias de la mencionada administración. Que es necesario fortalecer el control aduanero, adecuando la estructura funcional para lograr la eficiente prestación del servicio.
RESUELVE: ARTÍCULO 1. Adiciónese el artículo 1 de la Resolución 08046 de 2006 con los siguientes parágrafos: “Parágrafo 1. En materia tributaria, la Administración de Impuestos y Aduanas Nacionales de Pamplona tiene competencia únicamente para las funciones relacionadas con Gestión y Asistencia al Cliente. Los demás temas de naturaleza tributaria le corresponden a la Administración de
Impuestos Nacionales de Cúcuta. Parágrafo 2. En materia aduanera, la Administración de Impuestos y Aduanas Nacionales de Pamplona tiene competencia únicamente en los asuntos relacionados con el ejercicio de la
fiscalización aduanera y el desarrollo de las acciones de control posterior. Los demás temas de naturaleza aduanera le corresponden a la Administración Especial de Aduanas de Cúcuta”. ARTÍCULO 2. Adiciónese el artículo 2 de la Resolución 08046 de 2006, con el siguiente literal: “c. La jurisdicción de la Administración de Impuestos y Aduanas Nacionales de Pamplona comprende los municipios de Pamplona, Pamplonita, Chitagá, Silos, Cácota, Mutiscua, Cucutilla, Labateca, Toledo, Ragonvalia, Bochalena, Chinácota y Herrán, y la competencia en materia tributaria comprende únicamente las funciones relacionadas con Gestión y Asistencia al Cliente”. ARTÍCULO 3. Modifícase el literal h del artículo 3 de la Resolución 08046 de 2006, el cual queda así: “h. La jurisdicción de la Administración de Impuestos Nacionales de Cúcuta comprende el territorio de los departamentos de Norte de Santander y de Arauca, excepto para las funciones relacionadas con Gestión y Asistencia al Cliente en los municipios de Pamplona, Pamplonita, Chitagá, Silos, Cácota, Mutiscua, Cucutilla, Labateca, Toledo, Ragonvalia, Bochalena, Chinácota y Herrán, que le corresponden a la Administración de Impuestos y Aduanas Nacionales de Pamplona”. ARTÍCULO 4. Adiciónese el artículo 6 de la Resolución 08046 de 2006, con el siguiente Parágrafo: “Parágrafo 3. En materia aduanera, la Administración de Impuestos y Aduanas Nacionales de
Pamplona tiene competencia únicamente para las funciones relacionadas con el ejercicio de fiscalización aduanera y el desarrollo de las acciones de control posterior. Los demás temas de naturaleza aduanera le corresponden a la Administración Especial de Aduanas de Cúcuta”. ARTÍCULO 5. Modifícase el literal d del artículo 7 de la Resolución 08046 de 2006, el cual queda así: “d. La jurisdicción de la Administración Especial de Aduanas de Cúcuta comprende el territorio del Departamento de Norte de Santander, excepto para las funciones relacionadas con el ejercicio de fiscalización aduanera y el desarrollo de las acciones de control posterior, en los municipios de Pamplona, Pamplonita, Chitagá, Silos, Cácota, Mutiscua, Cucutilla, Labateca, Toledo, Ragonvalia, Bochalena, Chinácota y Herrán, que corresponden a la Administración de Impuestos y Aduanas Nacionales de Pamplona”. ARTÍCULO 6. Adiciónese el artículo 8 de la Resolución 08046 de 2006, con el siguiente literal: “h. La jurisdicción de la Administración de Impuestos y Aduanas Nacionales de Pamplona comprende los municipios de Pamplona, Pamplonita, Chitagá, Silos, Mutiscua, Cácota, Cucutilla, Labateca, Toledo, Ragonvalia, Bochalena, Chinácota y Herrán, y la competencia en materia aduanera comprende las funciones relacionadas con el ejercicio de fiscalización aduanera y el desarrollo de las acciones de control posterior”. ARTÍCULO 7. Compulsar copia de la presente resolución a la Dirección de Impuestos, Dirección de Aduanas, Subsecretaría de Planeación, Administración de Impuestos de Cúcuta, Administración
Especial de Aduanas de Cúcuta y Administración de Impuestos y Aduanas de Pamplona. ARTÍCULO 8. Vigencia y derogatorias. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga los parágrafos transitorios del literal h del artículo 3 y del literal d del artículo 7 de la Resolución 08046 de 2006.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá D.C., a 14 de noviembre de 2007.
OSCAR FRANCO CHARRY
Director General